SAP Asturias 214/2008, 18 de Septiembre de 2008

PonenteFRANCISCO TUERO ALLER
ECLIES:APO:2008:1835
Número de Recurso258/2008
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución214/2008
Fecha de Resolución18 de Septiembre de 2008
EmisorAudiencia Provincial - Asturias, Sección 4ª

SENTENCIA

En el recurso de apelación número 258/2008, en autos de Liquidación de Sociedad de Gananciales nº 355/07, procedentes del Juzgado de Primera Instancia número siete de Oviedo, promovido por DON Felipe , demandado en primera instancia, contra DOÑA Mariana , demandante en primera instancia, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Presidente Don Francisco Tuero Aller.-ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO

Que la Ilma. Sra. Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia número siete de Oviedo dictó Sentencia con fecha seis de febrero de dos mil ocho cuya parte dispositiva dice así: Que desestimando la pretensión deducida por el Procurador Sra. Cabiedes Miragaya, en nombre y representación de D. Felipe , sobre exclusión de partidas del activo y pasivo de la propuesta de inventario contraria, frente a Doña Mariana ; debo declarar declaro haber lugar a la inclusión en el activo del inventario: el importe actualizado a fecha de la liquidación a tenor de las variaciones del IPC desde su cobro, año por año, percibido por veintiún días de trabajo, mas liquidación de parte proporcional de vacaciones y pagas extras a la fecha del despido de D. Felipe (21-11-97) por "Central Lechera Asturiana, S.A.". Y en cuanto al pasivo, ha lugar a incluir: los importes actualizados en la forma antedicha de los siguientes créditos a favor de Doña Mariana frente a la sociedad de gananciales: 1) Por el pago de las cuotas de la Comunidad dePropietarios ordinarios y derramas de la vivienda nº 1 del activo, desde le mes de Abril de 1998, ascendiendo la mitad de lo pagado a 3.233'535 euros. 2) La mitad de la devolución del IRPF correspondiente al ejercicio de 1997, 319.476 pts. 3) Por importe de 6.000 euros invertidos para la compra de la vivienda ganancial. Sin hacer pronunciamiento condenatorio en cuanto a las costas procesales devengadas en esta Primera Instancia

SEGUNDO

Contra la expresada resolución se interpuso por la parte demandada recurso de apelación, del cual se dio el preceptivo traslado, y remitiéndose los autos a esta Audiencia Provincial se sustanció el recurso, señalándose para deliberación y fallo el día dieciséis de Septiembre de dos mil ocho .TERCERO.- Que en la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.-

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

De los diversos aspectos que fueron objeto de controversia y decisión en la sentencia de instancia, relativos a la liquidación de la sociedad de gananciales que en su día estuvo formada por los aquí litigantes, el ahora recurrente sólo...

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