ORDEN PRE/37/2006, de 15 de febrero, por la que se hace pública la relación de tasas vigentes que gestiona el Departamento de la Presidencia.

SecciónDisposiciones Generales
Rango de LeyOrden

ORDEN

PRE/37/2006, de 15 de febrero, por la que se hace pública la relación de tasas vigentes que gestiona el Departamento de la Presidencia.

El artículo 41 de la Ley 20/2005, de 29 de diciembre, de presupuestos de la Generalidad de Cataluña para el 2006 (DOGC núm. 4541, de 31.12.2005) actualiza las tasas con tipos de cuantía fija.

Por otra parte, la disposición adicional tercera de la Ley 15/1997, de 24 de diciembre, de tasas y precios públicos de la Generalidad de Cataluña establece que en el plazo de dos meses a contar desde la fecha de entrada en vigor de cualquier ley que modifique o cree tasas, o actualice los importes, cada uno de los departamentos del Gobierno ha de publicar en el DOGC, sólo a efectos informativos, una relación de las tasas vigentes que gestionan, en la que se identifiquen los servicios y las actividades que las generan y las cuotas correspondientes.

En virtud de ello, de acuerdo con el artículo 12 de la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña,

Ordeno:

Artículo único

Dar publicidad, a efectos informativos, a la relación de las tasas vigentes que se gestionan en el ámbito competencial del Departamento de la Presidencia, que se especifican en el anexo a esta Orden.

Barcelona, 15 de febrero de 2006

Josep Bargalló Valls

Consejero primero

Anexo

Tasas que gestiona el Departamento de la Presidencia y las unidades que dependen de éste

.1 Tasa por el servicio de guarda de vehículos del Patronato de la Montaña de Montserrat.

1.1 Cuota.

El importe de la cuota es:

De día (de las 6 a las 22 horas)

T=turismos; M=motos; A=autocares

Euros

Tiempo máximo

T

M

A

1/2 hora

0

0

5

Todo el día

4

2

10,5

3 días

5

3

14

7 días

6

3,5

20

15 días

7

4,5

30 días

10

6

60 días

12

9

1.2 Exenciones.

Está exenta la primera media hora de uso del aparcamiento para todos los tipos de vehículos, salvo los autocares.

.2 Tasa para la adquisición, la suscripción y la publicación de anuncios en el DOGC, gestionado por la Entidad Autónoma del Diario Oficial y de Publicaciones de la Generalidad de Cataluña.

2.1 Cuota.

a) La cuota se determina según la fecha en que se efectúe la suscripción de acuerdo con el baremo siguiente:

De enero a diciembre: 151,00 euros.

De febrero a diciembre: 138,45 euros.

De marzo a...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR