SAP Madrid 95/2009, 30 de Septiembre de 2009

PonenteMARIA LUISA APARICIO CARRIL
ECLIES:APM:2009:11702
Número de Recurso73/2007
Número de Resolución95/2009
Fecha de Resolución30 de Septiembre de 2009
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 7ª

SENTENCIA Nº 95/09

AUDIENCIA PROVINCIAL

Ilmas. Sras. Magistradas de la Sección 7ª

Dª. Mª Luisa Aparicio Carril

Dª. Ana Mercedes del Molino Romera

Dª. Ana Rosa Núñez Galán.

En Madrid a, treinta de septiembre de dos mil nueve.

Vista en juicio oral y público ante la Sección 7ª de esta Audiencia Provincial la causa procedente del Juzgado de Instrucción nº 37 de Madrid seguida de oficio por DELITOS DE ABUSOS SEXUALES Y OTROS contra Luis Pablo mayor de edad; hijo de Luis y de Petra; natural y vecino de Madrid, sin antecedentes penales, no acreditada solvencia, y en libertad provisional por esta causa, habiendo sido parte el Ministerio Fiscal representado por la ILma. Sra. Dª Guadalupe Gutiérrez Egea, como acusación particular Celsa , representada por la Procuradora Dª Raquel Gracia Moneva y asistida por la Letrada Dª Belén Martín Maria y Francina Modelling Agency S.L representada por el Procurador D. Luis Fernando de Pozas Osset y asistida por el Letrado D. Juan Rivera Barbera y dicho procesado representado por la Procuradora Dª Mª María Isabel Campillo García y defendido por el Letrado D. Juan Ignacio Ortiz de Urbina Pinto, siendo Ponente la Magistrada Dª Mª Luisa Aparicio Carril.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Ministerio Fiscal, en sus conclusiones definitivas, calificó los hechos procesales como constitutivos de dos delitos de abusos sexuales en grado de tentativa del art. 181.1 y 3 del C. Penal en relación con los arts. 16 y 62 de dicho texto legal (los relatados en el apartado A de su escrito); los hechos del apartado B entendió eran constitutivos de un delito de abuso sexual del art. 181.1 y 3 en relación con el art. 182.1 ambos del C. Penal y los del apartado C de un delito de abuso sexual del art. 181.1 y 3 en relación con los arts. 182.1 y 2 y 180.3 del C. Penal . De dichos delitos reputó responsable en concepto de autor al procesado Luis Pablo , sin que concurran circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, solicitando la imposición de las penas siguientes: por cada uno de los delitos del apartado A) nueve meses de prisión, por el delito del apartado B) cuatro años de prisión y por el delito del apartado C) sieteaños y dos meses de prisión y en todos los casos inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y costas, debiendo indemnizar a Celsa por daños morales en 3.000 euros y a Teresa también por daños morales en 10.000 euros.

SEGUNDO

La acusación particular en nombre de Celsa calificó los hechos como constitutivos de un delito de abuso sexual del art. 181.1 y 3 del C. Penal y un delito de usurpación del estado civil del art. 401 de dicho texto legal y reputando responsable de los mismos en concepto de autor al procesado Luis Pablo , sin que concurran circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, solicitando la imposición de las penas siguientes: tres años de prisión por el primer delito y dos años de prisión por el segundo, en ambos casos con inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y costas, incluidas las causadas a su instancia, debiendo indemnizar a Celsa por daños morales en la cantidad de 120.000 euros.

TERCERO

La acusación particular en nombre de Francina Modelling Agency S.L calificó los hechos como constitutivos de dos delitos de abusos sexuales en grado de tentativa del art. 181.1 y 3 en relación con el art. 182.º ambos del C. Penal en un caso y en el otro del art. 183 del C. Penal y dos delitos de abuso sexual del art. 181.1 y 3 en relación con el art. 182.1 ambos del C. Penal, uno de ellos y del art. 183 en el otro y un delito de usurpación de estado civil, reputando responsable de los mismos en concepto de autor al procesado, solicitando para el las penas siguientes: nueve meses de prisión por cada uno de los dos primeros delitos, cuatro años de prisión por el tercero, seis años de prisión por el cuarto y dos años de prisión por el ultimo de ellos, en todos los casos inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, costas incluidas las de la acusación particular, y que indemnice a Francine Modelling Agency S.L. por suplantación de la personalidad, el mal nombre y descrédito producido en la cantidad de 40.000 euros.

CUARTO

La defensa del procesado en el mismo trámite mostró su disconformidad con las calificaciones formuladas por las acusaciones y solicitó su libre absolución.

HECHOS PROBADOS

El procesado Luis Pablo , mayor de edad y sin antecedentes penales, en el año 2002 concibió un plan para procurarse citas con jóvenes con el fin de mantener con ellas contactos y relaciones sexuales haciéndoles creer que era una persona vinculada al mundo del espectáculo para lo que utilizaba el nombre de directores de cine, productores, representantes de actrices o de agencias de modelos y de esta forma, so pretexto de tener que realizar diferentes pruebas a las mismas para ver si se adaptaban a las características de actriz o modelo que buscaba, conseguir mantener con ellas esos contactos sexuales. Para ello insertó anuncios en diferentes páginas de Internet utilizando nombres de diferentes personas y entidades facilitando direcciones de correo electrónico para que las aspirantes a actrices se pusieran en contacto con él como primer paso para lograr su propósito y en otras ocasiones era él quien establecía contacto con esas jóvenes aspirantes a actrices ofreciéndoles la posibilidad de realizar casting con la finalidad de decidir si intervenían en determinadas películas o series televisivas.

Concretamente, llevó a cabo los hechos que se relatan a continuación.

A.- En el mes de septiembre del año 2002 identificándose con su verdadero nombre, Luis Pablo , y afirmando ser director de casting remitió un correo electrónico a Palmira quien se anunciaba en una página de Internet como actriz informándole de que estaba preparando un casting para hacer una película con escenas de sexo, violencia, drogas y violaciones, concertando una cita con ella a la que Palmira acude acompañada de su novio. En esa cita él le dice que tiene que hacerle unas pruebas que grabaran para presentárselas mas adelante al director de la película y que esas pruebas se van a llevar a cabo en su domicilio y actuando él en las mismas. A Palmira le pareció extraño este comportamiento y por esa razón no volvió a concertar ninguna cita con él pese a que recibió reiteradas llamadas y correos electrónicos de él a tal fin.

En el mes de noviembre de 2002 en una pagina web en la que se insertaban anuncios relacionados con el mundo del cine o la interpretación en general el acusado insertó un anuncio identificándose como Iñaki en el que hacia constar que se buscaban chicas jóvenes, de entre 15 y 19 años, para hacer un "corto" anuncio que fue visto por Diana quien respondió al mismo concertando una cita con el acusado a la que acudió acompañada de su hermano; en esa cita, el acusado además de decirle que necesitaba una autorización de sus padres para trabajar le preguntó si estaba dispuesta a desnudarse si el papel que pudiera interpretar en el cortometraje lo requería; mantuvieron una segunda reunión a la que ella acudió llevando la autorización de sus padres y en ella él le pidió que colgara en la academia de interpretación a la que Diana asistía en esa época un anuncio en el que se hacia constar que se buscaban chicas jóvenes,facilitando un numero de teléfono para entrar en contacto y con la indicación de que preguntaran por Apolonio , nombre artístico de Doroteo .

B.- En marzo de 2004 el acusado insertó un anuncio en una pagina de Internet en la que se hacia pasar por el fotógrafo de modelos o actrices Raúl y a través de ese anuncio Celsa contacto con el acusado remitiéndole unas fotografías y facilitándole su número de teléfono; el acusado la llamó diciéndole ser el referido fotógrafo y concertó una cita con ella a la que dijo acudiría un preparador físico que trabajaba con él presentándose a dicha cita, que tuvo lugar entre los días 6 y 9 de dicho mes, el propio acusado haciéndose pasar por ese preparador físico. Tras una larga conversación en la que se ganó su confianza ella le habló de sus problemas físicos en una rodilla y concertaron una segunda cita yendo al domicilio de Celsa y una vez en su habitación él le dijo que iba a darle unos masajes desnudándose entonces Celsa al tiempo que se tumbaba en la cama y él aparentando que desarrollaba su trabajo como preparador empezó a darle masajes, tocándole por todo el cuerpo primero acostada ella de espaldas y a continuación cuando ella se tumbó de frente en la cama le tocó el pecho y el vientre y, aprovechando la situación en la que se encontraba Celsa , bajando la mano llegó a introducirle los dedos en la vagina; tras esa cita aun tuvieron otra días después en la que él le propuso para solucionar una serie de problemas que ella había tenido hacia tiempo acostarse con él puesto que de esa forma lo solucionaría, sin llegar a hacerlo ya que Celsa denunció lo sucedido días después, concretamente el día 15 de marzo siguiente.

C.- En agosto del año 2004 también a través primero de un anuncio en Internet y a continuación a través del teléfono e identificándose como Jose Luis contactó el acusado con Teresa , de 15 años de edad quien tenía insertado en una página web un anuncio en el que buscaba trabajo como modelo publicitaria, y la convenció de que se trasladara desde Valls (Tarragona) donde residía hasta Madrid con el fin de hacerle una sesión de fotografías; Teresa viaja a Madrid, acompañada de su madre, el día 13 de agosto y entran en contacto con el acusado que las estaba esperando diciendo ser el preparador físico que iba a intervenir directamente en el proceso de selección de modelos. Aprovechando que se quedaron solos en el hotel en...

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