SAP Jaén 232/2008, 29 de Septiembre de 2008

PonenteMARIA JESUS JURADO CABRERA
ECLIES:APJ:2008:1274
Número de Recurso294/2008
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución232/2008
Fecha de Resolución29 de Septiembre de 2008
EmisorAudiencia Provincial - Jaén, Sección 1ª

SENTENCIA Nº 232

ILTMAS. SRAS.

PRESIDENTE

Dª. Mª Esperanza Pérez Espino

MAGISTRADOS

Dª. María Jesús Jurado Cabrera

D. Luis Javier Gutiérrez Jerez.

En la ciudad de Jaén, a veintinueve de Septiembre de dos mil ocho.

Vistos en grado de apelación, por la Sección Primera de esta Audiencia Provincial los autos de Juicio Ordinario sobre Reclamación de Cantidad seguidos en primera instancia con el nº 1537 del año 2006, por el Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Jaén, rollo de apelación de esta Audiencia nº 294 del año 2008, a instancia de Transportes Ureña S.A., representado en la instancia por el Procurador Sr. Jiménez Cózar y defendido por el Letrado Sr. Marín, contra Allianz Seguros, representado en la instancia por el Procurador Sra. Santa-Olalla Montañes y defendido por el Letrado Sr. Luque López.

ACEPTANDO los antecedentes de hecho de la Sentencia apelada, dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Jaén, con fecha 12 de Mayo de 2008.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por dicho Juzgado y en la fecha indicada, se dictó sentencia que contiene el siguiente FALLO: "Que estimando parcialmente la demanda promovida por TRANSPORTES UREÑA S.A., contra ALLIANZ Y Luis Alberto , en rebeldía este último, DEBO CONDENAR Y CONDENO a estos últimos a que abonen, en forma solidaria, al primero la cantidad de 13.679'73 euros a la entidad actora, en concepto de principal, con más los intereses legales de dicha cantidad que para el conductor demandado será el legal del dinero, y para la aseguradora el legal incrementado en un 50% ello desde la fecha de la demanda rectora, y al 20% una vez transcurridos dos años desde esta fecha.

Sin costas, debiendo cada parte abonar las causadas a su instancia y las comunes por mitad".

SEGUNDO

Contra dicha sentencia se preparó e interpuso por la parte demandada, en tiempo y forma, recurso de apelación, que fue admitido en ambos efectos por el Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Jaén, presentando para ello escrito de alegaciones en el que basa su recurso en error en la apreciación de la prueba solicitando la revocación de la sentencia impugnada y se dicte otra conforme a sus pretensiones.

TERCERO

Dado traslado a las demás partes del escrito de apelación, se presentó escrito impugnándolo por la parte actora, solicitando la confirmación de la sentencia recurrida, remitiéndose por elJuzgado las actuaciones a esta Audiencia, en la que se formó el rollo correspondiente, quedando las actuaciones sobre la mesa para dictar la resolución oportuna.

CUARTO

En la tramitación de este recurso se han observado las formalidades legales.

Siendo Ponente la Ilma. Sra. Magistrada D.ª María Jesús Jurado Cabrera.

ACEPTANDO los fundamentos de derecho de la resolución impugnada.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero

El presente recurso de apelación, se alza frente a la sentencia que estima parcialmente la demanda interpuesta, acogiendo la acción de responsabilidad extracontractual deducida con apoyo en el artículo 1902 del Código Civil , siendo los argumentos que esgrime la asegurador recurrente, el error en la valoración de la prueba para determinar el valor o importe real de reparación, en cuanto al lucro cesante e impugnando el...

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