STSJ Comunidad de Madrid 447/2005, 5 de Abril de 2005

PonenteFRANCISCO JAVIER CANABAL CONEJOS
ECLIES:TSJM:2005:3600
Número de Recurso381/2003
Número de Resolución447/2005
Fecha de Resolución 5 de Abril de 2005
EmisorSala de lo Contencioso

SENTENCIA: 00447/2005

Recurso de apelación 381/03

SENTENCIA NUMERO 447

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

SECCION SEGUNDA

-----Ilustrísimos señores:

Presidente.

D. Juan Francisco López de Hontanar Sánchez

Magistrados:

D. Miguel Ángel García Alonso

D. Francisco Javier Canabal Conejos.

Dª. Sandra González de Lara Mingo.

-----------------En la Villa de Madrid, a cinco de abril de dos mil cinco.

Vistos por la Sala, constituida por los señores del margen, de este Tribunal Superior de Justicia, los autos del recurso de apelación número 381/03, interpuesto por don Julián , representado por la Procuradora Sra. Gladis de la Plaza, contra la Sentencia de 30 de junio de 2.003 dictado por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 9 de Madrid, en procedimiento ordinario nº 69/02 sobre licencia de obras. Siendo parte el Ayuntamiento de Madrid, representado por el Letrado Consistorial.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El día 30 de junio de 2.003, se dictó Sentencia por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo núm. 9 de los de Madrid, en sus autos de Procedimiento ordinario nº 69/02 , cuyo fallo es delsiguiente tenor literal " que desestimo el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Procuradora de los Tribunales Dña. MARÍA DE LOS ÁNGELES GALDIZ DE LA PLAZA, en nombre y representación de

D. Julián , contra la resolución de fecha 26 de abril de 2.002, del Gerente Municipal de Urbanismo del Ayuntamiento de Madrid, por el que se deniega, al amparo de lo establecido en el artículo 17.7 de la Ordenanza Especial de Tramitación de Licencias y Control Urbanístico y artículo 3 del reglamento de Disciplina Urbanística , se deniega licencia de ampliación para la legalización de las obras realizadas en una vivienda familiar sita en la CALLE000 , NUM000 . No se hace expresa imposición de las costas procesales ".

SEGUNDO

Por escrito fecha 31 de julio de 2003, la representación de D. Julián , interpuso recurso de apelación contra dicha resolución. Suplicando su admisión y estimación.

TERCERO

Admitido a trámite el recurso, se dio traslado del mismo a la representación del Ayuntamiento de Madrid y a los codemandados para alegaciones que evacuaron en plazo oponiéndose a la misma.

CUARTO

Admitido a trámite se acordó elevar las actuaciones a este Tribunal, correspondiendo su conocimiento a esta sección segunda, siendo designado Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. Dº Francisco Javier Canabal Conejos, señalándose el día 5 de abril de 2005, para la deliberación votación y Fallo del recurso de apelación, en que tuvo lugar.

QUINTO

En la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones de los arts. 80.3 y 85 de la Ley Jurisdiccional 29/98 .

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El presente recurso de apelación se ha interpuesto contra la Sentencia de 30 de junio de

2.003 dictada por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo núm. 9 de los de Madrid, en sus autos de Procedimiento ordinario nº 69/02 , cuyo fallo es del siguiente tenor literal "que desestimo el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Procuradora de los Tribunales Dña. MARÍA DE LOS ÁNGELES GALDIZ DE LA PLAZA, en nombre y representación de D. Julián , contra la resolución de fecha 26 de abril de 2.002, del Gerente Municipal de Urbanismo del Ayuntamiento de Madrid, por el que se deniega, al amparo de lo establecido en el artículo 17.7 de la Ordenanza Especial de Tramitación de Licencias y Control Urbanístico y artículo 3 del reglamento de Disciplina Urbanística , se deniega licencia de ampliación para la legalización de las obras realizadas en una vivienda familiar sita en la CALLE000 , NUM000 . No se hace expresa imposición de las costas procesales".

La citada resolución administrativa determina como causas de denegación de la ampliación de la demanda que la rampa y el cerramiento citados se sitúan fuera de los límites de su parcela, ocupando vía pública, sobre la base del informe del Departamento de Iniciativa Privada 111, aprobado por el Gerente/Municipal de Urbanismo en fecha 12 de noviembre de 1988. Las ampliaciones descritas suponen un incremento de la superficie edificada, superando la edificación máxima, establecida para la parcela en 180 m2 en el artículo 7 de las Normas Urbanísticas del APE 16.07 Cárcavas.

La apelante ataca la resolución antes reseñada sobre la base de los siguientes motivos de oposición, que en síntesis vienen a incidir en los posicionamientos de su demanda:

a.- Que había solicitado antes del inicio de construcción de su vivienda, en fecha 29 de julio de 1997, alineación oficial relativa a su finca de la CALLE000 NUM000 , en la que estaba trazada por la línea superior de la acera que tiene 2 metros y 12 centímetros de ancho y que en la alineación concedida quedaba una zona triangular señalada como terrizo de 13,85 metros, que separa la acera del terreno del actor, donde pretendía construir su vivienda.

b.- Que el recurrente solicitó el planeamiento y alineación oficial en base al Plan General...

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