SAP Zaragoza 33/2009, 16 de Enero de 2009

PonenteJOSE ALBERTO NICOLAS BERNARD
ECLIES:APZ:2009:780
Número de Recurso539/2007
Número de Resolución33/2009
Fecha de Resolución16 de Enero de 2009
EmisorAudiencia Provincial - Zaragoza, Sección 3ª

SENTENCIA NUM. 33/09

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

ILMOS. SRES.

PRESIDENTE

D. JOSE RUIZ RAMO

MAGISTRADOS

D. MIGUEL ANGEL LOPEZ Y LOPEZ DE HIERRO

D. JOSE ALBERTO NICOLAS BERNAD

En Zaragoza, a dieciséis de Enero de dos mil nueve.

La Sección Tercera de la Audiencia Provincial, constituida por los Ilmos Señores que al margen se expresan ha visto en grado de apelación las Diligencias de Procedimiento abreviado 447/2006 procedentes del Juzgado de lo Penal número Tres de Zaragoza, Rollo número 539/2007, seguidas por falsedad documental y apropiación indebida, frente a Rogelio , cuyos datos personales ya constan en la sentencia impugnada, representado por la Procuradora Sra. Correas Biel y defendido por el Letrado Sr. Correas Biel. Fue parte acusadora el MINISTERIO FISCAL y Jose Manuel , representado por la Procuradora Sra. Cabeza y defendido por la Letrada Sra. Palacio.

Es Ponente en esta apelación el Ilmo. Sr. Magistrado D. JOSE ALBERTO NICOLAS BERNAD, quien expresa el parecer del Tribunal

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En el procedimiento arriba referenciado recayó Sentencia con fecha 5 de junio de 2007 , cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Que debo condenar y condeno a Rogelio como responsable en concepto de autor de un delito CONTINUADO DE FALSIFICACION EN DOCUMENTO OFICIAL Y MERCANTIL y un delito de APROPIACION INDEBIDA, concurriendo en ambos la circunstancia modificativa de la responsabilidad criminal atenuante de disminución del daño causado, a las siguientes penas: Por el primer delito PRISION DE UN AÑO Y NUEVE MESES con la accesoria de inhabilitaciónespecial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y MULTA DE NUEVE MESES razón de 3 € diarios, 810 €, con una responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago de cuatro meses y quince días.- Por el segundo delito PRISION DE SEIS MESES con la accesoria de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena. Pago de las costas del juicio incluidas las de la acusación particular, y que indemnice a Jose Manuel en la cantidad de 2.414,16 €, más los intereses legales correspondientes".

SEGUNDO

La sentencia apelada contiene la siguiente relación fáctica: "HECHOS PROBADOS: En el mes de agosto de 2004, el acusado Rogelio movido por el deseo de enriquecerse concertó verbalmente con Jose Manuel recibir en depósito el vehículo de éste modelo BMW 525 TD Touring, matrícula ....-WQV , comprometiéndose a gestionar la venta del mismo a un tercero por el precio de 8.414,16 €, resultando que tras el compromiso verbal adquirido, el acusado el 16 de diciembre de 2004 vendió el turismo a Everardo incorporando el acusado a su patrimonio el dinero que correspondía a Jose Manuel y al cual ocultó por completo la transmisión efectuada.

En la actualidad el vehículo está inscrito en la Jefatura Provincial de Tráfico a nombre de Everardo , el cual cuando estaba circulando con el mismo en el mes de marzo de 2005, fue visto por un yerno de Jose Manuel , descubriéndose entonces la realidad de los hechos. Desde agosto de 2004 Jose Manuel había requerido en multitud de ocasiones al acusado para saber si había vendido el vehículo, siendo infructuosas sus gestiones hasta mayor de 2005 en que lo encontró, y ya descubierta la venta oculta del vehículo le reclamó el dinero devolviéndole Rogelio la suma de 6.000 €.

Para poder vender el vehículo el acusado falsificó imitando la firma de Jose Manuel en dos documentos. Uno en el contrato de compraventa de 16 de diciembre de 2004 por el cual supuestamente Jose Manuel se lo vendía a la mercantil AESA AGENCIA EUROPEA DE SERVICIOS AGROFORESTALES, s.a., empresa del acusado. Otro en el impreso de notificación de...

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