Resolución nº C-0191/09, de December 2, 2009, de Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia

Fecha de Resolución 2 de Diciembre de 2009
Número de ExpedienteC-0191/09
TipoAdquisición de activos
ÁmbitoConcentraciones

Empresa

W.C. HERAEUS GMBH

FERRO CORPORATION

Sector

C.203: Fabricación de pinturas, barnices y revestimientos similares; tintas de imprenta y masillas (NACE 2009).

C.2561: Tratamiento y revestimiento de metales (NACE 2009).

Calificación

8.1.a Ley 15/2007: Umbral cuota de mercado

Estado: Finalizado. Autorizado en 1ª fase

COMISIÓN NACIONAL

DE LA COMPETENCIA

RESOLUCIÓN (Expte. C-0191/09, HERAEUS/FERRO)

CONSEJO

D. Luis Berenguer Fuster, Presidente

D. Fernando Torremocha García-Sáenz, Vicepresidente

D. Emilio Conde Fernández-Oliva, Consejero

D. Miguel Cuerdo Mir, Consejero

Dª Pilar Sánchez Núñez, Consejera

D. Julio Costas Comesaña, Consejero

Dª Mª Jesús González López, Consejera

Dª Inmaculada Gutiérrez Carrizo, Consejera

En Madrid, a 16 de diciembre de 2009.

Visto el expediente tramitado de acuerdo a la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia, relativo a la adquisición por parte de W.C. HERAEUS

GMBH de las áreas de negocio de procesado de metales preciosos de FERRO

CORPORATION (Expte. C/0191/09), y estando de acuerdo con el informe y la propuesta remitidos por la Dirección de Investigación, el Consejo de la Comisión Nacional de la Competencia ha resuelto, en aplicación del artículo 57.2.a) de la mencionada Ley, autorizar la citada operación de concentración en primera fase.

Comuníquese esta Resolución a la Dirección de Investigación de la Comisión Nacional de la Competencia y notifíquese a los interesados, haciéndoles saber que la misma pone fin a la vía administrativa y que se puede interponer contra ella recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses a contar desde su notificación.

DIRECCIÓN DE INVESTIGACIÓN

INFORME Y PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

EXPEDIENTE C/0191/09 HERAEUS/FERRO

  1. ANTECEDENTES

    (1) Con fecha 2 de diciembre de 2009 ha tenido entrada en esta Dirección de Investigación notificación de la adquisición por parte de W.C. HERAEUS GmbH

    (HERAEUS) de la áreas de negocio de procesado de metales preciosos de FERRO CORPORATION (FERRO).

    (2) Dicha notificación ha sido realizada por HERAEUS según lo establecido en el artículo 9 de la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia por superar el umbral establecido en el artículo 8.1 a). A esta operación le es de aplicación lo previsto en el Real Decreto 261/2008 de 22 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Defensa de la Competencia.

    (3) El artículo 57.2.c) de la Ley 15/2007 establece que el Consejo de la Comisión Nacional de la Competencia dictará resolución en primera fase en la que podrá acordar iniciar la segunda fase del procedimiento, cuando considere que la concentración puede obstaculizar el mantenimiento de la competencia efectiva en todo o parte del mercado nacional.

    (4) Asimismo, el artículo 38.2 de la Ley 15/2007 añade: "El transcurso del plazo máximo establecido en el artículo 36.2.a) de esta Ley para la resolución en primera fase de control de concentraciones determinará la estimación de la correspondiente solicitud por silencio administrativo, salvo en los casos previstos en los artículos 9.5, 55.5 y 57.2.d) de la presente Ley”.

    (5) Según lo anterior, la fecha límite para acordar iniciar la segunda fase del procedimiento es el 2 de enero de 2010, inclusive. Transcurrida dicha fecha, la operación notificada se considerará tácitamente autorizada.

  2. NATURALEZA DE LA OPERACIÓN

    (6) La operación de concentración consiste en la adquisición por parte de W.C.

    HERAEUS GmbH (HERAEUS) de las áreas de negocio de procesado de metales preciosos y especiales par su uso decorativo en objetos de vidrio y cerámica de la sociedad Ferro Corporation (FERRO).

    (7) Para llevar a cabo esta operación las partes firmaron el 12 de octubre de 2009 una Carta de Intenciones.

    (8) La ejecución de la operación está condicionada a su autorización por las autoridades de competencia de España, Portugal y Brasil.

  3. APLICABILIDAD DE LA LEY 15/2007 DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA

    (9) De acuerdo con la notificante, la operación no entra en el ámbito de aplicación del Reglamento (CE) nº 139/2004 del Consejo, de 20 de enero, sobre el control de las concentraciones entre empresas.

    DIRECCIÓN DE INVESTIGACIÓN

    (10) La operación notificada cumple, sin embargo, los requisitos previstos por la Ley 15/2007 para su notificación, al superarse el umbral establecido en el artículo

    8.1a) de la misma.

  4. EMPRESAS PARTÍCIPES

    IV.1. W.C. HERAEUS GmbH (HEREAUS)

    (11) W.C. Heraeus GmbH es una sociedad subsidiaria del grupo HERAEUS con domicilio social en la localidad de Hanau (Alemania). Su principal actividad económica es la producción y distribución de procesados de metales preciosos y metales especiales como oro, plata, platino, iridio, etc. para su uso en múltiples sectores económicos.

    (12) El grupo HERAEUS cuenta con otras áreas de negocio como las dedicadas a la producción y comercialización de materiales de uso dental, materiales de uso médico (cemento óseo y biomateriales), cristales de cuarzo e infrarrojos y ultravioletas aplicados a aplicaciones de alta tecnología. Además de a estas actividades, el grupo Heraeus se dedica a la compraventa de oro y otros metales preciosos, siendo una de las actividades más lucrativas del grupo.

    (13) La facturación del Grupo HERAEUS en el último ejercicio económico, conforme al Art. 5 del R.D. 261/2008 es, según la notificante, la siguiente:

    VOLUMEN DE NEGOCIOS DEL GRUPO HERAEUS EN 2008

    (millones de euros) MUNDIAL

    UE

    ESPAÑA

    >2.500 >250 >60 Fuente: Notificación IV.2. FERRO CORPORATION (FERRO)

    (14) Ferro Corporation es una sociedad con sede en Cleveland, Estado de Ohio

    (EEUU), y cuya principal actividad económica es la fabricación y distribución de una amplia gama de productos: i) pigmentos, esmaltes, pastas y aditivos ii) ingredientes farmacéuticos ii) plásticos especiales iv) cristales electrónicos, y v) recubrimientos para cerámicas.

    (15) En la actualidad FERRO es el mayor proveedor mundial de pigmentos decorativos para la industria del azulejo.

    (16) La facturación de la unidad de negocio de Ferro Corporation afecta a esta operación económica en el último ejercicio económico, conforme al Art. 5 del R.D.

    261/2008 es, según la notificante, la siguiente:

    VOLUMEN DE NEGOCIOS DE LA UNIDAD DE NEGOCIO DE PROCESADO DE

    METALES PRECIOSOS DE FERRO EN 2008

    (miles de euros) MUNDIAL

    UE

    ESPAÑA

    Fuente: Notificación DIRECCIÓN DE INVESTIGACIÓN

  5. MERCADOS RELEVANTES

    V.1 Mercados de producto

    (17) La operación afecta a la actividad de fabricación y comercialización de procesados de metales preciosos (oro, plata, platino) y especiales (iridio) para su uso decorativo en objetos de vidrio y cerámica.

    (18) Los procesados son bienes intermedios que se presentan en forma de láminas, sprays, líquidos y preparados viscosos. Las técnicas que se emplean para su aplicación son la de impresión directa, la impresión termoplástica empleando calor, el pintado y los perfilados

    (19) No hay precedentes ni nacionales ni comunitarios que permitan delimitar el mercado de producto. La notificante señala que se puede distinguir un mercado de producto en el caso de procesados de metales preciosos para su empleo en decoración distinto de los procesados de metales preciosos destinados a aplicaciones en el campo de la salud (prótesis) y las telecomunicaciones.

    (20) En consecuencia, y dado que la valoración de la presente operación no se ve afectada por la definición adoptada, se considerará que el mercado relevante afectado por la operación es el de procesados de metales preciosos y otros metales especiales para uso decorativo.

    V.2 Mercados geográficos

    (21) El notificante señala que el mercado geográfico relevante es de dimensión nacional, por las siguientes razones: i) diferencias de gustos de un país a otro, ii) diferencias de precios entre países, iii) grado de especialización de la actividad industrial de cada país, y iv) el carácter artesanal de la producción de los bienes finales para los que se emplean los procesados de metales preciosos.

    (22) Dado que la valoración de la presente operación no se ve afectada por la definición adoptada, se considerará que el mercado geográfico relevante afectado por la operación es de dimensión nacional.

  6. ANÁLISIS DEL MERCADO

    VI.1. Estructura de la oferta

    (23) El mercado de procesados de metales preciosos en España arroja cifras de negocio […]¹, al tratarse de un bien intermedio para fabricación de objetos destinados al mercado suntuario, con una demanda reducida.

    (24) En España operan seis (6) empresas de relevancia en este mercado de producto:

    Johnson Mattey, Colorobbia, Torrecid, Brendle, HERAEUS y FERRO. Tanto Torrecid como Brendle tienen talleres de producción en España, en tanto que el resto de las empresas disponen de filiales dedicadas exclusivamente a la comercialización de sus productos, como es el caso de HERAEUS y FERRO.

    (25) La cuota de mercado respectiva de cada empresa en España se distribuye como sigue:

    ¹ El corchete reemplaza la información declarada confidencial DIRECCIÓN DE INVESTIGACIÓN

    CUOTAS DEL MERCADO DE PROCESADOS DE METALES PRECIOSOS PARA

    USO DECORATIVO EN ESPAÑA EN 2008

    (miles de euros) EMPRESA

    CUOTA %

    JOHSON MATTHEY

    [10-30]

    COLOROBBIA [10-20]

    FERRO [10-20]

    HEREAUS [10-20]

    TORRECID [0-10]

    BRENDLE [0-10]

    OTROS [0-10]

    Fuente: Notificante.

    (26) Todas las empresas oferentes en este mercado fabrican, además de procesados de metales preciosos, otros productos que se emplean en la decoración como pigmentos, colores, auxiliares.

    (27) Los principales factores que determinan el coste de producción son el precio de los metales preciosos y el transporte.

    (28) Las fuentes de abastecimiento de la materia prima (metales preciosos) se encuentran fuera de España, y se trata de un mercado transparente donde los precios se reflejan en cotizaciones diarias.

    VI.2. Estructura de la demanda, distribución y precios

    (29) Los principales clientes de los procesados de metales preciosos son los fabricantes de objetos de vidrio y cerámica, que los emplean en la decoración de sus productos.

    (30) La notificante señala que una de las características actuales de la demanda es que los clientes han ido perdiendo la fidelidad a determinadas marcas/fabricantes y que sus decisiones de compra se basan exclusivamente en el precio.

    (31) Las empresas demandantes de estos productos son empresas de tamaño mediano que elaboran y ofrecen una variada gama de objetos de decoración y regalo, en un segmento de bienes de lujo. Las principales empresas en España de este sector son según la notificante […].

    (32) Las ventas de estos productos se realizan directamente de los fabricantes o a través de filiales comercializadoras que los principales fabricantes poseen en España, como es el caso de FERRO, Johson Matthey, HERAEUS y Colorobbia.

    (33) Los precios de los preparados de metales preciosos se fijan por kilogramo de producto. La notificante señala que el precio medio en España está situado en torno a los […] euros/kg.

    VI.3. Competencia potencial -Barreras a la entrada

    (34) La notificante señala que no hay barreras significativas de entrada a este mercado: las fuentes de abastecimiento de materias primas están abiertas a DIRECCIÓN DE INVESTIGACIÓN

    todos; hay un escaso peso de la marca, inexistencia de derechos relevantes de propiedad industrial (patentes) e inexistencia, igualmente, de barreras legales y administrativas para poder operar.

    (35) España es exportador neto de estos productos, con unas ventas al exterior que ascendieron en 2008 a los 5,15 millones de euros frente a unas importaciones de

    4,876 millones de euros. Los principales socios comerciales fueron tanto Alemania

    (principal importador) como Italia (principal exportador).

  7. VALORACIÓN DE LA OPERACIÓN

    (36) La presente operación consiste en la adquisición por parte de W.C. HERAEUS

    GmbH de las áreas de negocio de procesado de metales preciosos y especiales par su uso decorativo en objetos de vidrio y cerámica de la sociedad Ferro Corporation.

    (37) El volumen de negocios total del mercado de referencia en España es muy pequeño ([…] euros en 2008) y muy focalizado en un segmento de artículos de lujo para clientes de alto poder adquisitivo.

    (38) La cuota de mercado resultante asciende al [30-40%] (adición del [10-20%]), produciéndose una cierta modificación de la estructura de la oferta en el mercado de referencia. Sin embargo, se mantienen cuatro empresas con cuotas significativas en el mercado nacional: Johnson Matthey [20-30%], Colorobbia [20-30%], Torrecid [0-10%] y Brendle [0-10%]. Adicionalmente, las partes no fabrican sus productos en España, no generándose ningún solapamiento vertical que afecte al mercado español.

    (39) Teniendo en cuenta todo lo anterior, no cabe esperar que la operación suponga una amenaza para la competencia en el mercado relevante, por lo que es susceptible de ser aprobada en primera fase sin compromisos.

  8. PROPUESTA

    (40) En atención a todo lo anterior y en virtud del artículo 57.1 de la Ley 15/2007, de 3 de julio de Defensa de la Competencia se propone autorizar la concentración, en aplicación del artículo 57.2.a) de la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia.

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