SAP León 118/2009, 25 de Febrero de 2009

PonenteANA DEL SER LOPEZ
ECLIES:APLE:2009:121
Número de Recurso417/2007
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución118/2009
Fecha de Resolución25 de Febrero de 2009
EmisorAudiencia Provincial - León, Sección 1ª

SENTENCIA: 00118/2009

AUDIENCIA PROVINCIAL DE

LEON

Sección 001

Domicilio : C/ EL CID, NÚM. 20

Telf : 987.23.31.35

Fax : 987.23.33.52

Modelo : SEN00

N.I.G.: 24089 37 1 2007 0101252

ROLLO : RECURSO DE APELACION (LECN) 0000417 /2007 CIVIL

Juzgado procedencia : JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N.4 de LEON

Procedimiento de origen : DIVISION HERENCIA 0000582 /2003

RECURRENTE : Adoracion

Procurador/a : BEATRIZ FERNANDEZ RODILLA

Letrado/a : ALVARO MEDINA DE TORO

RECURRIDO/A : Irene , Visitacion

Procurador/a : JAVIER CHAMORRO RODRIGUEZ, JAVIER CHAMORRO RODRIGUEZ

Letrado/a : LUIS MARTINEZ GONZALEZ, LUIS MARTINEZ GONZALEZ

SENTENCIA NUM. 118/09

Iltmos. Sres.Dº. MANUEL GARCÍA PRADA.-Presidente.

Dº. RICARDO RODRIGUEZ LOPEZ.- Magistrado.

Dª. ANA DEL SER LOPEZ.- Magistrada.

EN LA CIUDAD DE LEÓN, A VEINTICINCO DE FEBRERO DEL AÑO DOS MIL NUEVE.

VISTO ante el Tribunal de la Sección Primera de la Audiencia Provincial el recurso de apelación civil arriba indicado, en el que ha sido apelante Dª.

Adoracion , representada por la Procuradora Sra. Fernández Rodilla y asistida del Letrado D. Álvaro Medina De Toro, y parte apelada Dª.

Visitacion y Dª. Irene , representadas por el Procurador D. Javier Chamorro y asistidas del letrado D. Luis Martínez González, actuando como

Ponente para este trámite la Ilma. Sra. Dª. ANA DEL SER LOPEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Ilmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia Nº. 4 de León dictó sentencia en los referidos autos, cuya parte dispositiva, literalmente copiada dice así: "FALLO: Que estimando parcialmente la pretensión formulada en este incidente por la Procuradora de los Tribunales Doña Beatriz Fernández Rodilla en nombre y representación de Adoracion , debo declarar y declaro que deben de aprobarse las operaciones particionales elaboradas por el contador D. Herminio , plasmadas en el FUNDAMENTO DE DERECHO TERCERO de esta resolución, resolviendo, además, que ningún valor debe de darse a los efectos aquí pretendidos a la casa ubicada dentro de la finca catastral NUM000 perteneciente a la Dehesa "Segovia del Doctor", término municipal de Membribe (Salamanca), todo ello sin hacer imposición de costas a ninguna de las partes.

SEGUNDO

Contra la relacionada sentencia, que lleva fecha 20 de Julio de 2007 , se interpone recurso por la parte solicitante de la División de Herencia, por cuyo motivo se elevaron los autos a esta Audiencia, ante la que se persona dentro del término del emplazamiento y en legal forma, y seguidos los demás trámites se señaló el día 17 de febrero para deliberación.

TERCERO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales excepto el plazo para dictar sentencia previsto en el art. 465-1 L.E.C ., de imposible cumplimiento debido a la acumulación de asuntos anteriores y preferentes pendientes en este tribunal.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Planteamiento de las cuestiones litigiosas.

Se inicia procedimiento de división judicial de la herencia de los causantes D. Leon y Dª. Tarsila . Y previo incidente de inclusión de bienes dentro del patrimonio hereditario se nombró contador partidor, designándose a D. Herminio , que presentó las operaciones divisorias, frente a las que formuló oposición la recurrente.

La resolución de Primera Instancia considera que la única cuestión discutida es la valoración de una edificación situada en la finca perteneciente a la Dehesa "Segovia del Doctor" que no se valora por el contador debido a su estado ruinoso, y el Juez considera que dicho criterio es el adecuado, aprobando íntegramente las operaciones divisorias elaboradas por el contador.

La heredera recurrente argumenta sobre dos motivos de recurso. En primer lugar señala la existencia de incongruencia por falta de solución al tema planteado respecto a la nulidad de las segregaciones inferiores a la unidad mínima de cultivo producidas respecto de la herencia de D. Leon , solicitando la modificación de la partición en cuanto afecta a la indivisibilidad de cuatro de las fincas que forman el patrimonio hereditario. En segundo lugar discrepa de la falta de valoración de la edificación, casa-chalet, situada en Salamanca, perteneciente a la herencia de Dª. Tarsila , argumentando ausencia de motivación por la falta de consideración del informe pericial que presentó como prueba e instando la modificación de la partición después de incluir el valor del inmueble. Finalmente solicita que se impongan las costas de primerainstancia a las coherederas que han impedido la fácil realización de la división de herencia.

SEGUNDO

Primer motivo de recurso. Nulidad de la partición e indivisibilidad de fincas rústicas.

Esta cuestión no fue resuelta en forma alguna por la Sentencia recurrida y ciertamente en la demanda de división formulada por la recurrente ya se hacía mención a los problemas de legalidad y falta de viabilidad que podrían existir en la distribución de herencia efectuada sobre el patrimonio...

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