STSJ Galicia 21/2007, 25 de Enero de 2007

PonenteJUAN CARLOS TRILLO ALONSO
ECLIES:TSJGAL:2007:2769
Número de Recurso4044/2005
Número de Resolución21/2007
Fecha de Resolución25 de Enero de 2007
EmisorSala de lo Contencioso

SENTENCIA

Ilmos. Sres. D.

JUAN CARLOS TRILLO ALONSO

JOSÉ ANTONIO MÉNDEZ BARRERA

JULIO CIBEIRA YEBRA PIMENTEL

____________________________

A CORUÑA, veinticinco de Enero de dos mil siete.

En el RECURSO DE APELACION 0004044 /2005 que pende de resolución de esta Sala, interpuesto por la TESORERIA

GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, contra SENTENCIA de fecha veintinueve de Octubre de dos mil cuatro dictada en el

procedimiento PO 0000249 /2004 por el JUZGADO DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO nº 001 de LUGO. Es parte

apelada D. Benito .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el JUZGADO DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO nº 001 de LUGO se dictó SENTENCIA con fecha veintinueve de Octubre de dos mil cuatro en el procedimiento PO 000249 /2004 con la siguiente parte dispositiva: "Fallo: Que estimo el recurso contencioso-administrativo interpuesto por elprocurador D. Manuel F. Mourelo Caldas, en nombre y representación D. Benito , contra la resolución dictada por la Directora provincial de Lugo de la Tesorería General de la Seguridad Social, de fecha 23 de abril de 2004, desestimatoria del recurso de alzada, relativa al expediente de baja de oficio en el régimen especial agrario por agotamiento del I.T., tramitado a nombre de Benito , bajo el número NUM000 ; y anulo la misma, así como declaro el derecho del recurrente a estar y permanecer en situación de afiliada, alta y cotizando en el régimen especial agrario, con todos los derechos inherentes a dicha situación, y condeno a la Administración demandada a reponerle a la situación de alta que tenía con anterioridad al 29 de febrero de 2004, con todas las consecuencias legales inherentes a esta declaración. Sin expresa condena en costas."

SEGUNDO

Por la representación del demandado se interpuso recurso de apelación contra dicha sentencia, en el que se solicitó se dictase sentencia revocando la de primera instancia y declarando la nulidad de la resolución administrativa impugnada.

TERCERO

El recurso fue admitido y se dio traslado del mismo a las demás partes con el resultado que obra en autos.

CUARTO

Recibidos los autos en esta Sala, por providencia de fecha 4-1-07 se señaló para votación y fallo el día 18 de Enero de 2007.

QUINTO

En la sustanciación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

Es ponente el Ilmo. Sr. D. JUAN CARLOS TRILLO ALONSO.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se impugna en el presente recurso de apelación la sentencia dictada el 29 de octubre de 2004 por la Juzgado Contencioso Administrativo de Lugo , en el procedimiento ordinario número 249/2004, estimatoria del recurso contencioso administrativo interpuesto por el hoy aquí apelado contra resolución del a Directora Provincial de Lugo del a Tesorería General de la Seguridad Social, de fecha 23 de abril de 2004, desestimatoria del recurso de alzada deducido contra otra de 24 de marzo anterior, por la que se acordó dar de baja en el régimen especial agrario y con fecha 29 de febrero del indicado año.

SEGUNDO

El artículo 85 del a Ley Jurisdiccional prevé en su apartado 4 que si en el escrito de oposición a la apelación la parte apelada entendiera indebidamente admitida la apelación, deberá hacerlo constar, en cuyo caso se dará vista al apelante, por tres días, y en el apartado 5, que...

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