Sentencia Audiencias Provinciales, 28 de Mayo de 1999

Procedimiento63160
Fecha de Resolución28 de Mayo de 1999

Sentencia de 28 de mayo de 1999

AP de Castellón. Sección Primera

Sentencia nº 40

Ponente: D. Fernando Tintoré Loscos

Delitos contra el patrimonio y contra el orden socioeconómico

Robo

Con fuerza en las cosas

Subtipo agravado: casa habitada

Grados de ejecución del delito

Actos de ejecución

Tentativa

Concurren en la conducta el acusado, todos y cada uno de los elementos así objetivos como subjetivos, que integran la figura del robo, si bien no en su forma perfecta de ejecución, sino en la imperfecta de tentativa de delito completo en su ejecución, pero fallido en su resultado.

Legislación citada: C.P. Art. 237, 238.1, 241, 16.1.

Ilmos. Señores:

PRESIDENTE:

DON FERNANDO TINTORÉLOSCOS

MAGISTRADOS:

DON JOSE ALBERTO MADERUELO GARCÍA.

DON JOSÉ MANUEL GARCÍA-SIMÓN VICENT

En la ciudad de Castellón a veinticinco de Mayo de mil novecientos noventa y nueve.

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Castellón, integrada por los Ilmos, Señores anotados al margen, ha visto en juicio oral y público la causa instruida con el número de Procedimiento Abreviado 113 de 1998 por el Juzgado de Instrucción nº 3 de Castellón, y seguida por delito de robo con fuerza en las cosas, contra A.M.G., con D.N.I. número 18.942.169, hijo de R. y de C., nacido en Almazora (Castellón) el día 20 de Septiembre de 1961, y vecino de Castellón, con domicilio en Grupo Perpetuo Socorro, calle Salsadella, nº 18, de estado casado, de profesión jornalero, con instrucción y con antecedentes penales, insolvente y en situación de libertad provisional bajo fianza por esta causa, de la que estuvo privado desde el día 2 de Marzo al 7 de Abril de 1998, ambos inclusive.

Han sido partes en el proceso, el Ministerio Fiscal, representado por el Ilmo. Sr. Teniente Fiscal Don Javier Arias Ochoa y el mencionado acusado, representado por la Procuradora Doña Asunción Sos Martínez y defendido por el Letrado Don Ramón Milara Garzarán, y Ponente el Ilmo. Señor Presidente Don Fernando Tintoré Loscos.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En sesión que tuvo lugarel día 19 de Mayo de 1999 se celebro ante este Tribunal juicio oral público en la causa instruida, con el número de Procedimiento Abreviado 27 de 1998 por el Juzgado de Instrucción nº 3 de Castellón, practicándose en el mismo las pruebas propuestas por las partes que habían sido admitidas con el resultado que consta en el acta levantada por la Sra. Secretaria actuante.

SEGUNDO

El Ministerio Fiscal, en sus conclusiones definitivas, calificó los hechos objeto del proceso, tal como estimó que habían quedado probados, como constitutivos de un delito de robo con fuerza en las cosas, de los artículos 237, 238.1º y 241.1º y del Código Penal, y acusando como responsable criminalmente del mismo, en concepto de autor, al acusado A.M.G., con la concurrencia de la circunstancia agravante de la responsabilidad criminal 8ª del artículo 22 de dicho Código, solicitó que se le condenara a la pena de cinco años de prisión, con su accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, y al pago de las costas del proceso, y a que, en concepto de responsabilidad civil, abonase a J.C.M.C. la cantidad de 3.000 pesetas.

TERCERO

La defensa del acusado, en el escrito que le es propio, ratificado en el acto del juicio oral, mostró su disconformidad con las conclusiones definitivas del escrito de acusación del Ministerio Fiscal, estimando que su defendido no había cometido delito alguno, por lo que solicitó su libre absolución con todos los pronunciamientos favorables, y, alternativamente, en dicho acto pidió que, en todo caso, el delito se apreciara en grado de tentativa y con la concurrencia de la eximente incompleta de drogadicción.

HECHOS PROBADOS

El acusado A.M.G., mayor de edad y ejecutoriamente condenado con anterioridad, además de por otros, por seis delitos de robo, la última vez por sentencia firme de fecha 3 de Julio de 1995. siendo ya reincidente, a la pena de dos años de prisión menor, el día 28 de Febrero de 1998, sobre las 0'10 horas, con ánimo de ilícito beneficio, se dirigió a la calle Santo Tomás, de Almazora, y tras subir por la ventana correspondiente al inmueble nº 28-2º-D, que constituye el domicilio de J.C.M.C. y su familia, accedió a su interior, y aprovechando que su titular se hallaba viendo la televisión comenzó a registrar las habitaciones, logrando coger dos carteras, una de ellas con documentación personal de la esposa del citado morador, M.R.P., y otra con 102.000 pesetas en metálico y dos cheques bancarios de la entidad BBV, así como dos medallas de oro, una de ellas con la inscripción "M." y otra con el signo del zodiaco "Leo", efectos todos tasados en 8.400 pesetas que fueron recuperados y, entregados...

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