SJS nº 38 436/2022, 23 de Noviembre de 2022, de Madrid

PonenteJUAN JOSE VIVAS GONZALEZ
Fecha de Resolución23 de Noviembre de 2022
ECLIECLI:ES:JSO:2022:8150
Número de Recurso588/2021

Juzgado de lo Social nº 38 de Madrid

NIG : 28.079.00.4-2021/0051664

Procedimiento Despidos / Ceses en general 588/2021

Materia : Despido

DEMANDANTE: D./Dña. Ramona y D./Dña. Ramona

DEMANDADO: RICOH ESPAÑA SLU y AGENCIA ESPAÑOLA DE MEDICAMENTOS Y PRODUCTOS SANITARIOS

En Madrid a veintitrés de noviembre de dos mil veintidós.

Vistos por mi D. JUAN JOSÉ VIVAS GONZÁLEZ, Magistrado-Juez Titular del Juzgado de lo Social número 38 de Madrid, los presentes autos en materia de DESPIDO IMPROCEDENTE/ FALTA DE SUBROGACIÓN registrado con el nº 588/2022 promovidos a instancia de Dª Ramona, con NIF nº NUM000, asistida de la letrada Dª ANA MARÍA PÉREZ -SERRANO LARA, frente a la entidad RICOH ESPAÑA, S.L.U ( en adelante RICOH), con CIF nº 1382080177, asistida y representada del letrado D ÁLVARO CARRERA VILLAGRAS, y frente a la AEMPS (AGENCIA ESPAÑOLA DE MEDICAMENTOS Y PRODUCTOS SANITARIOS), con CIF nº Q-28.270.231, asistida y representada por la Abogada del Estado Dª CLARA LACALLE LÓPEZ-GAY, y atendidos los mismos se dicta la siguiente, atendidos los mismos se dicta la siguiente;

SENTENCIA Nº 436/2022

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 25/05/2021 la parte actora presento demanda en materia sobre DESPIDO IMPROCEDENTE por falta de subrogación frente a las codemandadas, ante el decanato de este partido judicial, cuyo conocimiento correspondió a este juzgado, quedando registrada con el nº 588/2021.

En dicha demanda, la parte actora alego los hechos y fundamentos de derecho que estimo pertinentes terminando de interesar el dictado de sentencia conforme al suplico de su demanda.

SEGUNDO

Admitida la demanda se citó a las partes para la celebración del acto de juicio que f‌inalmente tuvo lugar el día 16/09/2021. Suspendiéndose el acto de juicio por petición de todas las partes al considerar la concurrencia de prejudicialidad laboral.

Alzada dicha suspensión, por la parte actora se presentó escrito ampliando la demanda interesando la nulidad del mentado despido. Fijándose como fecha f‌inalmente del acto de juicio el 16/11/2022.

El día f‌ijado comparecieron todas las partes en legal forma tal y como se expuso en el encabezamiento de la presente.

Abierto el acto, la parte actora se ratif‌icó en su demanda y ulterior escrito de ampliación interesando la nulidad subsidiariamente la improcedencia por los motivos que entendió de aplicación.

Las codemandadas comparecidas se opusieron a la demanda por motivos procesales y de fondo.

Fijados los hechos controvertidos, y practicada la prueba que se declaró pertinente y útil, por las defensas se formularon conclusiones, quedando los autos vistos para el dictado de sentencia.

TERCERO

En la tramitación del presente pleito se han observado todos los preceptos legales, salvo lo relativo a los plazos procesales debido al amplio volumen de asuntos que penden en este Juzgado.

HECHOS PROBADOS

  1. En fecha 7 de diciembre de 2017, la AEMPS adjudicó en el Expediente nº NUM001, el contrato del servicio denominado "SERVICIOS TÉCNICOS DE GRABACIÓN DE DATOS Y DISTRIBUCIÓN DE DOCUMENTACIÓN EN LA AGENCIA DE MEDICAMENTOS Y PRODUCTOS SANITARIOS" a la mercantil RICOH ESPAÑA SLU. Suscribiéndose el contrato correspondiente con fecha 17 de abril de 2018.

En el pliego de condiciones que regía el contrato de servicio indicado, suscrito entre la AEMPS y RICOH, se establecía como objeto del mismo "la prestación de los servicios técnicos de grabación de datos y distribución de documentación en la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios."

Estableciendo como alcance de los servicios del mismo, los siguientes:

  1. Grabación de datos avanzada:

    * Preparación de la documentación recibida electrónicamente, para su validación técnica y puesta a disposición y acceso de los técnicos evaluadores de la AEMPS.

    * Grabación de datos y documentación en las distintas bases de datos de las unidades de la Agencia, llevando a cabo la verif‌icación de los datos y actualización de la documentación, de conformidad con los procedimientos creados al efecto.

    * Carga manual de documentación y grabación de datos, previa verif‌icación de los mismos.

    * Mantenimiento actualizado de las bases de datos internas como las aplicaciones web, dentro de los distintos departamentos de la AEMPS, asegurando la trazabilidad documental de la información capturada, así como su relación con el registro documental ya existente en los archivos de la Agencia mediante los correspondientes procedimientos normalizados de trabajo (PNTs) que se han establecido para cada registro en concreto.

    * La realización de trabajos complementarios necesarios para la grabación, así como aquellas funciones de carácter general, destacando principalmente las de grabar datos, codif‌icar y digitalizar datos, capturasen pantalla, gestión documental, búsqueda de información y manejo de webs, gestión del correo electrónico, mensajería, escanear y migración de datos.

  2. Grabación de datos:

    * Grabación de datos y documentación en las distintas bases de datos de las unidades de la Agencia, llevando a cabo la carga y actualización de la documentación, de conformidad con los procedimientos creados al efecto, así como la realización de trabajos complementarios necesarios para dicha grabación (recepcionar la información, separar y clasif‌icar la documentación, escanear los documentos, abrir carpeta con numeración y archivar la documentación, ensobrar, etc.)

    * Realización de cualquier tipo de reproducción e documentos por medios mecánicos o de remisión de documentos (fotocopiado, remisión por fax etc.)

    * Se llevarán a cabo aquellas funciones de carácter general, destacando principalmente las de grabar datos, codif‌icar y digitalizar datos, capturas en pantalla, gestión documental, búsqueda de información y manejo de webs, gestión del correo electrónico, mensajería, escanear y migración de datos.

  3. Distribución de documentación. 3.1. Transporte

    * Entrega y recogida, con periodicidad diaria, de documentación y paquetes entre los distintos centros indicados en el punto 2 de este pliego de prescripciones técnicas, así como entre el Ministerio de Sanidad, Servicios sociales e Igualdad y demás organismos.

    * Atención de incidencias que ocurran, diariamente y surjan en el desarrollo de las funciones que esta Agencia tiene asignadas.

    * Atender a las solicitudes de transporte que en cada momento sean solicitadas.

    * Colaboración recogiendo y/o llevando personal de la AEMPS al destino correspondiente * Traslado de materiales y suministros a las dependencias que se determinen

    * Se llevarán a cabo aquellas funciones de carácter general relacionadas con el servicio que contribuyan al cumplimiento del objeto del mismo.

    3.2. Mocería

    * Trabajos consistentes en recoger y entregar correspondencia, fotocopiado, envíos de fax, así como otros trabajos secundarios ordenados por esta Agencia.

    * Colocación y acarreo de mobiliario y enseres

    * Apoyo en las tareas de mantenimiento del inventario general de la AEMPS * Preparación de salas de reuniones

    * Trabajos de manipulado de documentación: se realizará el porteado y traslado de la documentación a los distintos archivos de la AEMPS y su traslado o recogida al personal técnico o despachos donde sea preciso, así como su archivo. El personal destinado por la empresas adjudicataria a estos trabajos será el encargado de la custodia de la documentación en el proceso de su traslado o manipulado.

    * Apoyo en los servicios de mantenimiento y conservación de los centros indicados en el punto 2 del presente pliego.

    * Apoyo en los trabajos correspondientes al Servicio de Reprografía: fotocopiado, escaneado, encuadernación y otros.

    * Se llevarán a cabo aquellas funciones de carácter general relacionadas con el servicio de mocería que contribuyan al cumplimiento del objeto del mismo.

    (hecho conforme, pliego obrante en el ramo de prueba de ILUNION y de la AEMPS)

CUARTO

En el pliego de condiciones del contrato se establece el equipo de trabajo necesario para la prestación de los servicios, determinando para el perf‌il de grabador avanzado, una experiencia mínima de 4 años en puesto similar, con conocimientos acreditados en los procedimientos que enumera relativos a la regulación de medicamentos de uso humano y veterinario, así como de la clasif‌icación de los mismos y de productos cosméticos y de las bases de datos de medicamentos de uso humano y veterinario, etc.

Para el perf‌il de grabador, se requiere igualmente una experiencia mínima de 4 años en puesto similar con conocimientos acreditados en base de datos de medicamentos de uso humano y veterinario.

QUINTO

En el repetido contrato la AEMPS se compromete a poner a disposición los puestos de trabajo necesarios, con equipamiento de of‌icina e informático, haciendo a la adjudicataria responsable de las posibles pérdidas o deterioros con obligación de reposición.

La empresa se obliga a dotar al personal de un dispositivo de identif‌icación así como de una furgoneta y un coche berlina.

Dicho contrato tenia inicialmente una duración de dos años, siendo prorrogado el mismo por un año adicional, habiendo comenzado la prestación de tales servicios el 01/05/2018 y f‌inalizado por f‌in del contrato el 31/04/2021.

(Hechos que resultan de los folios 317, 359 al 407 de las actuaciones, hechos admitidos por las partes y función positiva de la cosa juzgada material de la sentencia del TSJ de Madrid, sala de lo social, sentencia nº 536/2021 de fecha 19/07/2021).

  1. En fecha 26/04/2018, la entidad RICOH suscribió contrato de arrendamiento de servicios con la entidad ILUNION BPO S.A.U (denominada posteriormente ILUNION CEE CONTAC CENTER).

    El objeto del mentado contrato según se dispuso era que la entidad ILUNION BPO se comprometía a prestar frente a RICOH los servicios que se detallaban en el anexo I, desempeñando tales...

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