SAP Zamora 99/2009, 30 de Abril de 2009

PonenteMARIA DEL CARMEN PAZOS MONCADA
ECLIES:APZA:2009:126
Número de Recurso78/2009
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución99/2009
Fecha de Resolución30 de Abril de 2009
EmisorAudiencia Provincial - Zamora, Sección 1ª

SENTENCIA Nº 99

Ilustrísimos/as Sres/as

Presidente/a

D. LUIS BRUALLA SANTOS FUNCIA.

Magistrados/as

D. PEDRO JESÚS GARCIA GARZON (presidente en funciones)

Dª.CARMEN PAZOS MONCADA (SUPLENTE).

--------------------------------------------------------------En la ciudad de ZAMORA, a treinta de abril de dos mil nueve.

Vistos ante esta Ilustrísima Audiencia Provincial en grado de apelación los autos de INCAPACITACION 0000039 /2008, seguidos en el JDO.1A.INST.E INSTRUCCION N.1 de ZAMORA, RECURSO DE APELACION (LECN) 0000078 /2009; seguidos entre partes, de una como apelante Dª.Carolina , representada por el/la Procurador/a D/Dª JOSE DOMINGUEZ TORANZO, y dirigida por el Letrado

D. ALICIA JULIAN LOPEZ, y de otra como apelado Dª. Inmaculada , representada por el/la Procurador/a Dª EMMA ISABEL BARBA GALLEGO y dirigida por el/la Letrado/a D. MANUEL RODRIGUEZ SOTO y como apelado no opuesto el MINISTERIO FISCAL.

Actúa como Ponente, el/la Iltmo/a. Sr/Sra. Dª.CARMEN PAZOS MONCADA (SUPLENTE).

A N T E C E D E N T E S D E H E C H O
PRIMERO

Por el JDO.1A.INST.E INSTRUCCION N.1 de ZAMORA, se dictó sentencia de fecha 28 de octubre de 2008, cuya parte dispositiva, dice: "FALLO: Que estimando las demandas formuladas por los Procuradores de los Tribunales Sr. Domínguez Toranzo y Sra. Barba Gallego en nombre y representación el primero de Carolina y la segunda de Inmaculada , debo declarar como declaro la incapacidad total de Dª Teodora defendida durante el procedimiento seguido por el Ministerio Fiscal, para regir su persona y administrar sus bienes, con pérdida del derecho de sufragio activo, constituyéndose al propio tiempo la tutela, designándose para el cargo a su hija Dº Inmaculada , con los derechos y obligaciones establecidos en el Código Civil.- En lo referente a las costas no cabe hacer especial pronunciamiento. ".

SEGUNDO

Contra mencionada resolución interpuso la parte demandante el presente recurso de apelación que fue sustanciado en la instancia de conformidad con lo establecido en el art. 457 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil ; se elevaron los autos, correspondiendo a este Tribunal su resolución, dando lugar a la formación del presente rollo y, no habiéndose celebrado vista pública y habiéndose aportado un documento por la parte apelada, por auto de fecha 5 de marzo de 2009 se acuerda no admitir el documento presentado, quedó el procedimiento para votación y fallo, señalándose el día 14 de abril de 2009.

TERCERO

En la tramitación del recurso se han observado y cumplido todas las prescripciones de carácter legal.

F U N D A M E N T O S J U R Í D I C O S
PRIMERO

Declarada en la sentencia la incapacidad de Dª Teodora y designada tutora Dª Inmaculada se alza Dª. Carolina a los solos efectos de que se la designe tutora y en caso de no estimarlo se acuerde nombrarla tutora para la protección patrimonial de la incapaz. Al recurso se opone Dª Inmaculada .

SEGUNDO

Basa su recurso en error en la valoración de la prueba. Ello implica reiterar la premisa de que se ha de partir cuando el fundamento es tal; pues, si bien es cierto que al llegar a esta alzada, se transfiere al Tribunal de apelación el conocimiento pleno del litigio, porque así lo ordena la Ley de Enjuiciamiento Civil en su artículo 456 ; sin embargo, debe quedar reducida su actividad a verificar la legalidad en el desarrollo de la actividad probatoria, a comprobar que aquélla aparece suficientemente expresada en la resolución recurrida y a que no adolece de error, arbitrariedad, insuficiencia, incongruencia o contradicción; sin que por lo demás resulte lícito sustituir el criterio independiente y objetivo del Juez de Instancia por el criterio personal e interesado de la parte recurrente.

Por la especial trascendencia que ha tenido la prueba testifical en el presente caso, en el que las declaraciones de las dos hijas de la incapaz han sido determinantes del resultado de la Sentencia, debemos hacer hincapié en la singular...

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