SAP Barcelona 542/2009, 24 de Julio de 2009
Ponente | MARTA FONT MARQUINA |
ECLI | ES:APB:2009:8295 |
Número de Recurso | 631/2008 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 542/2009 |
Fecha de Resolución | 24 de Julio de 2009 |
Emisor | Audiencia Provincial - Barcelona, Sección 14ª |
SENTENCIA Nº 542/2009
Ilmos. Sres.
D. FRANCISCO JAVIER PEREDA GÁMEZ
Dª. MARTA FONT MARQUINA
Dª. AURORA FIGUERAS IZQUIERDO
En la ciudad de Barcelona, a veinticuatro de julio de dos mil nueve.
VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Decimocuarta de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Procedimiento ordinario, número 689/2006 seguidos por el Juzgado Primera Instancia
11 Barcelona, a instancia de LINEA DIRECTA ASEGURADORA S.A., contra Dª. Daniel ; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte demandada contra la Sentencia dictada en los mismos el día 18 abril de 2008, por el/la Juez del expresado Juzgado.
Se aceptan los Antecedentes de Hecho de la Sentencia apelada, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que estimando como estimo totalmente la demanda interpuesta por LÍNEA DIRECTA ASEGURADORA, S.A, representada por le Procurador de los Tribunales Don Carlos Badía Martínez, frente a Don Daniel , debo condenar y condeno a dicha demandado a abonar a la entidad actora la cantidad de 11.969,19 euros, más el interés legal en concepto de mora de dicha cantidad desde la interposición de la demanda y hasta su pago sin perjuicio de lo previsto en el art. 576 LEC . Todo ello con imposición al demandada de las costas causadas".
Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte demandada mediante su escrito motivado, dándose traslado a la contraria; elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial.
Se señaló para votación y fallo el día 7 de mayo de 2009 .
En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.
VISTO, siendo Ponente el/la Ilmo/a. Sr/a. Magistrado/a D/Dª. MARTA FONT MARQUINA.
No se aceptan los fundamentos de la sentencia apelada.
La aseguradora, Línea Directa Aseguradora,S.A., ejercita la acción de repetición contra el propietario del vehículo, conducido por el hijo del asegurado, de conformidad con el art. 7 de la Ley Sobre Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos a Motor.
La actora abonó el importe indemnizatorio a la perjudicada, como consecuencia del accidente sucedido el día 20 de septiembre de 2003, cuando el hijo del demandado conducía bajo los efectos de las bebidas alcohólicas.
La juzgadora de instancia estima íntegramente la demanda y condena al pago de la suma reclamada de 11.969,19 euros.
Apela el demandado, y reitera las excepciones esgrimidas en el escrito de oposición, de prescripción y plus-petición. Alega que se incurre en error en la prueba en relación a la prescripción y en relación al pago de la suma de 11.799,91 euros, a favor de la perjudicada, Sra. Inocencia , que estima que es excesiva. Sostiene que el informe médico forense sólo recoge 82 días de baja no impeditivos.
Respecto a la prescripción de la acción, que el juzgador de instancia establece que se inicia una vez dictada sentencia condenatoria firme contra el conductor, alega el apelante que no puede ser de aplicación al supuesto de autos, habida cuenta que es propietario del vehículo, de manera que no fue parte en el proceso penal seguido contra su hijo, Sr. Eutimio .
A su entender la compañía actora no debió esperar a la finalización del proceso penal para dirigir la acción, por lo cual verificado el pago en fecha 16 de junio de 2004 (antes de la sentencia firme, de condena, de 14 de abril de 2005 ) debió interrumpir el plazo prescriptivo del año, no habiéndose comunicado la intención de...
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