SAP Palencia 89/2006, 13 de Marzo de 2006

PonenteJUAN MIGUEL DONIS CARRACEDO
ECLIES:APP:2006:153
Número de Recurso77/2006
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución89/2006
Fecha de Resolución13 de Marzo de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Palencia, Sección 1ª

SENTENCIA NUMERO OCHENTA Y NUEVE SEÑORES DEL TRIBUNAL

Ilmo. Sr. Presidente

DON ANGEL MUÑIZ DELGADO

Ilmos. Sres. Magistrados:

DON MAURICIO BUGIDOS SAN JOSE

DON MIGUEL DONIS CARRACEDO

---------------------------------Palencia, a 13 de marzo de 2006

VISTO en grado de apelación ante esta Sección 001 de la Audiencia Provincial de PALENCIA, los Autos de JUICIO VERBAL 0000636 /2005, procedentes del JDO.1A.INST.E INSTRUCCION N.2 de PALENCIA , a los que ha correspondido el Rollo 0000077 /2006, en virtud del Recurso de Apelación interpuesto contra la Sentencia recaída en el mismo de fecha 28/11/06 en los que aparece como parte apelante SOCIEDAD DE CAZADORES CASTILINENSES representada por el procurador D. JOSÉ-MANUEL TRECEÑO CAMPILLO, y asistido por el Letrado D. JORGE ABIA ONANDIA, y como apelada CIA DE SEGUROS ZURICH representado por el procurador D. ELENA RODRIGUEZ GARRIDO, y asistido por el Letrado D. JUAN IGNACIO PELAZ PEREZ, siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. DON MIGUEL DONIS CARRACEDO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que el Fallo de dicha Sentencia, literalmente dice: "Que estimando la demanda interpuesta por D. Victor Casas Pérez contra la Sociedad de Cazadores Castilinenses (Club Deportivo Castilinense), debo condenar y condeno a la referida demandada a abonar al actor la cantidad de 1.150,51 euros, más el interés legal desde la interpelación judicial, así como al pago de las costas causadas en el presente procedimiento".

SEGUNDO

Contra dicha Sentencia interpuso la parte demandada el presente Recurso de Apelación, exponiendo las alegaciones en las que se basaba su impugnación, que fue admitido en ambos efectos, y previo traslado a las demás Partes para que presentaran escritos de impugnación o adhesión, fueron elevados los autos ante esta Audiencia, y al no haber sido propuesta prueba, es procedente dictar sentencia.

Se aceptan los Fundamentos de Derecho de la Resolución recurrida en tanto no se opongan a los de la presente Resolución.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

En contra de la Sentencia de 28-11-2.005, emanada del Juzgado de 1ª Instancia nº 2 de los de Palencia y por la que se estimó la demanda en reclamación de cantidad en su día instada, se alza la Representación del Club Deportivo Castilinense e interesando, en síntesis, la revocación de mencionada Resolución en base a los argumentos que se contienen en el correspondiente escrito de recurso.

Por su parte, la Representación de Víctor Casas Pérez, en su escrito de oposición al de apelación,interesó la íntegra confirmación de la Sentencia recurrida.

SEGUNDO

De un nuevo examen de las actuaciones, en relación con la prueba actuada a lo largo de ellas, hemos de llegar, entendemos, a solución IDÉNTICA a la sustentada por el Juzgador de Instancia en su...

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