STSJ Comunidad Valenciana 670/1999, 9 de Junio de 1999

PonenteJOSE MARTINEZ-ARENAS SANTOS
Número de Recurso276/1996
ProcedimientoCONTENCIOSO
Número de Resolución670/1999
Fecha de Resolución 9 de Junio de 1999
EmisorSala de lo Contencioso

D. MARIANO MIGUEL FERRANDO MARZALD. JOSE MARTINEZ-ARENAS SANTOSD. FRANCISCO HERVAS VERCHER

RECURSO Núm. 276/96

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

DE LA

COMUNIDAD VALENCIANA

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCION SEGUNDA

SENTENCIA Núm. 670/99

Presidente

D. Mariano Ferrando Marzal

Magistrados

D. José Martínez Arenas Santos

D. Francisco Hervás Vercher

En Valencia a nueve de junio de mil novecientos noventa y nueve.

Visto el recurso interpuesto por D. Franco y D. Carlos Manuel , representados y defendidos por el Letrado Sr. García Pla, contra la Resolución del Conseller de Sanidad y Consumo de 3 de agosto de 1.995, desestimatoria del recurso ordinario interpuesto contra el Acuerdo del Colegio Oficial de Farmacéuticos de Alicante de 28de noviembre de 1.994, sobre autorización para la apertura de oficina de farmacia en Calpe, habiendo sido parte demandada la Administración de la Generalitat Valenciana, representada y defendida por Letrado del Gabinete Jurídico de la Conselleriade Presidencia, Area de Sanidad y D. Jon , D. Luis Enrique , D. Eloy , D. Serafin y D. Alfonso , representados y defendidos por el Letrado Sr. García García.

Ha sido Ponente el Magistrado D. José Martínez Arenas Santos.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Después de interpuesto el recurso el recurrente Sr. Carlos Manuel desistió del mismo, quedando como única parte recurrente el Sr. Franco .

Seguidos los trámites prevenidos por la Ley, se emplazó a la parte recurrente para que formalizara la demanda, lo que verificó mediante escrito en el que suplicó se dictara Sentencia anulando los actos impugnados y declarando el derecho del actor a la apertura solicitada.

SEGUNDO

El Letrado de la Generalitat contestó a la demanda mediante escrito en el que solicitó se desestimara la misma por ser los actos impugnados dictados conforme a derecho.

Igual solicitud dedujeron los codemandados.

TERCERO

Se recibió el proceso a prueba, practicándose la propuesta por las partes que resultó admitida y se emplazó a los litigantes para que evacuaran el trámite previsto en el art. 78 de la Ley Reguladora, cumplido el cual quedaron los autos pendientes de votación y Fallo.

CUARTO

Se señaló para la votación y fallo del recurso el día 8 de junio de 1.999, teniendo lugar la misma el citado día.

QUINTO

En la sustanciación de este recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El objeto de este recurso está constituido por el examen de la legalidad de las Resoluciones recurridas, en virtud de las cuales el Colegio de Farmacéuticos de Alicante, mediante acuerdo confirmado por Resolución del Conseller de Sanidad y Consumo, denegó la apertura solicitada de la oficina de farmacia en Calpe, por entender que no se cumplían los requisitos exigidos por el art. 3-1 del R.D. 909/78.

La parte recurrente alega en defensa de su derecho que sí cumplía la petición en su día deducida los requisitos del citado precepto, lo cual se pudo comprobar por medio de los documentos aportados con la solicitud.

La administración y los codemandados afirman que deben confirmarse las resoluciones recurridas...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias
  • STS, 23 de Septiembre de 2003
    • España
    • 23 Septiembre 2003
    ...Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, recaída en el recurso contencioso administrativo nº 276/96, en el que se impugnaba la resolución de la Consellería de Sanidad y Consumo de la Generalidad Valenciana de 3 de agosto de 1995, que deniega l......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR