SAP Segovia 218/2005, 4 de Noviembre de 2005
Ponente | IGNACIO PANDO ECHEVARRIA |
ECLI | ES:APSG:2005:300 |
Número de Recurso | 349/2005 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 218/2005 |
Fecha de Resolución | 4 de Noviembre de 2005 |
Emisor | Audiencia Provincial - Segovia, Sección 1ª |
SENTENCIA: 00218/2005
AUDIENCIA PROVINCIAL
SECCION UNICA
SEGOVIA
SENTENCIA Nº 218 / 2005
C I V I L
Recurso de apelación
Número 349 Año 2005
Juicio Ordinario 162/04
Juzgado de 1ª Instancia de
S E P Ú L V E D A
En la Ciudad de Segovia, a cuatro de noviembre de dos mil cinco.
La Audiencia Provincial de esta capital, integrada por los Ilmos. Sres. D. Andrés Palomo del Arco, Pdte.; D. Ignacio Pando Echevarria y D. Gonzalo Criado del Rey Tremps, Magistrados, ha visto en grado de apelación los autos de las anotaciones al margen, seguidos a instancia de GROUPAMA PLUS ULTRA, con domicilio social en Madrid, Plaza de las Cortes, nº 8; CONSTRUCCIONES HERMANOS RIESGO DE ARANDA S.L.; con domicilio social en Aranda de Duero (Burgos), Avda. de Portugal, nº 121; contra La Compañía ALLIANZ SEGUROS Y REASEGUROS, S.A. ; con domicilio social en Madrid, Paseo de la Castellana, nº 39; sobre juicio Ordinario, en virtud del recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada en primera instancia, recurso en el que han intervenido como apelante, la demandada, representada por el Procurador Sr. San Frutos Prieto y defendido por la Letrado Sra. Casado Sastre, y las demandantes-apeladas, representadas por la Procuradora Sra. Crespo Aguilero y defendido por el Letrado Sr. Martinez García , y en el que ha sido Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. Ignacio Pando Echevarria.
Por el Juzgado de Primera Instancia de los de Sepúlveda, con fecha veintiuno de febrerode dos mil cinco, fue dictada Sentencia , que en su parte dispositiva literalmente dice: "FALLO: Estimar la demanda interpuesta por el procurador de los tribunales Don José Alfonso Bartolomé Núñez en nombre y representación de GROUPAMA PLUS ULTRA Y CONSTRUCCIONES HNOS. RIESGO DE ARANDA, S.L. y condenar a ALLIANZ al pago a GROUPAMA PLUS ULTRA de la cantidad de 7.184,97 € y a CONSTRUCCIONES HNOS. RIESGO DE ARANDA, S.L. de la cantidad de 1.358,74€.
En ambos casos la demandada deberá abonar los intereses moratorios establecidos en el fundamento de derecho quinto de esta resolución y costas."
Notificada que fue la anterior resolución a las partes, por la representación procesal de la demandada, se anunció la preparación de recurso de apelación, con enumeración de los pronunciamientos que se impugnan, al tenor que es de ver en su escrito unido en Autos, teniéndose por preparado el mismo, emplazándose a la recurrente para que en plazo interponga la apelación anunciada; y notificada dicha resolución a las partes, por los apelantes se interpuso para ante la Audiencia en legal forma el recurso anteriormente anunciado, en base a lo establecido en los arts. 457 y ss de la Nueva Ley de...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba