SAP Cantabria 396/2005, 29 de Julio de 2005
Ponente | MIGUEL CARLOS FERNANDEZ DIEZ |
ECLI | ES:APS:2005:1633 |
Número de Recurso | 67/2005 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 396/2005 |
Fecha de Resolución | 29 de Julio de 2005 |
Emisor | Audiencia Provincial - Cantabria, Sección 2ª |
SENTENCIA NUM. 396/05
Iltmo. Sr. Presidente:
Don Miguel Carlos Fernández Díez.
Iltmos. Sres. Magistrados:
Don Bruno Arias Berrioategortúa.
Doña Milagros Martínez Rionda.
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En la Ciudad de Santander a veintinueve de julio de dos mil cinco.
Vistos en trámite de apelación ante esta Sección Segunda de la Ilma. Audiencia Provincial de Cantabria los presentes Autos de Juicio Ordinario número 586 de 2.004, Rollo de Sala número 67 de 2.005, procedentes del Juzgado de Primera Instancia número Dos de los de Santander , seguidos a instancia de D. Alfredo contra D. Diego . En esta segunda instancia ha sido parte apelante D. Diego , representado por la Procuradora Sra. Diaz Hoyos y asistido por el Letrado Sr. Revilla Rodríguez; y parte apelada D. Alfredo , representado por el Procurador Sr. Peña Revilla y asistido por la Letrada Sra. Alen Martínez.
Es ponente de esta resolución el Ilmo. Sr. Magistrado Don Miguel Carlos Fernández Díez.
Por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia número Dos de los de Santander y en los autos ya referenciados, se dictó Sentencia con fecha 15 de octubre de 2.004 , cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Procede estimar la demanda interpuesta por la Procuradora Begoña Peña Revilla en nombre y representación de Alfredo y en consecuencia condenar al demandado a que abone al actor la cantidad de 6.010 euros, más los intereses legales, todo ello con expresa condena en costas".SEGUNDO: Contra dicha Sentencia, la representación de la parte demandada interpuso en tiempo y forma recurso de apelación, que fue admitido a trámite por el Juzgado; y tramitado el mismo, se remitieron las actuaciones a la Iltma. Audiencia Provincial, previo emplazamiento de las partes, habiendo correspondido por turno de reparto a esta Sección Segunda, donde tras el personamiento de las mismas, se señaló para deliberación y fallo del recurso el pasado día 19 del presente mes, quedando pendiente de dictarse la resolución correspondiente.
En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones legales.
Se aceptan los de la resolución recurrida en lo que no opongan o contradigan a los de la presente resolución, y
Frente a la Sentencia de instancia en que se estima la acción ejercitada en la demanda consistente en reclamación del importe de unas arras que se califican como penitenciales, se alza el recurso interpuesto por el demandado alegando que el acuerdo que refleja el documento de 5 de mayo de 2000 obrante al folio 4 de las actuaciones quedó sin efecto por pacto entre las...
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