SAP Madrid 684/2009, 1 de Julio de 2009

PonenteFRANCISCO JAVIER CORREAS GONZALEZ
ECLIES:APM:2009:12782
Número de Recurso502/2009
Número de Resolución684/2009
Fecha de Resolución 1 de Julio de 2009
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 24ª

SENTENCIA: 00684/2009

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

SECCION 24ª

Rollo nº: 502/09

Autos nº: 415/08

Procedencia: Juzgado de 1ª Instancia nº 25 de Madrid

P. Apelante: Dª Amanda

Procurador: D. ROBERTO GRANIZO PALOMEQUE

P. Apelada: D. Arturo

Procurador: Dª VICTORIA RODRIGUEZ ACOSTA LADRON DE GUEVARA

Ponente: Ilmo. Sr. D. FRANCISCO JAVIER CORREAS GONZALEZ

SENTENCIA Nº 684

Magistrados:

Ilmo. Sr. D. FRANCISCO JAVIER CORREAS GONZALEZ

Ilmo. Sr. D. Angel Sánchez Franco

Ilma. Sra. Dª Rosario Hernández Hernández

En Madrid, a 1 de julio de 2009

Vistos en grado de apelación por la Sección 24ª de esta Audiencia Provincial, los autos sobre liquidación de gananciales (inventario) nº 415/08; procedentes del Juzgado de 1ª Instancia nº 25 de Madrid; y seguidos entre partes; de una, como apelante, Dª Amanda , representada por el Procurador D. ROBERTO GRANIZO PALOMEQUE; y de otra, como parte apelada, D. Arturo , representado por la Procuradora Dª VICTORIA RODRIGUEZ- ACOSTA LADRON DE GUEVARA; y siendo Ponente el Magistrado de la Sala Ilmo. Sr. D. FRANCISCO JAVIER CORREAS GONZALEZ, que expresa el parecer de la misma.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La Sala acepta y tiene por reproducidos los antecedentes de hecho contenidos en la resolución apelada.

SEGUNDO

Que en fecha 9 de octubre de 2008, por el Juzgado de 1ª Instancia nº 25 de Madrid, se dictó Sentencia cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que declaro que la sociedad conyugal en su día formada por Dª Amanda y D. Arturo está integrada por las siguientes partidas:

A) ACTIVO:

  1. - Inmueble sito en el Puerto de Santa María (Cádiz), calle DIRECCION000 número NUM000 .

  2. - Vivienda sita en la calle DIRECCION001 número NUM001 , NUM002 , de Madrid.

  3. - Ajuar y mobiliario existente en la vivienda de la calle DIRECCION001 de Madrid

  4. - Ajuar y mobiliario existente en la vivienda del Puerto de Santa María.

  5. - Saldo al 8 de diciembre de 2004 de la cuentas de OPENBANK: NUM003 y NUM004

  6. - Saldo al 8 de diciembre de 2004 del BANCO SANTANDER NUM005

  7. - Saldo al 8 de diciembre de 2004 de la cuenta de LA CAIXA NUM006

  8. - Saldo al 8 de diciembre de 2004 del Fondo de Pensiones de Winterthur 21.

  9. - Metálico obtenido por la venta del vehículo AUDI A4, matrícula .... WTH , ascendente a 10.000 euros.

  10. - Metálico obtenido por la venta de la moto DAELIM, matríucla .... YTV , ascendente a 1.000 euros.

    B) PASIVO:

  11. - Préstamo hipotecario existente que grava la vivienda de la calle DIRECCION001 NUM001 .

  12. - Préstamo hipotecario existente que grava la vivienda del Puerto de Santa María.

  13. - Deuda de la sociedad hacia D. Arturo por los 7.000.000 de pesetas privativas que constituyeron parte del precio por el que se adquirió la vivienda del Puerto de Santa María, cantidad que se deberá actualizar a día de hoy.

  14. - Deuda de la sociedad hacia D. Arturo por el dinero privativo aportado por él (un 35,80% del total) y que constituyó parte del precio por el que se adquirió la vivienda sita en la calle DIRECCION001 número NUM001 , NUM002 , de Madrid, cantidad que se deberá actualizar a día de hoy.

  15. - Deuda de la sociedad de gananciales con D. Arturo por el pago de más realizado por su parte respecto del préstamo hipotecario que recae sobre las dos viviendas.

  16. - Deuda de la sociedad de gananciales con D. Arturo por el pago del IBI y de los suministros de la vivienda del Puerto de Santa María.

  17. - Deuda de la sociedad de gananciales con Dª Amanda por el pago del IBI y de las derramas extraordinarias acreditadas documentalmente sobre la vivienda de DIRECCION001 .

    Se condena a ambas partes a estar y pasar por la anterior declaración, procediéndose a la división y adjudicación de los mismos previa solicitud de cualquiera de los cónyuges en la forma prevista en los artículos 810 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil .

    No procede hacer especial imposición de las costas."

TERCERO

Notificada la anterior resolución a las partes, contra la misma se interpuso recurso de apelación por la representación legal de Dª Amanda , a fin de conseguir su revocación, y la Sala, en sulugar, estimando el recurso declare que:

"1º.- En el Apartado A) del Activo debe figurar en las partidas 5ª, 6ª, 7ª y 8ª la fecha de 9 de mayo de 2007, para la toma en consideración de saldos de cuentas corrientes y fondo de pensiones, excepto en lo que se refiere a la cuenta corriente incluida en la partida 5ª OPENBANK NUM004 , cuya fecha de toma en consideración debe ser la de 8 de febrero de 2007, al haberse detraído de manera fraudulenta por parte del Sr. Arturo el saldo que desde hacía más de un año había en la cuenta, mediante una "orden de traspaso interno".

  1. - En el apartado A) del Activo debe figurar un crédito a favor de la sociedad de gananciales por importe de 12.000 Ñ que prudencialmente se estiman como rendimientos anuales generados por el Sr. Arturo con la explotación de la vivienda ganancial, sita en la calle DIRECCION000 nº NUM000 , de Puerto de Santa María, Cádiz.

  2. - En el apartado B) del Pasivo deben suprimirse las partidas 3ª y 4ª , por no ostentar crédito alguno el Sr. Arturo contra la sociedad de gananciales, en concepto de inversión en los bienes gananciales de bienes privativos suyos.

  3. - En el apartado B) del Pasivo debe incluirse en la partida 5ª la fecha de 9 de mayo de 2007, a partir de la cual será abonada la deuda al Sr. Arturo , por el pago de más realizado en concepto de préstamos hipotecarios.

  4. - En el apartado B) del Pasivo debe incluirse en la partida 6ª la fecha de 9 e mayo de 2007, a partir de la cual será abonada la deuda al Sr. Arturo , por el pago realizado en concepto de IBI y suministros de la vivienda de Puerto de Santa María, debiendo añadirse además la necesidad de que se acredite con recibos.

  5. - En el apartado B) del Pasivo debe añadirse en la partida 7ª, correspondiente a la deuda de la sociedad de gananciales con la Sra. Amanda por los pagos de IBI y derramas extraordinarias, los gastos realizados en concepto de pago de recibos de comunidad de propietarios desde el 9 de mayo de 2007.

  6. - Se acuerda la rendición de cuentas del administrador de la sociedad de gananciales, Sr. Arturo , sobre la administración del bien perteneciente a la sociedad de gananciales, sito en Puerto de Santa María (Cadiz), calle DIRECCION000 , nº NUM000 , cuentas que deberá aportar al Juzgado con carácter anual para su traslado a esta parte, en lo que se refiere a la explotación que realiza sobre el inmueble y hasta la fecha de la efectiva liquidación del mismo, con todos los apercibimientos legales en cuanto a la responsabilidad que le incumbe como administrador y la que pude llegar a alcanzarle en caso de desobediencia, de cometer falsedad en...

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