SAP Alicante 55/2009, 2 de Febrero de 2009

PonenteMARIA DOLORES OJEDA DOMINGUEZ
ECLIES:APA:2009:993
Número de Recurso42/2008
Número de Resolución55/2009
Fecha de Resolución 2 de Febrero de 2009
EmisorAudiencia Provincial - Alicante, Sección 3ª

AUDIENCIA PROVINCIAL

SECCIÓN TERCERA

ALICANTE

PLAZA DEL AYUNTAMIENTO Nº4

Tfno: 965935965-7

Fax: 965935980

NIG: 03014-37-1-2008-0003177

Procedimiento: Rollo Sala (procedimiento abreviado) Nº 000042/2008- -

Dimana del Procedimiento Abreviado Nº 000132/2006

Del JUZGADO DE INSTRUCCION NUMERO 7 DE ALICANTE

SENTENCIA Nº 000055/2009

===========================

Ilmos/as. Sres/as.:

Presidente

JOSE DANIEL MIRA PERCEVAL VERDU

Magistrados/as

Mª DOLORES OJEDA DOMINGUEZ

JOSÉ MARÍA MERLOS FERNANDEZ

===========================

En Alicante, a dos de febrero de dos mil nueve.

VISTA en juicio oral y público, el pasado día veintiséis de enero de dos mil nueve, por la Audiencia

Provincial, Sección Tercera, de esta capital, integrada por los Iltmos. Sres. del margen, la causa procedente del Juzgado de Instrucción de Alicante nº 7, seguida de oficio, por delito de falsedad continuado en documento mercantil y apropiación indebida, contra el acusado Victoriano , con DNI NUM000 hijo de Antonio y de Antonia, nacido el día 20/7/70 natural de París, cuyos antecedentes penales no constan, en libertad provisional por esta causa, cuya solvencia no consta, representado por el Procurador/a Dª AMPARO

ALBEROLA PEREZ y defendido por el Letrado D. EVARISTO ASENSI ARACIL, como acusación particular, la Comunidad de Propietarios DIRECCION000 , representada por la Procuradora Dª M. PILAR FOLLANA MURCIA y defendida por el Letrado D. EDUARDO GOMEZ CAÑIZARES; En cuya causa fue parte acusadora el MINISTERIO FISCAL, representado por el Fiscal Iltmo. Sr. D. JORGE IGNACIO RABASA DOLADO; Actuando como Ponente la Iltma. Sra. doña Mª DOLORES OJEDA DOMINGUEZ, Magistrado de esta Sección Tercera, que expresa el parecer de la Sala.

I - ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Desde sus Diligencias Previas núm. 625/05 el Juzgado de Instrucción núm. 7 de Alicante instruyó su Procedimiento Abreviado núm. 132/2006 , en el que fue acusado Victoriano por el delito de falsedad continuado en documento mercantil y apropiación indebida, antes de que dicho procedimiento fuera elevado a esta Audiencia Provincial para continuar la correspondiente tramitación en el presente Rollo de Sala núm. 42/08 de esta Sección Tercera.

SEGUNDO

El MINISTERIO FISCAL, en sus conclusiones definitivas, calificó los hechos procesales como constitutivos de continuado de de falsedad en documento mercantil penado en el art. 390.1º 1), 2) y 3) y 392 y 77 del C.P ., interesando la imposición de la pena de dos años de prisión e inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, y multa de diez meses con una cuota diaría de seis euros, con responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas, y costas.

La Acusación Particular calificó los hechos como constitutivos de un delito continuado de de falsedad en documento mercantil penado en el art. 390.1º 1), 2) y 3) y 392 del C.P ., interesando la imposición de la pena de dos años de prisión e inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, y multa de diez meses con una cuota diaría de veinte euros, con responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas, y costas, y un delito de apropiación indebida de los art. 252, 250.4º , y del C.P . por el que interesó la imposición de la pena de un año de prisión, accesorias y costas.

Asimismo solicitó en concepto de responsabilidad civil la indemnización a la querellante de 20.000

euros.

TERCERO

La DEFENSA, en el mismo trámite, interesó la libre absolución de su defendido.

I I - HECHOS PROBADOS

Son -y así expresa y terminantemente se declaran- los siguientes:

El acusado Victoriano , mayor de edad y cuyos antecedentes penales no constan, en fecha no determinada del año 2003, actuaba en sus relaciones comerciales como administrador de hecho de la mercantil Urbana Building Alicante S.L., entidad que tenía como objeto social la realización de trabajos de construcción y albañilería, la construcción completa, promoción, urbanización y venta de inmuebles, siendo la entonces esposa del acusado, Carla , socia y administradora única de la mercantil antes citada, con domicilio en la calle DIRECCION001 nº NUM001 entresuelo de Alicante.

El acusado, ejerciendo un dominio funcional total de la sociedad, se encargó de la contratación, de acordar el precio y condiciones a desarrollar en la ejecución de la obra consistente en la rehabilitación de la fachada de la Comunidad de vecinos del DIRECCION000 , sito en la Avenida DIRECCION002 nº NUM002 en la Playa de San Juan de Alicante por importe total de 402.312 euros.

El presupuesto N. 137/A.02 fue firmado por el acusado, imitando la firma de su esposa, y lo mismo hizo con el contrato N.3/2004 de fecha 25 de marzo de 2004, al que se adjuntaba presupuesto N.137/A.02, documentos estos que firmó también el administrador de la Comunidad de Propietarios Julio , sin que conste que Carla tuviera conocimiento o autorizara al acusado a firmar imitando su firma.

Las certificaciones de obra de fecha 3 de noviembre de 2003 por importe de 26.884 euros, de fecha 9

de diciembre de 2003 por importe de 33.863 euros, de fecha 10 de enero de 2004 por importe de 15.679 euros, de fecha 25 de mayo de 2004 por importe de 70.821,26 euros, fueron firmadas por el acusado imitando la firma de su esposa y sin que tampoco conste su...

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