SAP Lugo 165/2008, 26 de Septiembre de 2008

PonenteJOSE MANUEL VARELA PRADA
ECLIES:APLU:2008:973
Número de Recurso111/2008
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución165/2008
Fecha de Resolución26 de Septiembre de 2008
EmisorAudiencia Provincial - Lugo, Sección 2ª

SENTENCIA: 00165/2008

AUDIENCIA PROVINCIAL

SECCIÓN SEGUNDA

LUGO

ROLLO Nº 111/2008-M

Órgano de Procedencia: J. DE LO PENAL Nº 2 DE LUGO

Procedimiento de origen: P. ABREV. 302/07

SENTENCIA NÚMERO 165

ILMOS. SRES. MAGISTRADOS:

D. EDGAR AMANDO FERNÁNDEZ CLOOS, PRESIDENTE

DÑA. Mª LUISA SANDAR PICADO

D. JOSÉ MANUEL VARELA PRADA

Lugo, a veintiséis de Septiembre de dos mil ocho.

La Ilma. Audiencia Provincial de Lugo ha visto en grado de apelación el Rollo de Sala Nº 111/08-M, dimanante de los autos

de Procedimiento Abreviado Nº 3/07, tramitados por el Juzgado de Instrucción nº 2 de Lugo y fallados por el Juzgado de loPenal Nº 2 de Lugo en el Rollo Nº 302/07, por el delito de ESTAFA; siendo apelante Constantino , representado por

el procurador D. José-Ángel Pardo Paz y defendido por la letrado Dña. Ofelia Tejerina Rodríguez y apelado, Ministerio Fiscal;

actuando como ponente el magistrado, Ilmo. Sr. D. JOSÉ MANUEL VARELA PRADA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha tres de abril de dos mil ocho, el Juzgado de lo Penal nº 2 de Lugo, dictó sentencia en los referidos autos, cuya parte dispositiva dice: "FALLO: Que debo condenar y condeno a Constantino como autor criminalmente responsable de un delito de ESTAFA, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad, a la pena de UN AÑO DE PRISIÓN Y CINCO MESES DE PRISIÓN e inhabilitación especial para el ejercicio del derecho al sufragio pasivo durante el tiempo de la condena.

En concepto de responsabilidad civil, el acusado deberá indemnizar Alexander , en la cantidad de

8.900 euros por el dinero defraudado, incrementándose con los intereses legales previstos en los artículos 576 de la L.E.C. y 1108 del C.C .

Asimismo habrá de satisfacer el pago de las costas".

SEGUNDO

Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación que formuló la representación de Constantino , siendo admitido en ambos efectos, elevándose los autos a esta Audiencia para la resolución procedente.

TERCERO

En la tramitación del presente recurso se han observado los trámites legales.

HECHOS PROBADOS

Se aceptan los de la sentencia apelada, que son del tenor literal siguiente:

"ÚNICO.- Valorando libre y conscientemente, según las reglas de la sana crítica, el resultado de la actividad probatoria desarrollada, esta instancia considera acreditados los siguientes hechos. Que el acusado Constantino , mayor de edad y sin antecedentes penales, actuando de común acuerdo con personas no identificadas, a las cuales facilitó a tal fin los datos de su cuenta bancaria, y actuando con ánimo de enriquecimiento injusto , recibió en su cuenta corriente en la fecha de 9 de mayo de 2006 la cantidad de 3.500 euros procedentes de la cuenta bancaria de la que era titular Alexander en la sucursal del Banco Santander Central Hispano de la localidad de Lugo, transferencia esta realizada sin consentimiento de su titular mediante la utilización de las claves de usuario de banca on-line del mismo que habían sido previamente obtenidas de forma fraudulenta. Tras recibir dicho ingreso y de acuerdo con lo pactado con las referidas personas no identificadas procedió de forma inmediata, a sabiendas de la procedencia ilícita de dicho dinero, a la retirada en efectivo en la misma fecha de la citada cantidad, a excepción de una cuantía correspondiente al 10% de la misma, que hizo suya, procediendo seguidamente a enviar la misma a través de una empresa de envío de dinero fuera del territorio nacional.

Del mismo modo, en fecha de 10 de mayo de 2006 se procedió igualmente mediante la indebida utilización de las claves de usuario de su titular, a ordenar la venta de diversas acciones propiedad del citado Alexander y a transferir desde la citada cuenta corriente a la del acusado la cantidad de 5.400 euros producto de dicha venta. El acusado, siguiendo lo acordado con el resto de personas intervinientes en dicha...

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