SAP Madrid 391/2009, 17 de Junio de 2009

PonenteJOSE MANUEL ARIAS RODRIGUEZ
ECLIES:APM:2009:6918
Número de Recurso235/2009
Número de Resolución391/2009
Fecha de Resolución17 de Junio de 2009
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 10ª

SENTENCIA: 00391/2009

AUDIENCIA PROVINCIAL DE

MADRID

Sección 10

1280A

C/ FERRAZ 41

Tfno.: 914933847-48-918-16 Fax: 914933916

N.I.G. 28000 1 7003688 /2009

Rollo: RECURSO DE APELACION 235 /2009

Autos: PROCEDIMIENTO ORDINARIO 632 /2007

Órgano Procedencia: JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 83 de MADRID

De: MUTUA MADRILEÑA AUTOMOVILISTA

Procurador: JORGE DELEITO GARCIA

Contra: ATLANTA CONSTRUCCIONES Y EDIFICACIONES, S.L.

Procurador: JOSE LUIS BARRAGUES FERNANDEZ

PONENTE: ILMO. SR. D. JOSE MANUEL ARIAS RODRÍGUEZ

SENTENCIA

Ilmos. Sres. Magistrados:

D. JOSE MANUEL ARIAS RODRÍGUEZ

DªMª ISABEL FERNÁNDEZ DEL PRADO

DªMª JOSEFA RUIZ MARÍNEn MADRID, a diecisiete de junio de dos mil nueve.

La Sección Décima de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Señores Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos nº 632/07, procedentes del Juzgado de 1ª Instancia nº 83 de Madrid de , seguidos entre partes, de una, como demandada-apelante MUTUA MADRILEÑA AUTOMOVILISTA, representada por el Procurador D. Jorge Deleito García y defendida por Letrado, y de otra como demandante-apelada ATLANTA CONSTRUCCIONES Y EDIFICACIONES, S.L., representada por el Procurador D. José L. Barragues Fernández y defendida por Letrado, seguidos por el trámite de juicio ordinario.

VISTO, siendo Magistrado Ponente el Ilmo.Sr. ILMO. SR. D. JOSE MANUEL ARIAS RODRÍGUEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO

La Sala acepta y da por reproducidos los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.

PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia nº 83 de Madrid, en fecha 30 de enero de 2008, se dictó sentencia , cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: FALLO:"Que estimando la demanda interpuesta por la representación de ATLANTA CONSTRUCCIONES Y EDIFICACIONES contra MUTUA MADRILEÑA AUTOMOVILISTA Y D. Joaquín debo declarar y declaro haber lugar a: a) Condenar a los demandados a pagar a la actora la cantidad de 7.657 ,14 #. B) Condenar a los demandados a pagar a la actora los intereses legales de la anterior cantidad. C) Imponer a los demandados el pago de las costas procesales ocasionadas a la demandante.".

SEGUNDO

Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación por la parte demandada. Admitido el recurso de apelación en ambos efectos, se dio traslado del mismo a la parte apelada. Elevándose los autos ante esta Sección, para resolver el recurso.

TERCERO

Por providencia de esta Sección, de fecha 15 de junio de 2009, se acordó que no era necesaria la celebración de vista pública, quedando en turno de señalamiento para la correspondiente deliberación, votación y fallo, turno que se ha cumplido el día 16 de junio de 2009.

CUARTO

En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas en ambas instancias las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se combate en apelación por la representación procesal de la entidad MUTUA MADRILEÑA ATOMOVILISTA, la sentencia emitida en el primer grado jurisdiccional, estimatoria total de la acción que en reclamación de cantidad por culpa extracontractual se ejercitó en la demanda, en procura de una sentencia que revoque la recurrida y la sustituya por otra que absuelva a la apelante en las cantidades no reconocidas, o en las cuales no se allanó. Se fundamenta dicha pretensión en la base impugnativa expuesta en el escrito de interposición del recurso de apelación, redactado conforme a lo dispuesto en el artículo 458 de la LEC , que delimita el ámbito del enjuiciamiento en esta alzada.

Se denuncia, en primer término, que en la sentencia proferida en la primera instancia se ha incurrido en una defectuosa valoración de la prueba practicada. Sin embargo, en el desarrollo argumental integrador de la alegación primera no se acusa ninguna ponderación inadecuada de la actividad demostrativa recurrida en el procedimiento originador, sino, antes al contrario, una síntesis de los...

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