STSJ Andalucía , 16 de Diciembre de 2002

PonenteMARIA LUISA ALEJANDRE DURAN
ECLIES:TSJAND:2002:17609
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución16 de Diciembre de 2002
EmisorSala de lo Contencioso

OU4955081

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA. (SEDE DE SEVILLA)

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO. SECCIÓN PRIMERA

APELACIÓN NÚMERO 329/2002

Recurso número 553/2000 (P.O.)

Juzgado de lo Contencioso-Administrativo n° 5 de Sevilla.

SENTENCIA

Ilmo. Sr. Presidente

Don Santiago Martínez Vares García

Ilmos. Sres. Magistrados

Don Francisco José Gutiérrez del Manzano

Doña María Luisa Alejandre Durán

En la ciudad de Sevilla, a dieciséis de diciembre de dos mil dos.

La Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Sevilla ha visto la apelación referida en el encabezamiento, interpuesta por el SERVICIO ANDALUZ DE SALUD (JUNTA DE ANDALUCÍA), representado y defendido por Letrado de sus servicios jurídicos, contra Sentencia dictada el 5 de noviembre de 2001 por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo n° 5 de los de Sevilla. Ha sido parte apelada la entidad MENARINI DIAGNÓSTICOS, S.A., representada y defendida por el Letrado D. José Joaquín Gallardo Rodríguez.

ANTECEDENTES
PRIMERO

Por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo n° 5 de Sevilla se dictó sentencia en el recurso n° 553/2000 (P.O.) que contiene parte dispositiva del siguiente tenor literal: "FALLO que: 1. Estimo íntegramente la demanda rectora de esta litis y anulo los actos presuntos impugnados por ser contrarios al ordenamiento jurídico. 2. Declaro el derecho de la actora a que el Servicio Andaluz de Salud le abone la cantidad de 17.268.413 pesetas en concepto de intereses de demora en el pago de las facturas a las que se refiere en su demanda, así como el pago de los intereses legales devengados por dicha suma desde la fecha de interposición del presente recurso. 3. Impongo al Servicio Andaluz de Salud el pago de todas las costas causadas en este proceso, por su temeridad procesal."

SEGUNDO

Interpuesto recurso de apelación por el Servicio Andaluz de Salud y tramitado el mismo de acuerdo con lo establecido en la Ley, se han remitido las actuaciones a este Tribunal para su resolución.

TERCERO

Al no solicitar las partes la práctica de prueba, ni la celebración de vista o presentación de conclusiones, la Sala dejó conclusos los autos para dictar Sentencia. Se señaló para votación y fallo el día 10 de diciembre de 2002, fecha en que tuvo lugar la deliberación y votación.

Es Ponente la Ilma. Sra. Dª. María Luisa Alejandre Durán.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Se impugna la Sentencia de instancia exclusivamente por la imposición de costas a la Administración, al estimar que no ha concurrido temeridad ni mala fe por parte del Servicio Andaluz de Salud al defender sus derechos con los normales argumentos que le brinda la normativa de aplicación (Sentencia del...

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