STSJ Andalucía 1390/2003, 6 de Mayo de 2003

PonenteLUIS FELIPE VINUESA
ECLIES:TSJAND:2003:7030
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución1390/2003
Fecha de Resolución 6 de Mayo de 2003
EmisorSala de lo Social

T.J.

SECCIÓN SEGUNDA

SENT. NÚM. 1.390/03

ILTMO. SR. D. LUIS FELIPE VINUESA

ILTMO. SR. D. ANTONIO LOPEZ DELGADO

ILTMO. SR. D. LUIS HERNÁNDEZ RUIZ

MAGISTRADOS

En la ciudad de Granada a Seis De Mayo de dos mil tres.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Granada, compuesta por los Iltmos. Sres. Magistrados que al margen se indican, ha pronunciado

EN NOMBRE DEL REY

la siguiente

S E N T E N C I A

En el recurso de Suplicación núm.2.954/02, interpuesto por INSS contra Sentencia dictada por el Juzgado de lo Social núm. Tres de Granada en fecha Veinticinco de Julio de dos mil dos en Autos núm.761/01, ha sido Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D.LUIS FELIPE VINUESA.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

En el Juzgado de referencia tuvo entrada demanda interpuesta por Diego en reclamación sobre prestaciones contra INSS Y TGSS y admitida a trámite y celebrado juicio se dictó sentencia en fecha Veinticinco de Julio de dos mil dos, por la que se estimaba la demanda.

Segundo

En la sentencia aludida se declararon como hechos probados los siguientes:

  1. - Solicitada, en 23.3.01, por el actor D. Diego , nacido el 24.4.54,con D.N.I. nº NUM000 , pensión de orfandad por el fallecimiento de su padre ocurrido en 22.6.94, la misma, previo informe propuesta del EVI de 19.4.01, le fue denegada por Resolución de la Dirección Provincial del INSS de 20.4.01, por el motivo de " ser mayor de 18 años y no estar incapacitado con carácter permanente y absoluto para toda profesión u oficio en la fecha del fallecimiento del causante".

  2. - Disconforme, el actor formuló reclamación previa en 15.5.01, que fue desestimada, habiéndose presentado la demanda de autos en 13.7.01.

  3. - El actor presenta un cuadro clínico crónico de encefalopatia connatal fija, disección carotidea bilateral, con infarto cerebral biparietal y probable displesia fibromuscular, que le impide realizar una actividad laboral reglada.

  4. - El actor reconocido por el EVO un grado de minúsvalia o enfermedad crónica del 65%.Fue visto por primera vez en el Centro de Valoración y Orientación en 24.11.86, dictaminándose por el mismo que padecia una " deficiencia mental media, enfermedad crónica y permanente que le incapacita para toda clase de trabajo".

  5. - El actor, mozo nº 17 del cupo de Huescar y reemplazo l.974 fue " excluido total del contingente militar" como comprendido en el nº 7, letra C del grupo 1º del vigente cuadro de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR