STSJ Comunidad de Madrid 10576/2009, 11 de Mayo de 2009
Ponente | MARIA FATIMA ARANA AZPITARTE |
ECLI | ES:TSJM:2009:3198 |
Número de Recurso | 347/2009 |
Número de Resolución | 10576/2009 |
Fecha de Resolución | 11 de Mayo de 2009 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
SENTENCIA: 10576/2009
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID
SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO
SECCIÓN TERCERA
Apelación 347/09
Ponente: Doña Fátima Arana Azpitarte
Apelante: Don Francisco
Procurador: Don Manuel Martínez de Lejarza Ureña
Apelado: Delegación del Gobierno en Madrid. Abogado del Estado.
SENTENCIA nº. 576
Ilmo. Sr. Presidente:
Don Gustavo Lescure Ceñal
Ilmos. Sres. Magistrados:
Doña Fátima Arana Azpitarte
Don Rafael Estévez Pendás
En la ciudad de Madrid, a 11 de mayo del año 2009, visto por la Sala el Recurso arriba referido, interpuesto por el procurador Don Manuel Martínez de Lejarza
Ureña actuando en nombre y representación de Don Francisco , contra la Sentencia dictada en fecha 19 de enero de 2009 por el juzgado de lo contencioso administrativo nº 16 de esta capital que estimó el recurso contencioso administrativo por él interpuesto contra la desestimación por silencio de la solicitud de caducidad realizada respecto de un expediente de expulsión , anulando la Resolución administrativa recurrida sin expresa condena en costas.
Es ponente de esta Sentencia la Ilma. Sra. Doña Fátima Arana Azpitarte , que expresa el parecer de la Sección.Antecedentes de Hecho
Interpuesto recurso de apelación por el procurador Don Manuel Martínez de Lejarza Ureña actuando en nombre y representación de Don Francisco , contra la Sentencia dictada en fecha 19 de enero de 2009 por el juzgado de lo contencioso administrativo nº 16 de esta capital, se dio traslado a la otra parte para que formulara oposición al mismo.
Quedaron los autos para deliberación, votación y fallo, que tuvo lugar el día 11 de mayo del año 2009.
Fundamentos de Derecho
El procurador Don Manuel Martínez de Lejarza Ureña actuando en nombre y representación de Don Francisco , interpone recurso de apelación contra la Sentencia dictada en fecha 19 de enero de 2009 por el juzgado de lo contencioso administrativo nº 16 de esta capital que estimó el recurso contencioso administrativo por él interpuesto contra la desestimación por silencio de la solicitud de caducidad realizada respecto de un expediente de expulsión , anulando la Resolución administrativa recurrida sin expresa condena en costas.
El artículo 81.1.a) de la Ley Jurisdiccional , niega la posibilidad de la apelación respecto de las sentencias dictadas por los Juzgados de lo Contencioso-administrativo y por los Juzgados Centrales de lo Contencioso-administrativo cuando se hubieran dictado en asuntos cuya cuantía no exceda de 18.030 euros, por lo que la posibilidad de que la Sentencia impugnada en este recurso pueda ser apelada pasa porque la cuantía del recurso de apelación sea superior a 18.030,36 Euros.
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