SAP Huelva 153/2009, 11 de Junio de 2009

PonenteFRANCISCO BELLIDO SORIA
ECLIES:APH:2009:527
Número de Recurso140/2009
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución153/2009
Fecha de Resolución11 de Junio de 2009
EmisorAudiencia Provincial - Huelva, Sección 1ª

SENTENCIA

SALA

Iltmos Sres.

Presidente

D. Santiago García García.

Magistrados

D. Francisco Bellido Soria (Ponente).

D. Jesús Luna Moreno

En Huelva a once de junio de dos mil nueve.

Esta Audiencia Provincial en su Sección 1ª compuesta por los Iltmos. Sres. anotados al margen, ha visto en grado de apelación el recurso interpuesto contra la sentencia, dictada por el Juzgado de Menores de Huelva en el procedimiento arriba indicado, seguido por delito continuado de daños, delito de robo con fuerza y faltas de amenazas, siendo partes apelantes LA JUNTA DE ANDALUCÍA, asistida de la Abogada de la Junta de Andalucía y adherida al recurso la aseguradora BANCO VITALICIO SA asistida de la Letrada sra. Cambra Pancho, siendo parte apelada el MINISTERIO FISCAL.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los de la sentencia apelada.

SEGUNDO

Por el Juzgado de Menores de Huelva, con fecha 03 de marzo de 2.009 , se dictó sentencia, en las actuaciones a que se contrae el rollo de Sala arriba citado, cuyos hechos probados expresan lo que sigue: "Expresamente se declara probado que Desiderio con 16 años y que se encontraba en situación declarada de Desamparo tutelado por la Junta de Andalucía y en acogimiento residencial en la Casa Hogar Mensajeros de la Paz realizó los siguientes hechos: 1.- Durante los meses de octubre y noviembre de 2.007, propinó golpes y causó destrozos por un vlor superior a 400 euros en el mobiliario y las instalaciones de la Casa-Hogar "Mensajeros de la Paz" sito en la calle Fuenteheridos de la localidad deHuelva. Así causó desperfectos en una lámpara de la entrada, un plafón del balcón, dos puntos de luz de emergencias en el portón, en el mueble del salón, en una silla de madera en el tablero de la puerta de una de las habitaciones, en los marcos de dos puertas, en los pulsadores de pasillo y en el cristal de seguridad de un balcón. Estos desperfectos han sido valorados según facturas aportadas en 885,18 euros, por los que la legal representación de la Casa- Hogar Mensajeros de la Paz reclama. 2.- Sobre las 11.00 horas del día 10 de noviembre de 2.007, en el mismo centro Desiderio valiéndose de unos alicates rompió la cerradura de la puerta del cuarto de los educadores y cogió el bolso de la educadora, Ramona , que contenía unas gafas de sol marca "Arnette" valoradas en 63 euros, una cartera con 20 euros en metálico, documentación recibos de las quinielas valoradas en 4 euros y las llaves de su conche. Debido a la desaparición de las llaves de su automóvil Ramona tuvo que cambiar el sistema de cierre centralizado del vehículo y el arranque. 3.- En la mañana del día 12 de noviembre, Desiderio entró en la habitación del también menor Raúl , mientras este dormía y cogió el teléfono móvil de este maraca Samsung modelo 610 LI que se encontraba en la mesilla de noche, valorado según factura aportada en 99 euros. 4.- En hora no concreta del día 15 de noviembre de

2.007, en la Casa-Hogar Mensajeros de la Paz, Desiderio , al ser interrogado por un educador del centro, Pedro Francisco , sobre el paradero de los objetos anteriormente citados reaccionó de forma agresiva y desafiante y con intención de amedrentarlo le dijo que le iba a endiñar. 5.- Sobre las 15.30 horas del día 27 de noviembre de 2.007, Desiderio acudió a la Casa Acogida sita en la Avenida Federico Molina de la localidad e Huelva, lugar al que se habían trasladado al resto de los menores y los educadores del Centro Mensajeros de la Paz y comenzó a llamar insistentemente al telefonillo del edificio poniéndose en contacto con la educadora Julieta , a la que exigió que lo llevara a su centro, al negarse esta Desiderio le dijo "TE VOY A REVENTAR LA CABEZA, TE VOY A MATAR, NO ME CONOCEIS, QUE POR LAS MALAS...ZORRA, MIERDA DE EDUCADORA, ME VAS A COMER LA POLLA. 6.- Desde que se constituyera su acogimiento residencial en junio de 2.005 el menor pasó por distintos centros y por dos veces por un centro específico de tratamiento de conducta en el que se informó del cumplimiento de los objetivos, sin ser tratado en un programa específico de dependencia a sustancias tóxicas, adicción que mantenía desde temprana edad."

Termina la citada resolución con la parte dispositiva siguiente: Fallo. "Que por conformidad de las partes condeno a Desiderio , como autor de unos hechos que de ser mayor serían constitutivos de un delito de daños y un delito de robo con fuerza en las cosas, una falta de hurto y dos faltas de amenazas, a la medida de nueve meses de internamiento terapéutico, internamiento que se suspende y condiciona a buen cumplimiento de una medida de libertad vigilada de doce meses de duración que tendrá como objetivo el seguimiento del tratamiento en la comunidad terapéutica en la que se encuentra el menor y a que no cometa un nuevo delito en el plazo de dos años. Condeno asimismo a Desiderio , y a la JUNTA DE ANDALUCÍA como entidad que tenía atribuida la tutela a que indemnicen conjunta y solidariamente a la Casa-Hogar Mensajeros de la Paz en la cantidad de 885,18 euros; a Ramona en la cantidad de 87 euros y la cantidad que se acredite en ejecución del valor del bolso, la cartera, las llaves del sistema de cierre centralizado del vehículo y el arranque; y a Raúl en la cantidad de 99 euros por el móvil sustraído, declarándose la responsabilidad civil subsidiaria de la entidad Banco Vitalicio con arreglo a la cobertura que tuviera concertada con las entidades mencionadas."

TERCERO

Contra la anterior sentencia se interpuso recurso de apelación por la Junta de Andalucía, que fue admitido en ambos efectos y dado traslado a las demás partes fueron remitidos los autos originales a esta Ilma. Audiencia Provincial, siendo repartido a esta Sección, en la que señaló la vista regulada en la Ley, que se celebró en el día de la fecha con el resultado que consta en acta.

II.- HECHOS...

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