SAP Asturias 269/2006, 1 de Septiembre de 2006

PonenteMARIA JOSE PUEYO MATEO
ECLIES:APO:2006:2144
Número de Recurso291/2006
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución269/2006
Fecha de Resolución 1 de Septiembre de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Asturias, Sección 5ª

SENTENCIA: 00269/2006

Rollo: RECURSO DE APELACION (LECN) 0000291 /2006

Ilmos. Sres. Magistrados:

DON JOSÉ MARÍA ÁLVAREZ SEIJO

DOÑA MARÍA JOSÉ PUEYO MATEO

DON JOSÉ LUIS CASERO ALONSO

En OVIEDO, a uno de septiembre de dos mil seis.

VISTOS, en grado de apelación, por la Sección Quinta de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Juicio Verbal nº 983/05, procedentes del Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Avilés, Rollo de Apelación nº 291/06, entre partes, como apelante y demandado EUROPEA DE FABRICADOS MEDICOS Y ORTOPEDICOS S.L. y, como apelado y demandante PRAGMA SOCIAL S.L.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los antecedentes de hecho de la Sentencia apelada.

SEGUNDO

El Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Avilés dictó Sentencia en los autos referidos con fecha 15 de marzo de 200 6, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por el Procurador Sr. Arrojo Vega en nombre y representación de PRAGMA SOCIAL S.L. contra EUROPEA DE FABRICADOS MEDICOS Y ORTOPEDICOS S.L., debo condenar y condeno a la demandada a abonar a la actora la cantidad de 115,95 euros, más los intereses legales, que se devengaran desde el 17 de marzo de 2005 y ello con expresa condena en costas de la parte demandada.".

TERCERO

Notificada la anterior Sentencia a las partes, se interpuso recurso de apelación por Europea de Fabricados Médicos y Ortopédicos S.L., y previos los traslados ordenados en el art. 461 de la L.E. C., se remitieron los autos a esta Audiencia Provincial con las alegaciones escritas de las partes, no habiendo estimado necesario la celebración de vista.

CUARTO

En la tramitación del presente Recurso se han observado las prescripciones legales.

VISTOS, siendo Ponente el Ilmo. Sr./a. DON/DOÑA MARÍA JOSÉ PUEYO MATEO.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

Por la entidad actora Pragma Social S.L. se promovió juicio monitorio frente a Europea de Fabricados Médicos y Ortopédicos S.L. en reclamación de 115,95 euros, suma en la que cifra los daños y perjuicios como consecuencia del incumplimiento por la demandada de la cláusula de preaviso estipulada en el contrato de fecha 1-1-04. A la pretensión actora opuso la demandada que el procedimiento de monitorio era inadecuado para la resolución que se presentaba al no tratarse de una deuda líquida, vencida y exigible. En segundo lugar se niega la existencia de daños y perjuicios y finalmente se cuestiona el cálculo de los mismos. Tras transformarse el procedimiento en juicio verbal, la juzgadora "a quo" dicto sentencia estimando la pretensión actora. Frente a esta resolución interpuso la demandada recurso de apelación.

SEGUNDO

Para un adecuado entendimiento de los hechos objeto de este proceso, debe señalarse que es un hecho pacifico la existencia del contrato concertado por las partes el 1-1-04, en virtud del cual Europea de Fabricados Médicos y Ortopédicos S.L. opta por recurrir a un servicio de prevención ajeno en materia de seguridad en el trabajo, higiene industrial y ergonomía y psicosociología aplicada, para lo cual concierta los servicios de Pragma Social S.L. En la cláusula 1 0 del citado contrato se conviene que la duración del contrato...

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