STSJ Comunidad Valenciana 266/2007, 14 de Marzo de 2007

PonenteRAFAEL SALVADOR MANZANA LAGUARDA
ECLIES:TSJCV:2007:1231
Número de Recurso82/2006
ProcedimientoCONTENCIOSO
Número de Resolución266/2007
Fecha de Resolución14 de Marzo de 2007
EmisorSala de lo Contencioso

Sentencia número 266 /2.007

Ilmos. Sres.

Presidente

Don Mariano Ferrando Marzal

Magistrados

Don Juan Climent Barberá

Don Rafael S. Manzana Laguarda

_____________________________

En la Ciudad de Valencia, a catorce de Marzo de dos mil siete.-VISTO por este Tribunal, el recurso de apelación, tramitado con el número de rollo 82/06, interpuesto por la mercantil SOPORTES LEVANTE S.L. contra la Sentencia num. 321/05, de 27/Septiembre, dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Valencia, en el recurso contencioso-administrativo número 509/04; y habiendo sido partes en el recurso, la referida mercantil apelante y como apelado, el AYUNTAMIENTO DE VALENCIA; y Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado Don Rafael S. Manzana Laguarda , quien expresa el parecer de la Sección.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de instancia se dictó la Sentencia a la que se ha hecho referencia, y cuyo fallo, dispone literalmente: "Desestimo el recurso contencioso administrativo interpuesto por SOPORTES LEVANTE SL contra la Resolución de fecha 14.6.04 dictada por el Ayuntamiento de Valencia, sin pronunciamiento en costas".

SEGUNDO

Por la mercantil SOPORTES LEVANTE S.L, se interpuso recurso de apelación contra la citada sentencia, y tras efectuar las alegaciones que estimó oportunas, solicitó que se dictase sentencia porla que se revocara el pronunciamiento contenido en la dictada por el Juzgado de Instancia y se acogieran sus pretensiones.

TERCERO

El Juzgado de instancia proveyó admitiendo el recurso y dio traslado del mismo a la parte apelada para que, en el plazo de quince días, pudiera formalizar su oposición; cumplido este trámite, se remitieron a este Tribunal los autos, expediente administrativo y escritos presentados; y una vez recibidos y formado el correspondiente rollo de apelación, se señaló para su votación y fallo el día 28 de Febrero de 2.007 en cuya fecha tuvo lugar.

CUARTO

En la sustanciación de este proceso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Constituye objeto de revisión jurisdiccional la resolución dictada por el Ayuntamiento de Valencia, poniendo fin al expediente incoado a la mercantil apelante, titular de las vallas publicitarias emplazadas en la Avda. Ausias March, en cuya virtud se declara la clandestinidad de tales vallas por carecer de licencia municipal para su instalación y se ordena su retirada y desmontaje.

La actora alega básicamente como motivos impugnatorios -al margen de...

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