STSJ Galicia 585/2009, 9 de Febrero de 2009
Ponente | ANTONIO JOSE GARCIA AMOR |
ECLI | ES:TSJGAL:2009:143 |
Número de Recurso | 5872/2005 |
Número de Resolución | 585/2009 |
Fecha de Resolución | 9 de Febrero de 2009 |
Emisor | Sala de lo Social |
SENTENCIA
En el recurso de Suplicación número 0005872/2005 interpuesto por Millán contra la sentencia del JDO. DE LO SOCIAL nº 003 de
OURENSE siendo Ponente el/a Ilmo/a. Sr/a. D/Dña. ANTONIO GARCIA AMOR.
Que según consta en autos se presentó demanda por Millán en reclamación de RECLAMACION CANTIDAD siendo demandada la empresa OBRAS CONTRATAS Y TENDIDOS S.L. En su día se celebró acto de vista, habiéndose dictado en autos núm. 0000109/2005 sentencia con fecha veinte de Mayo de dos mil cinco por el Juzgado de referencia que desestimó la demanda.
Que en la citada sentencia se declaran como hechos probados los siguientes:
La parte actora Millán con D.N.I. nº NUM000 , prestó servicios para la empresa demandada desde el 26-2-04 (según antigüedad reflejada en nómina), ostentando la categoría profesional de peón, percibiendo salario mensual con inclusión pp extras -según nómina- de 987,79 €./ SEGUNDO.- La parte actora reclama a la empresa demandada la cantidad total de 2.963,37 € en concepto de salarios correspondientes a los meses de agosto y septiembre de 2004 y vacaciones; período en el que la parte actora no acredita la prestación de servicios para la demandada./ TERCERO.- En fecha 25-1-05, se celebró sin avenencia acto de conciliación ante el UMAC, sin efecto.TERCERO.- Que la parte dispositiva de la indicada resolución es del tenor literal siguiente:
FALLO
Que debo desestimar y desestimo la demanda interpuesta por Millán contra OBRAS CONTRATAS Y TENDIDOS S.L. sobre reclamación de salarios, declarando no haber lugar a la misma, absolviendo a la empresa demandada de la pretensión en su contra ejercitada.
Contra dicha sentencia se interpuso recurso de Suplicación por la parte demandante no siendo impugnado de contrario. Elevados los autos a este Tribunal, se dispuso el paso de los mismos al Ponente.
El demandante recurre la sentencia de instancia, que desestimó su reclamación por los salarios de agosto y septiembre de 2004 y de las respectivas vacaciones por importe total de 2963'37 euros.
A tal fin, solicita revisar el último párrafo del hecho probado 2º de tal pronunciamiento y el derecho que aplicó, por entender que infringe los artículos 216 y 217 de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC), 8, 15, 26 y 38 del Estatuto de los Trabajadores (ET) así como las sentencias que cita, pues acreditó la existencia de relación laboral con la demandada y ésta no probó haber abonado la cantidad reclamada.
El inciso final del apartado 2º de sentencia afirma: "... período (el litigioso) en el que la parte actora no acredita la prestación de servicios para la demandada".
Propone sustituirlo por: "... período (el litigioso) en el que la parte actora ha prestado servicios para la demandada"; se basa en el contrato de 10-6-2004 (ff. 16 a 18, numeración que omite) y en la incomparecencia de la empresa al acto de juicio.
La pretensión se acepta con el siguiente alcance: a/ Suprimir el párrafo objeto de impugnación, porque...
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ATS, 29 de Octubre de 2015
...obedeció a lo dispuesto en el escrito de 29-06-2012. Invoca la parte recurrente de contraste la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, de 9 de febrero de 2009 (Rec. 5162/2009 ), en la que consta que la actora, encargada que fue subrogada en la empresa Unión Vending Cádiz SL......