SAP Sevilla 388/2022, 19 de Septiembre de 2022

JurisdicciónEspaña
Fecha19 Septiembre 2022
EmisorAudiencia Provincial de Sevilla, seccion 3 (penal)
Número de resolución388/2022

SECCIÓN TERCERA DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE SEVILLA Avda. Menéndez Pelayo 2 Tlf.: . Fax: NIG: 4109143220180048846 Nº Procedimiento:Apelación resoluciones ( arts. 790- 792 Lecrim) 7444/2022 Negociado: 1C Proc. Origen: Procedimiento Abreviado 142/2020 Juzgado Origen: JUZGADO DE LO PENAL Nº 4 DE SEVILLA S E N T E N C I A 388/ 2022 Iltmo Sr. Presidente: D. Ángel MÁRQUEZ ROMERO Iltmos. Sres. Magistrados: Dña. Carmen Pilar CARACUEL RAYAD. Rafael DÍAZ ROCA(ponente) EN NOMBRE DE S. M. EL REY En Sevilla, a diecinueve de septiembre de dos mil veintidós. Vistos en grado de apelación ante esta Audiencia Provincial, Sección Tercera, los presentes autos de Procedimiento Abreviado número 142/2020-E, del que dimana el presente Rollo de Sala, seguido ante el Juzgado de lo Penal número 04 de los de Sevilla por delitos de conducción sin licencia y bajo la inf‌luencia de bebidas alcohólicas contra Miguel, con Documento Nacional de Identidad número NUM000, cuyos demás datos identif‌icativos constan en autos; siendo parte el Ministerio Fiscal, en ejercicio de la acción pública; pendiente en esta Sala en virtud del recurso de apelación interpuesto por el referido acusado, asistido por el letrado del Ilustre Colegio de esta ciudad Sr. D. Epifanio Jesús Ponce García, contra la sentencia número 487/2021 de 16 de septiembre dictada por dicho Juzgado; siendo ponente el Iltmo. Sr. D. Rafael DÍAZ ROCA.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

La Iltma. Sra. Magistrada de refuerzo en el Juzgado de lo Penal número 04 de los de Sevilla dictó el día 16 de septiembre de 2021 sentencia número 487 de las del registro anual del Juzgado en la causa de referencia, cuyo resultando de hechos probados literalmente dice: "ÚNICO.- Resulta probado y así se declara que el acusado, Miguel, condenado ejecutoriamente por sentencia f‌irme de fecha 6 de marzo de 2017 por el Juzgado de lo Penal número 9 de Sevilla por un delito de conducción sin permiso del artículo 384 del código penal y por sentencia f‌irme de fecha 24 de noviembre de 2017 por el Juzgado de lo Penal número 4 de Sevilla por el mismo delito y por sentencia f‌irme de fecha 5 de enero de 2018 por el Juzgado de Instrucción número 18 de Sevilla por un delito de conducción bajo los efectos de bebidas alcohólicas, el día 8 de octubre de 2018 sobre las 5:10 horas, el acusado conducía el vehículo a motor matrícula YI....RF de su propiedad por la calle Puente Genil, de Sevilla, como quiera que lo hacía bajo la ingesta de bebidas alcohólicas que le incapacitaban física y psiquicamente para la conducción, mermando sus ref‌lejos y capacidad de reacción ante los imprevistos. al observar a Agentes de Policía Local que realizaban labores de vigilancia urbana, el acusado adoptó una actitud esquiva, lo que provocó que los agentes le dieran el alto, observando que el acusado presentaba síntomas de haber ingerido bebidas alcohólicas, tales como ojos enrojecidos y vidriosos, halitosis alcohólica, pérdida de verticalidad y dif‌icultades en la expresión, motivo por el que fue requerido para someterse a la prueba de determinación del grado de impregnación alcohólica a lo que accedió voluntariamente arrojando un resultado de, 0,77 mg por litro de sangre la primera prueba, realizada a las 5:23 horas y de 0,69 mg por litro la segunda prueba, realizada la 5:46 horas. Además, a la fecha de los hechos el acusado carecía de permiso de conducir que la habilitase para hacerlo, al haber sido privado del mismo en la ejecutoria 7/18 del Juzgado de lo penal número 13 Sevilla y la ejecutoria 621/17 el Juzgado de lo Penal número 4 de Sevilla. De todo ello era perfecto conocedor del acusado por cuanto la sentencia como la liquidación de condena se notif‌icaron en forma." A dicho resultando correspondió el siguiente Fallo: "CONDENO a Miguel como responsable en concepto de autor, de

un delito contra la seguridad del tráf‌ico del artículo 379.2 del código penal y un delito de conducción sin permiso del art. 384.2 del CP, ya def‌inido, con circunstancias modif‌icativas de la responsabilidad criminal consistente en circunstancia agravante de reincidencia, a la pena de, por cada delito, de 6 meses de prisión e inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante la condena así como, por el primer delito, la pena de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores de 3 años y 6 meses y costas.No hay Responsabilidad civil." Segundo.- Contra la ya mencionada sentencia se interpuso recurso de apelación por la representación procesal del acusado el 29 de noviembre de 2021 con las alegaciones que constan en el escrito de formalización. Dado traslado al Fiscal, éste impugnó el recurso por escrito de fecha 08 de julio de 2022. Tercero .- Remitidos los autos a esta Audiencia, se reciben con fecha 01 de agosto de 2022, repartiéndose a esta Sección Tercera y aperturándose el presente Rollo de Sala el 04 de ag6stoo de 2022, pasándose al Ponente con fecha 12 de septiembre de 2022. El asunto se deliberó cl 15 de septiembre, quedando el recurso visto para sentencia, habiéndose designado ponente el Iltmo. Sr. D. Rafael DÍAZ ROCA.

HECHOS PROBADOS

No se aceptan los hechos...

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