SAP Tarragona 152/2005, 14 de Marzo de 2005
Ponente | MARIA DEL PILAR AGUILAR VALLINO |
ECLI | ES:APT:2005:520 |
Número de Recurso | 509/2004 |
Número de Resolución | 152/2005 |
Fecha de Resolución | 14 de Marzo de 2005 |
Emisor | Audiencia Provincial - Tarragona, Sección 1ª |
SENTENCIA NUM.
ILTMOS. SRES.:
PRESIDENTE
D. Antonio Carril Pan
MAGISTRADOS
Dª Mª Pilar Aguilar Vallino
D. José Luis Portugal Sainz
En Tarragona a catorce de marzo de dos mil cinco.
Visto ante la Sección Primera de esta Audiencia Provincial el Recurso de Apelación interpuesto por Benedicto representado por la Procuradora Sra. Ferrer Martínez y asistido del Letrado Sr. Solé Bordes, contra la sentencia dictada por el Juzgado de 1ª Instancia nº 5 de El Vendrell en fecha 5 julio 2004, en Juicio Verbal sobre Guarda y Custodia de menor nº 173/04 constando como parte apelada Ana María representada en la instancia por el Procurador Sr. Andrés y asistida de la Letrada Sra. Viader Matamala.
ACEPTANDO los Antecedentes de Hecho de la sentencia recurrida; y
Que la sentencia recurrida contiene la siguiente parte dispositiva: "Que, desestimando la demanda interpuesta por la Procuradora Sra. Lou en nombre y representación de D. Benedicto contra Dña. Ana María y estimando en parte la reconvención formulada por ésta debo acordar los siguientes efectos en relación con la menor Alicia : la atribución de la guarda y custodia de la menor a la demandada, Ana María , si bien la patria potestad sobre la misma será compartida por ambos progenitores, que deberán adoptar de común acuerdo las decisiones concernientes a la educación del mismo la fijación a favor del Sr. Benedicto de un régimen de visitas respecto de la menor que se extiende a fines de semana alternos desde las 20 horas del viernes a las 20 horas del domingo, y mitad de vacaciones escolares de Navidad, Semana Santa y verano, correspondiendo a la madre la primera mitad en este primer año y al padre la primera mitad en el segundo año, repitiéndose este orden de forma sucesiva. En cualquier caso, corresponderá al padre recoger y reintegrar a la menor al domicilio de la madre al iniciarse y terminarse las visitas. La fijación de una pensión por alimentos a favor de la hija Alicia de doscientos cincuenta euros mensuales a cargo de D. Benedicto , que deberán ser ingresadas dentro de los cinco primeros días de cada mes en la cuenta bancaria que al efecto se señale por la Sra. Ana María y que se incrementarán anualmente en el mes deenero conforme al IPC. Cada parte pagará las costas causadas a su instancia y las comunes por mitad", que fue aclarada por auto de 5 julio 2004 en el...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba