SAP Málaga 34/2009, 22 de Enero de 2009
Ponente | ANTONIO ALCALA NAVARRO |
ECLI | ES:APMA:2009:74 |
Número de Recurso | 943/2008 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 34/2009 |
Fecha de Resolución | 22 de Enero de 2009 |
Emisor | Audiencia Provincial - Málaga, Sección 6ª |
SENTENCIA Nº 34/09
Ilmos. Sres.
Presidente:
D. ANTONIO ALCALÁ NAVARRO
Magistradas:
DÑA. INMACULADA SUÁREZ BÁRCENA FLORENCIO
DÑA. SOLEDAD JURADO RODRÍGUEZ
En Málaga a veintidós de Enero de dos mil nueve.
Vistos en grado de apelación, ante la Sección Sexta de esta Audiencia Provincial, los autos de juicio Verbal nº 33 de 2007 procedentes del Juzgado de lo Mercantil nº Uno de MÁLAGA sobre, contrato de transporte aéreo, seguidos a instancia de DÑA. Cristina representada en el recurso por la Procuradora Dña. María Dolores Gutiérrez Portales y defendida por el Letrado D. Oscar Pérez Muñoz contra IBERIA LINEAS AEREAS DE ESPAÑA, S.A. , representado en el Recurso por el Procurador D. Enrique Carrión Mapelli y defendida por el Letrado D. José Ramón Morales, pendientes ante esta Audiencia en virtud de recurso de apelación interpuesto por la demandante contra la sentencia dictada en el citado juicio.
El Juzgado de lo Mercantil número Uno dictó sentencia de fecha catorce de mayo de dos mil siete , en el juicio Verbal nº 33 de 2007 , del que este rollo dimana, cuya parte dispositiva dice así: "FALLO-. PRIMERO: Que desestimo totalmente la demanda presentada por Dña. Cristina contra IBERIA LINEAS AÉREAS DE ESPAÑA S.A. absolviendo a la demandada de las pretensiones del actor. SEGUNDO: Con imposición de costas a la demandante."
Contra la expresada sentencia interpusieron, en tiempo y forma, recurso de apelación la demandante, el cual fue admitido a trámite y su fundamentación impugnada de contrario, remitiéndose los autos a esta Audiencia donde, al no haberse propuesto prueba ni estimarse necesaria la celebración de vista, previa deliberación de la Sala que tuvo lugar el día veinte de Enero de 2009 , quedaron las actuaciones conclusas para sentencia.TERCERO.- En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones legales, siendo Ponente el Ilmo. Sr. D. ANTONIO ALCALÁ NAVARRO.
Solicita la parte recurrente la revocación de la sentencia apelada y el dictado de otra que estime la demanda condenando a la demandada al pago a la actora de la entidad de 450 euros en concepto de indemnización por daños morales, alegando que de la documental aportada con la demanda ha quedado acreditado el hecho indiscutido de que, al presentarse en la puerta correspondiente que debía acceder al avión de Iberia que la había de traer a Málaga a la 23,15 horas previsto para el embarque, no se le permitió acceder a la aeronave, y al pedir información por la compañía aérea se le manifestó que el vuelo tenía "retraso",...
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