Decreto por el que se crea la Comisión de Tutela y Defensa Judicial de Adultos. (Decreto 168/1998, de 6 de octubre)

Publicado enBOA
Ámbito TerritorialNormativa de Aragón
RangoDecreto

#Las referencias hechas al Departamento de Sanidad, Bienestar Social y Trabajo, se entenderán hechas al Departamento competente en materia de Servicios Sociales, por el Decreto 13/2004, de 27 de enero, del Gobierno de Aragón, por el que se modifican parcialmente el decreto 168/1998, de 6 de octubre, por el que se crea la Comisión de Tutela y Defensa Judicial de Adultos, y el Decreto 113/2000, de 13 de junio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueban los estatutos del Instituto ... La Ley 13/1983, de 24 de octubre, por la que se modificó el Código Civil en materia de tutela, supuso un importante avance en el sistema protector de los menores e incapacitados, sustituyendo la denominada «tutela de familia» por la «tutela de autoridad». En tal sentido, una de las principales innovaciones que se introdujeron consistió en facultar a las personas jurídicas, sin ánimo de lucro y entre cuyos fines figure la protección de menores e incapacitados, a constituirse en tutores. No obstante, en la aplicación práctica estas garantías pueden, en ocasiones, verse mermadas al no poder encontrar la autoridad judicial representantes idóneos para el desempeño de las funciones tutelares, fundamentalmente en el supuesto de personas adultas incapacitadas carentes de parientes o que se encuentran en situación de desamparo. La Comunidad Autónoma de Aragón, en cumplimiento del mandato contenido en los artículos 9.2 y 49 de la Constitución y en el artículo 6.2 a) del Estatuto de Autonomía de Aragón y con el fin de prestar la asistencia y protección social precisas para hacer frente a la situación expuesta, considera necesaria la creación de un órgano «ad hoc» que desempeñe estas funciones cuando la Administración de Justicia, de acuerdo con lo previsto en el artículo 242 del Código Civil, específicamente designe para ello a esta Comunidad Autónoma dado su carácter de persona jurídica sin finalidad lucrativa dedicada a la protección de los incapacitados. Por lo que, en virtud de las competencias reconocidas por el artículo 35.1.26 del Estatuto de Autonomía de Aragón, y de las previsiones contenidas en el artículo 6 de la Ley 11/1996, de 30 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, a propuesta del Consejero de Sanidad, Bienestar Social y Trabajo, y previa deliberación del Gobierno de Aragón en su reunión del día 6 de octubre de 1998, dispongo: ARTÍCULO 1. e crea la Comisión de Tutela y Defensa Judicial de Adultos de la Comunidad Autónoma de Aragón,...

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