SAP Murcia 27/2006, 2 de Febrero de 2006

PonenteMARIA JOVER CARRION
ECLIES:APMU:2006:1954
Número de Recurso355/2005
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución27/2006
Fecha de Resolución 2 de Febrero de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Murcia, Sección 2ª

SENTENCIA nº 2 7 / 0 6 Ilmos Sres.

D. Abdón Díaz Suarez

Presidente

Dª. María Jover Carrión

D. Fernando López del Amo González

Magistrados

En Murcia, a dos de febrero de dos mil seis. Habiendo visto en grado de apelación la Sección Segunda de esta Ilma. Audiencia Provincial los autos de Ejecución de Título No Judicial nº 167/05 que en primera instancia se han seguido en el Juzgado civil de Molina Uno entre las partes, como actora Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A., representada por el Procurador Sr. Conesa Aguilar y defendida por el Letrado Sr. Altamirano García, y como demandada Doña Sofía representada por el Procurador Sr. Cantero Meseguer y defendida por el Letrado Sr. López Mengual. En esta alzada actúa como apelante la demandada representada por el Procurador Sr. Sánchez Aldeguer y como apelado la actora representada por le Procurador Sr. Pérez Cerdán. Siendo Ponente la Ilma. Sra. Doña María Jover Carrión, que expresa la convicción del Tribunal. A N T E C E D E N T E S D E H E C H O

PRIMERO

El Juzgado de Instancia citado, con fecha 17 de mayo de 2005 dictó en los autos principales de los que dimana el presente rollo la resolución cuya parte dispositiva dice así: "RESUELVO:

- Desestimar íntegramente la oposición por motivos de forma interpuesta por el Procurador D. Angel Cantero Meseguer, en nombre y representación de la Dª Sofía .

- Declarar procedente que la ejecución siga adelante por los trámites legales oportunos.

- Imponer las costas de la presente oposición a la ejecutada Dª. Sofía ."

SEGUNDO

Contra la anterior sentencia y en tiempo y forma se preparó e interpuso recurso de apelación por la representación de Doña Sofía , siendo admitido en ambos efectos, dándose traslado a la contraparte que presentó escrito oponiéndose al mismo.

TERCERO

Por el Juzgado de Instancia se elevaron las actuaciones a ésta Ilma. Audiencia Provincial, turnándose a la Sección Segunda, formándose el Rollo nº 355/05, y examinados los autos, y examinados los autos, se señaló el día 26 de enero de 2006 para deliberación, votación y fallo.

CUARTO

En la sustanciación de ambas instancias se han observado las prescripciones legales.

F U N D A M E N T O S D E D E R E C H O
PRIMERO

En el primer motivo invoca la recurrente la nulidad del contrato de préstamo al contener un interés de demora del 29% anual, y el segundo motivo incide en la falta de notificación de la deuda al otro prestatario no demandado.

SEGUNDO

Esta Sala en sentencias de 1 de febrero y 31 de marzo de 2000, 28 de diciembre de 2001 entre otras, se viene a considerar abusivos los intereses de demora que superen el 2.50 del interés legal del dinero; ello tiene su base en el nuevo artículo 10 bis de la Ley de...

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