SAP Tarragona 386/2023, 24 de Octubre de 2023

JurisdicciónEspaña
Fecha24 Octubre 2023
EmisorAudiencia Provincial de Tarragona, seccion 2 (penal)
Número de resolución386/2023

AUDIENCIA PROVINCIAL DE TARRAGONA

SECCIÓN SEGUNDA

Rollo de apelación penal rápida nº 55/2023

Juicio Rápido nº 29/2022

Juzgado de lo Penal nº 2 de Tarragona

S E N T E N C I A NÚM. 386/2023

Tribunal.

Magistradas:

María Espiau Benedicto (presidenta)

María del Prado Escoda Merino

María Joana Valldepérez Machí

En Tarragona, a 24 de octubre del 2023.

Visto ante la Sección 2ª de esta Audiencia Provincial el recurso de apelación interpuesto por la representación procesal de D. Aurelio, contra la sentencia dictada en fecha 26 de enero de 2023, por el Juzgado de lo Penal nº 4 de Tarragona, en el Juicio Rápido nº 18/2022, seguido por un delito de conducción sin permiso del art. 384 del CP, en el que f‌igura como acusado el recurrente, y con intervención del Ministerio Fiscal en el ejercicio de la acción pública.

Ha sido ponente la Magistrada D.ª María del Prado Escoda Merino .

ANTECEDENTES PROCEDIMENTALES

ACEPTANDO los antecedentes de hecho de la sentencia recurrida, y

Primero

La sentencia recurrida declaró probados los hechos siguientes (sic):

" Resulta probado y así se declara que, sobre las 17:00 horas del 20 de octubre de 2021, el acusado Aurelio

, mayor de edad, fue sorprendido por agentes de la Policía Local de Torredembarra mientras conducía el ciclomotor PEUGEOT SV 125 con matrícula Y....QN por la Avda. de LOcea Atlantic nº 27 de Torredembarra, a pesar de carecer de permiso de conducción que le habilitara para ello por no haberlo obtenido nunca.

El acusado ha sido condenado por sentencia f‌irme de fecha 11 de enero de 2021 del Juzgado de Instrucción nº 2 del Vendrell (DUR 5/2021, Ejecutoria 38/2021 del Juzgado de lo Penal nº 1 de Tarragona) por delito de conducción sin permiso a la pena de 8 meses de multa con cuota diaria de 3 €, pendiente de cumplimiento; antecedente penal que no se encontraba cancelado ni era susceptible de ello a fecha de los hechos aquí relatados ".

Segundo

Dicha sentencia contiene el siguiente fallo (sic):

" DEBO CONDENAR Y CONDENO al acusado Aurelio como autor de un delito contra la seguridad vial en la modalidad de conducción sin haber obtenido nunca permiso de conducción del art. 384.2 del Código Penal

, concurriendo la circunstancia agravante de reincidencia del art. 22.8 del Código penal, a la pena de CINCO MESES DE PRISIÓN, accesoria legal de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, así como al pago de las costas procesales ".

Tercero

Contra la mencionada sentencia, se interpuso recurso de apelación por la representación procesal del Sr. Aurelio, fundamentándolo en los motivos que constan en el escrito articulando el recurso.

Cuarto

Admitido el recurso, y dado traslado por diez días a las demás partes para que presentasen escritos de impugnación o adhesión, el Ministerio Fiscal solicitó la conf‌irmación de la resolución recurrida.

HECHOS PROBADOS

Único.- Se aceptan como tales, los así declarados en la sentencia de instancia.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
Primero

Se interpone recurso de apelación por la representación del Sr. Aurelio contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal nº 4 de Tarragona, en virtud de la cual, se condenó al recurrente como autor de un delito de conducción sin permiso del art. 384.2 del Código Penal. La parte pretende la absolución del acusado, con fundamento en un pretendido error en la valoración de la prueba, que merma la presunción de inocencia del Sr. Aurelio . Ello dado que la condena se ha fundamentado en una valoración subjetiva de los agentes, que la recurrente no comparte; ya que al conductor le habrían visto una hora y media antes de los hechos, en el Colegio que no estaría cerca del domicilio, y realizando protección escolar. A su vez, el conductor llevaría casco, que le impediría ser identif‌icado.

Por el contrario, el Ministerio Fiscal considera que la valoración efectuada por el juez de instancia fue correcta, ya que los agentes quienes fueron los únicos que declararon, comprobaron que no tenía permiso.

Segundo

...

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