SAP Salamanca 438/2005, 14 de Octubre de 2005

PonenteLONGINOS GOMEZ HERRERO
ECLIES:APSA:2005:635
Número de Recurso497/2005
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución438/2005
Fecha de Resolución14 de Octubre de 2005
EmisorAudiencia Provincial - Salamanca, Sección 1ª

SENTENCIA NÚMERO 438/05

ILMO SR PRESIDENTE

DON J. RAMÓN GONZÁLEZ CLAVIJO

ILMOS SRES MAGISTRADOS

DON LONGINOS GÓMEZ HERRERO

DON JAIME MARINO BORREGO

En la ciudad de Salamanca a catorce de Octubre del año dos mil cinco.

La Audiencia Provincial de Salamanca, ha visto en grado de apelación el Juicio de Divorcio Nº 109/05 del Juzgado de Primera Instancia Nº 5 de Salamanca , Rollo de Sala Nº 497/05 ;han sido partes en este recurso: como demandante apelante DON Romeo , representado por el Procurador Don Francisco Pérez Polo, bajo la dirección del Letrado D. Manuel Calvo Ubeda; como demandada apelada DOÑA Lucía , representada por la Procuradora Doña Laura Nieto Estella , bajo la dirección de la Letrada Doña María Dolores Torres Vizcaya.

ANTECEDENTES DE HECHO
  1. - El día once de Mayo de dos mil cinco, por el Ilmo. Sr. Magistrado- Juez del Juzgado de 1ª Instancia Nº 5 de Salamanca, se dictó sentencia en los autos de referencia que contiene el siguiente FALLO: "Que en la demanda interpuesta por el Procurador de los Tribunales D. Francisco Pérez Polo, en nombre y representación de D. Romeo , contra Doña Lucía , decreto la disolución por divorcio del matrimonio formado por los citados D. Romeo y Doña Lucía , confirmando íntegramente las medidas fijadas en la sentencia de Separación, que son las siguientes: 1º.- Atribuyo a la madre y a la hija común Antonieta el uso de la vivienda que constituyó el domicilio familiar, sita en la CALLE000 nº NUM000 de Alba de Tormes. 2º. Fijo en 600,00 euros al mes la cantidad que en concepto de pensión alimenticia debe abonar el padre a la madre en la C/C que ésta designe al efecto para los gastos de mantenimiento y educación de la hija común Antonieta , cantidad que se actualizará según el IPC anual, ordenándose judicialmente su retención en caso de impago y previa petición de parte.- 3º. Fijo en la mitad la cuantía de la contribución por cada cónyuge al levantamiento del resto de las costas matrimoniales, debiendo rendir semestralmente cuentas cada cónyuge de los rendimientos de los bienes gananciales y privativos que cada uno explote.-Sin imposición de costas a ninguna de las partes."

  2. - Contra referida sentencia se preparó recurso de apelación por la representación jurídica de la parte demandante que fue formalizado en tiempo y forma y presentado escrito hizo las alegaciones que estimó oportunas en defensa de sus pretensiones, para terminar suplicando la revocación de la resolución recurrida , dictándose otra en la que se estime íntegramente la demanda en los extremos a que se contrae el recurso ; dado traslado de la interposición del recurso a la contraparte , por la legal representación de ésta, se presentó escrito de oposición al mismo, haciendo las alegaciones que estimó oportunas en defensa de sus pretensiones, para terminar suplicando se dicte sentencia confirmando la de instancia, con expresa imposición de costas a la parte apelante.3º.- Recibidos los autos en esta Audiencia, se formó el oportuno rollo, señalándose para la votación y fallo del recurso el día once de Octubre de los corrientes, y pasando los autos al Ilmo. Sr. Magistrado Ponente para dictar sentencia.

  3. - Observadas las formalidades legales.

Vistos, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado DON LONGINOS GÓMEZ HERRERO .

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Por el Juzgado de 1ª Instancia número cinco de Salamanca, se ha dictado sentencia el once de mayo de 2005 , en la que, por lo que al objeto de recurso se refiere, acordó fijar en 600,00 euros al mes la cantidad que en concepto de pensión alimenticia debe abonar el padre a la madre para los gastos de mantenimiento y educación de la hija común Antonieta , cantidad que se actualizará según IPC anual, ordenándose judicialmente su retención en caso de impago y previa petición de parte.

SEGUNDO

El demandante solicita en su demanda la disolución del matrimonio contraído con su esposa...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR