STSJ Castilla y León 556/2007, 16 de Mayo de 2007

PonenteJOSE MANUEL RIESCO IGLESIAS
ECLIES:TSJCL:2007:2635
Número de Recurso556/2007
Número de Resolución556/2007
Fecha de Resolución16 de Mayo de 2007
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA

En el Recurso de Suplicación núm. 556/2007, interpuesto por JUNTA DE CASTILLA Y LEON (CONSEJERIA DE EDUCACION) contra la Sentencia del Juzgado de lo Social núm. Dos de Valladolid, de fecha 2 de noviembre de 2006, (Autos núm. 293/2006), dictada a virtud de demanda promovida por DON Matías contra la recurrente y el COLEGIO SAN AGUSTIN, sobre CANTIDAD (paga extra antigüedad).Ha actuado como Ponente el Iltmo. Sr. DON JOSE MANUEL RIESCO IGLESIAS.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 3 de abril de 2006 se presentó en el Juzgado de lo Social núm. Dos de Valladolid demanda formulada por la parte actora, en la que solicitaba se dictase sentencia en los términos que figuran en el Suplico de la misma. Admitida la demanda y celebrado el juicio, se dictó Sentencia estimando referida demanda.

SEGUNDO

En referida Sentencia y como Hechos Probados figuran los siguientes: "PRIMERO.- El actor DON Matías , mayor de edad y cuyas demás circunstancias personales constan en el encabezamiento de su demanda ha venido prestando servicios laborales como profesor en el COLEGIO SAN AGUSTIN, en régimen de concierto económico a la Junta de Castilla y León con una antigüedad de 6-9-75 y percibiendo un salario mensual sin incluir la parte proporcional de pagas extraordinarias por importe de 1.823,95 durante el año 2004, de 1.859,23 euros en el año 2005, y de 1.943,65 para el año 2006.- SEGUNDO.- El demandante, en cumplimiento del art. 61 del IV Convenio Colectivo de Empresas de Enseñanza Privada, sostenidas total o parcialmente con fondos públicos, solicitó la paga extraordinaria y ello por haber prestado servicios con una antigüedad superior a 25 años, siéndole reconocida y abonada al actor paga extraordinaria de antigüedad en cuantía en la que no se incluyó para su cálculo el "Complemento analógico J.C. y L.".- TERCERO.- El actor reclama la cuantía de 989,90 euros.- CUARTO.- Presentó papeleta de demanda de conciliación ante el SMAC, habiéndose celebrado el mismo con el resultado de intentado sin avenencia.- QUINTO.- Formuló reclamación previa que fue desestimada.- SEXTO.- Con fecha 3-4-06 presentó demanda ante el Juzgado Decano que fue turnada a este Juzgado.".-TERCERO.- Interpuesto recurso de Suplicación contra dicha sentencia por la Junta de Castilla y León, fue impugnado por la parte demandante, y elevados los Autos a esta Sala, se designó Ponente acordándose la participación a las partes de tal designación.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La sentencia de instancia condenó a la CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN DE LA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN y al COLEGIO SAN AGUSTÍN a abonar solidariamente al actor, DON Matías , profesor en el indicado centro, la cantidad de 989'90 # en concepto de paga extraordinaria por haber prestado servicios en la indicada empresa durante más de 25 años.

De las dos partes demandadas -y condenadas- sólo la Junta de Castilla y León impugna la sentencia de instancia denunciando en un único motivo amparado en la letra c) del artículo 191 de la Ley de Procedimiento Laboral , la infracción de los artículos 59, 61 y 65 a 68 del IV Convenio Colectivo de...

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