STSJ Comunidad de Madrid 174/2005, 11 de Febrero de 2005

PonenteMARIA DEL PILAR MALDONADO MUÑOZ
ECLIES:TSJM:2005:1301
Número de Recurso1221/2003
Número de Resolución174/2005
Fecha de Resolución11 de Febrero de 2005
EmisorSala de lo Contencioso

SENTENCIA NÚM. 174

ILTMO. SR. PRESIDENTE

D. Gustavo Lescure Ceñal

ILTMOS. SRES. MAGISTRADOS

Dª. PILAR MALDONADO MUÑOZ

D. Juan I. Pérez Alférez.

....................................................

En Madrid a 11 de Febrero de 2005.

Visto el recurso contencioso-administrativo que, con el número reseñado más arriba, ha correspondido a esta Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, interpuesto por el Procurador Victoria Pérez-Mulet Díez-Picazo, en nombre y representación de CLUB DE PADEL LAS ROZAS, S.L.; habiendo sido parte demandada en autos el Ayuntamiento de Las Rozas; representada por el letrado de sus servicios jurídicos. La cuantía del recurso es Indeterminada.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La referida representación de la parte actora interpuso el presente recurso contra la resolución reseñada, y, seguido el cauce procesal previsto por la Ley de esta Jurisdicción, cada parte interviniente despachó, en el momento oportuno y por el orden legal conferido, el trámite correspondiente de demanda y contestación, en cuyos escritos, y conforme a los hechos y razonamientos jurídicos que constan en ellos, suplicaron respectivamente lo que a su derecho convino en los términos que figuran en los mismos.

SEGUNDO

Continuando el proceso por los trámites que aparecen en los autos, siguió el de conclusiones sucintas, ratificándose cada parte en sus anteriores manifestaciones y pretensiones, y, finalmente, se señaló fecha para la votación y fallo, que tuvo lugar el día 10 de Febrero de 2005.

Siendo Ponente Itma. Sra. Dª. PILAR MALDONADO MUÑOZ.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se impugna en el presente recurso contencioso administrativo el acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Las Rozas, adoptado en sesión de 21 de Mayo del 2003, que desestimó el recurso de reposición deducido contra resolución del mismo organismo público de 19 de Diciembre del 2002, que acordó: 1º) Resolver la adjudicación de la " concesión de dominio público para la construcción y explotación de instalaciones deportivas, de uso preferente de padel, en la c) Comunidad de Canarias", efectuada a Club de Padel Las Rozas SL, por incumplimiento de las obligaciones consistentes en constituir garantía definitiva y abono de gastos de licitación, previo a la firma del contrato. 2º) Incautar la garantía provisional depositada por importe de 6.012,12 euros hasta su ingreso en metálico en la Tesorería Municipal, de acuerdo con lo previsto en el artículo 113.4 del TRLCAP .

Pretende la recurrente se anule la resolución impugnada, se condene a la entidad local demandada a abonar a la actora los gastos en los que ha incurrido ascendente a la cantidad de 15.389,96 euros y a pagarle una indemnización en concepto de lucro cesante por cuantía de 1.593.537,92 euros, alegando que la falta de formalización del contrato es imputable al Ayuntamiento de Las Rozas, que ha modificado sustancialmente las condiciones de contratación previstas en el Pliego de Condiciones, por lo que optó por no firmar el contrato, ya que suponía una restricción injustificada de sus derechos.

SEGUNDO

El artículo 41 del Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de Junio , por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas establece que el adjudicatario deberá acreditar dentro del plazo de 15 días, contados desde que se le notifique la adjudicación del contrato, la constitución de la garantía definitiva. De no cumplirse este requisito por causas imputables al adjudicatario, la Administración declarará resuelto el contrato, añadiendo el artículo 111 apartado d) que es causa de resolución del contrato " la falta de prestación por el...

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