SAP Las Palmas 158/2008, 12 de Diciembre de 2008

PonentePILAR PAREJO PABLOS
ECLIES:APGC:2008:3753
Número de Recurso85/2008
Número de Resolución158/2008
Fecha de Resolución12 de Diciembre de 2008
EmisorAudiencia Provincial - Las Palmas, Sección 2ª

SENTENCIA

Iltmos. Sres.

PRESIDENTE :

Dª PILAR PAREJO PABLOS

MAGISTRADOS:

Dª YOLANDA ALCÁZAR MONTERO

D. NICOLÁS ACOSTA GONZÁLEZ

En Las Palmas de Gran Canaria, a doce de diciembre dos mil ocho.

Vista en juicio oral y público, ante esta Audiencia Provincial, Sección Segunda, la causa procedente del Juzgado de Instrucción nº 2 de Las Palmas de G.C., seguido por un delito contra la salud pública, contra Juan Pedro , hijo de Gumersindo y de Pilar , nacido en Ferrol el 16 de junio de 1965 , vecino de Las Palmas de G.C., sin antecedentes penales, insolvente y en prisión provisional por esta causa desde el 13 de octubre de 2006 hasta el 9 de octubre de 2008 , , dicho acusado defendido por el Letrado D. Federico Ruiz Azcárate Casteleiro y representado por el Procurador D. Bernardo Rodríguez Cabrera; Diego , nacido en Marruecos el 13 de enero de 1981 , vecino de Santa Lucía de Tirajana, sin antecedentes penales, insolvente y en prisión provisional por esta causa desde el 13 de octubre de 2006 hasta el 9 de octubre de 2008, , dicho acusado defendido por el Letrado D. Luis Gracilaso De La Vega Ocaña y representado por el Procurador Dª. Ana Teresa Kozlowski Betancor; Narciso , hijo de Mahemedi y de Fátima , nacido en Marruecos el 22 de junio de 1966 , vecino de Las Palmas de G.C., sin antecedentes penales, insolvente y en prisión provisional por esta causa desde el 27 de noviembre de 2006 hasta el 9 de octubre de 2008 , , dicho acusado defendido por el Letrado Dª. Mª Dolores Vega Griera y representado por la Procuradora D. Zaida Santana Vera; Pedro Jesús , hijo de Antonio y de Antonia , nacido en Tenerife el 9 de junio de 1976, vecino de Santa Cruz de Tenerife., sin antecedentes penales, insolvente y en prisión provisional por esta causa desde el 20 de diciembre de 2006 hasta el 18 de enero de 2007 , dicho acusado defendido por el Letrado D. Jose A. Zambrano Suárez en sustitución de D. Juan Alberto Rubio Ortega y representado por el Procurador D. Jose Javier Marrero Alemán; Pablo , hijo de Miguel y de Mª del Carmen, nacido en Cádiz el día 22 de julio de 1976 , vecino de Las Palmas de G.C., sin antecedentes penales, insolvente y en prisión provisional por esta causa desde el 20 de diciembre de 2006 hasta el 9 de octubre de 2008, , dicho acusado defendido por el Letrado D. Luis Gracilaso De La Vega Ocaña y representado por la Procuradora Dª. Ana Teresa Kozlowski Betancor; Alfredo , hijo de Jose Carlos y de Amalia , nacido en Galdar el 4 de marzo de 1968 , vecino de Galdar, sin antecedentes penales, insolvente y en

prisión provisional por esta causa desde 20 de diciembre de 2006, hasta el 8 de agosto de 2008 , dicho acusado defendido por el Letrado D. Mariano del Río Alonso y representado por la Procuradora Palmira Cañete Abengoechea; Matías , hijo de Homar y de Habeba , nacido en Marruecos el 16 de enero de 1972 , vecino de Santa Lucía de Tirajana., sin antecedentes penales, insolvente y en prisión provisional por esta causa desde el 20 de diciembre de 2006 hasta el 9 de octubre de 2008 , , dicho acusado defendido por el Letrado D. Ramón Montenegro González y representado por la Procuradora Loengri García Herrera; JuanPablo , hijo de Silverio y de Antonia , nacido en Las Palmas de Gran Canaria el 23 de julio de 1967 , vecino de Agaete, sin antecedentes penales, insolvente y en prisión provisional por esta causa desdedesde el 9 de diciembre de 2006 hasta el 30 de abril de 2007, dicho acusado defendido por el Letrado D. Armando Nicolás Martín Bueno y representado por la Procuradora Ingrid Suárez Ramírez; Iván , hijo de Jose Antonio y de Mª Isabel , nacido en Las Palmas de Gran Canaria el 31 de julio de 1974 , vecino de Las Palmas de G.C., sin antecedentes penales, insolvente y en prisión provisional por esta causa desde el 9 de diciembre de 2006 hasta el 9 de octubre de 2008 , dicho acusado defendido por el Letrado D. Miguel Angel Pérez Diepa y representado por el Procurador Bernardo Rodríguez Cabrera; Luis Pablo , nacido en Marruecos el 3 de julio de 1972 , vecino de San Bartolomé de Tirajana., sin antecedentes penales, insolvente y en prisión provisional por esta causa desde el 14 de diciembre de 2006 hasta el 9 de octubre de 2008, , dicho acusado defendido por el Letrado D.Gustavo Naranjo Viera y representado por la Procuradora Petra Ramos Pérez; Germán , nacido en Marruecos el 19 de mayo de 1951, vecino de Telde, con antecedentes penales, insolvente y en prisión provisional por esta causa desde el 15 de diciembre de 2006 hasta el 9 de octubre de 2008, dicho acusado defendido por el Letrado D.Pablo Alvarado García en sustitución de D. Enrique Castro Bordón y representado por la Procuradora Silvia Marrero Aguiar; Carlos Alberto , nacido en Marruecos el 28 de febrero de 1963 , vecino de Santa Lucía de Tirajana., sin antecedentes penales, insolvente y en prisión provisional por esta causa desde el 8 de marzo de 2007 hasta el 9 de octubre de 2008 , , dicho acusado defendido por

el Letrado Dª. Dolores Quintana Hidalgo y representado por la Procuradora Carmen Viera Cabrera; Eloy ; hijo de Manuel Jesus y de Catalina , nacido en Agaete el 18 de mayo de 1976, vecino de Galdar., sin antecedentes penales, insolvente y en prisión provisional por esta causa desde el 5 de diciembre de 2006 hasta el 9 de octubre de 2008 , , dicho acusado defendido por el Letrado Dª. Teresa de Jesus Vega Santana y representado por la Procuradora Mª Jesus Rivero Herrera; Nieves , hijo de Sebastián y de Juana Dolores, nacido en Agaete el 21 de febrero de 1976 , vecina de Galdar, sin antecedentes penales, insolvente y en Libertad por esta causa, dicho acusado defendido por el Letrado D. Mariano Garrido Larruga y representado por la Procuradora Gema Ayala Domínguez; Esther , hijo de Sebastián y de Juana Dolores , nacido en Agaete el 19 de agosto de 1982 , vecino de Agaete., sin antecedentes penales, insolvente y en prisión provisional por esta causa desde 5 de diciembre de 2006 hasta el 19 de diciembre de 2007, dicho acusado defendido por el Letrado Dª. Pedro Quevedo Reyes y representado por la Procuradora Lidia Afonso Arencibia; Pedro Antonio , hijo de tomás y de Lucía, nacido en Galdar el 9 de julio de 1980 , vecino de Galdar., sin antecedentes penales, insolvente y en prisión provisional por esta causa desde el 5 de diciembre de 2006 hasta 4 de diciembre de 2007, dicho acusado defendido por el Letrado Dª. Iraya Marrero Vega y representado por el Procurador Carlos Sánchez Ramírez; Jon , hijo de Sebastián y de Francisca , nacido en Galdar el 12 de septiembre de 1969 , vecino de Galdar., sin antecedentes penales, insolvente y en prisión provisional por esta causa desde 5 de diciembre de 2006 hasta 11 de mayo de 2007 , dicho acusado defendido por el Letrado D. Juan Sánchez Limiñana y representado por la Procuradora Monserrat Bethencourt Almeida; Pedro Miguel , nacido en Italia, vecino de San Bartolomé de Tirajana, sin antecedentes penales, insolvente y en prisión provisional por esta causa desde 15 de enero de 2007 hasta el 11 de septiembre de 2007, dicho acusado defendido por el Letrado D. Rafael Jiménez Oliva y representado por el Procurador Gerardo Pérez Almeida; Joaquín , nacido en Italia vecino de Las Palmas de G.C., sin antecedentes penales, insolvente y en prisión provisional por esta causa desde 15 de enero de 2007 hasta el 31 de

enero de 2008, dicho acusado defendido por el Letrado D. Agustín Santana Santana y representado por el Procurador Juan Francisco Brison Santana, siendo parte el Ministerio Fiscal y Ponente la Ilma. Sra. Dª PILAR PAREJO PABLOS.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Ministerio Fiscal en su escrito de conclusiones definitivas, calificó los hechos como constitutivos de: A) un delito contra la salud pública de sustancia que no causa grave daño a la salud, de conformidad con los artículos 368, 369.1 y 374 del Código Penal ; B) un delito contra la salud pública en su modalidad de sustancia que causa grave daño a la salud, de conformidad con los artículos 368 y 374 del Código Penal y C) de un delito contra la salud pública en su modalidad de sustancia que no causa grave daño a la salud, de conformidad con los artículos 368 y 374 del Código Penal .

Son autores del delito del apartado A) los acusados Germán , Pablo , Alfredo , Matías , Juan Pablo , Juan Pedro , Diego , Narciso y Pedro Jesús a tenor de los artículos 27 y 28 primer párrafo del Código Penal . Son autores del delito del apartado B) los acusados Iván y Eloy , a tenor de los artículos 27 y 28 primer párrafo del Código Penal . Es autor del delito del apartado C) el acusado Pedro Miguel a tenor de los artículos 27 y 28 del Código Penal .Concurre en el acusado Germán la circunstancia agravante modificativa de la responsabilidad criminal del artículo 22.8 de reincidencia.

Procede imponer las siguientes penas:

Al acusado Iván por el delito del apartado B) la pena de tres años de prisión y multa de 7.000 euros con responsabilidad personal subsidiaria de 10 días en caso de impago e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo por tres años.

Al acusado Eloy por el delito del apartado B) la pena de tres años de prisión y multa de 1.500 con responsabilidad personal subsidiaria de cinco días en caso de impago e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo por tres años.

A los acusados Pablo , Alfredo , Matías , Pedro Jesús , Juan Pablo y Germán , por el delito del apartado A) la pena de cuatro años y seis meses de prisión y multa de 1.000.000 euros con responsabilidad personal subsidiaria de 90 días en caso de impago e inhabilitación especial para el derecho...

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