SAP Lugo 165/2006, 15 de Junio de 2006
Ponente | JOSE MANUEL VARELA PRADA |
ECLI | ES:APLU:2006:512 |
Número de Recurso | 210/2006 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 165/2006 |
Fecha de Resolución | 15 de Junio de 2006 |
Emisor | Audiencia Provincial - Lugo, Sección 2ª |
SENTENCIA Nº 165
En Lugo, a quince de junio de dos mil seis
La Ilma. Audiencia Provincial de Lugo, ha visto en grado de apelación el Rollo de Sala nº 210/06, dimanante de los autos de Ordinario nº 235/05, tramitado por el Juzgado de Primera Instancia 1 de Becerreá, sobre reclamación de cantidad . Es parte apelante Mutua General de Seguros, representada por el Procurador Sr. López Mosquera y apelado D. Roberto , representado por la Procuradora Sra. García Méndez; Entidad Mercantil Gallardo Cervantes S.L., representada por la procuradora Sra. García Méndez. Actúa como ponente y expresa el parecer de la Sala el Magistrado Ilmo. Sr. D. JOSE MANUEL VARELA PRADA.
El Juzgado de Primera Instancia 1 de Becerreá en fecha dos de marzo de dos mil seis, dictó sentencia en cuya parte dispositiva se establece: FALLO: Que estimando parcialmente la demanda formulada por la representación de la entidad Gallardo Cervantes S.L. contra D. Roberto y contra la entidad aseguradora Mutua General de Seguros debo condenar y condeno a dichos demandados, conjunta y solidariamente al pago a la actora de la cantidad de 6.994 euros, más los intereses legales correspondientes de dicha cantidad devengados desde la fecha de la demanda; excepto para la aseguradora que deberá abonar los intereses del Art. 20 del LCS desde la fecha del siniestro hasta el completo pago, sin expresa declaración en cuanto a las costas causadas..
Interpuesto el recurso de apelación contra la citada sentencia el mismo fue admitido en ambos efectos, por lo que se elevaron las actuaciones a la Audiencia provincial correspondiendo por el turno de reparto a esta Sección 2ª.
En la tramitación del presente recurso se han observado todas las prescripciones legales.
Se aceptan los de la sentencia apelada, y, además:
La valoración realizada por la Juzgadora a quo ha de entenderse acertada, a la vista de los datos obrantes en las actuaciones y demás prueba practicada.
En efecto, la discusión se centraba en la delimitación de la cobertura aseguradoria de la póliza de seguro suscrita por D. Roberto , y la entidad aseguradora aquí apelante Mutua General de Seguros.
La entidad aseguradora, en su recurso, alega que según las condiciones generales de la póliza que...
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