STS 1054/1978, 7 de Junio de 1978

PonenteRAFAEL GIMENO GAMARRA
ECLIES:TS:1978:309
Número de Resolución1054/1978
Fecha de Resolución 7 de Junio de 1978
EmisorTribunal Supremo - Sala Cuarta, de lo Social

SENTENCIA NUM. 1054

Excmos. Señores:

D. Rafael Gimeno Gamarra.

D. Eusebio Rams Catalán.

D. Luis Santos Jiménez Asenjo.

En la Villa de Madrid, a siete de Junio de mil novecientos setenta y ocho.

Vistos los presentes autos pendientes ante Nos, en virtud de casación acordada hoy en el recurso interpuesto por infracción de Ley a nombre de Ildefonso , representado en esta Sala por el Procurador Don Enrique Hernández Tabernilla y defendido por el Letrado Don José Robles Miguel, contra la sentencia dictada por la Magistratura de Trabajo de Zamora, conociendo de la demanda interpuesta ante la misma por dicho recurrente, contra el Instituto Nacional de previsión (Mutualidad Nacional Agraria), representado ante esta Superioridad por el Procurador Don Alfonso Alvarez Llopis y defendido por el Letrado Don Jesús Alonso Ortiz, sobre incapacidad permanente absoluta.

RESULTANDO

ACEPTANDO los resultandos de la sentencia recurrida.

SIENDO PONENTE EL MAGISTRADO EXCMO. SR. DON Rafael Gimeno Gamarra.

CONSIDERANDO

CONSIDERANDO que, por los propios fundamentos de la sentencia de casación de esta misma fecha, es procedente estimar la demanda y declarar que el demandante se encuentra en situación de incapacidad permanente absoluta derivada de enfermedad común, con derecho a una pensión vitalicia del 100 por 100 de su base tarifada de cotización, conforme al art. 58 del Reglamento del Régimen Especial Agrario de 23 de Diciembre de 1972 , cuya base es la de 4.627 pesetas mensuales declarada en la Resolución de la Comisión Técnica Calificadora Provincial y no impugnada en el juicio ni en el recurso, y con efectos al 10 de Julio de 1973; según lo declarado también en dicha Resolución y pedido en la demanda, debiendo condenarse a la demandada, Mutualidad Nacional Agraria, al pago de la misma.

FALLAMOS

FALLAMOS

Estimando la demanda formulada por Ildefonso , declaramos que el mismo se encuentra en situación de incapacidad permanente absoluta derivada de enfermedad común, y condenamos a la demandada, Mutualidad Nacional Agraria de la Seguridad Social, a que con efectos al 10 de Julio de 1973, le abone una pensión vitalicia de 4.627 pesetas mensuales, mas las revalorizaciones que legalmente procedan, en lugar de la pensión de 2.545 fijada por las Resoluciones de 2 de Noviembre de 1973 y de 11 de Febrero de 1974 de las Comisiones Técnicas Calificadoras Provincial y Central, cuyas Resoluciones dejamos sin efecto. Y devuélvanse los autos a la Magistratura de Trabajo de que proceden, con certificación de esta sentencia, de la de casación y carta-orden.

Así por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.-PUBLICACIÓN: Leída y publicada ha sido la anterior sentencia por el Magistrado ponente Excmo. Sr. Don Rafael Gimeno Gamarra, estando celebrando audiencia pública la Sala de lo Social del Tribunal Supremo, en el día de su fecha, de lo que como Secretario de la misma, certifico.

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