STSJ Comunidad de Madrid 1925/2008, 28 de Noviembre de 2008
Ponente | FATIMA BLANCA DE LA CRUZ MERA |
ECLI | ES:TSJM:2008:26797 |
Número de Recurso | 2278/2004 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Número de Resolución | 1925/2008 |
Fecha de Resolución | 28 de Noviembre de 2008 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
SENTENCIA Nº 1925/2008
Presidente Ilmo. Sr.
D. Alfonso Sabán Godoy
Magistrados Ilmos. Sres.
D. Carlos Vieites Pérez
D. Gervasio Martín Martín.
Dª. FATIMA DE LA CRUZ MERA
En Madrid a veintiocho de noviembre de 2008
Visto por la Sala del margen el recurso nº 2278/2004 interpuesto por el Procurador Sr. Rodríguez Nogueira en nombre y representación de Sarmall Enterprise contra la Resolución de fecha 18 de junio de
2.004 de la Oficina Española de Patentes y Marcas,
Habiendo sido parte la Administración General del Estado representada por sus servicios jurídicos.
La cuantía del recurso es superior a 150.000 €ANTECEDENTES DE HECHO
Interpuesto el recurso y recibido el expediente administrativo, fue emplazada la parte recurrente para que dedujera demanda, lo que llevó a efecto mediante escrito en el que, tras alegar los fundamentos de hecho y de derecho que consideró pertinentes, terminó suplicando la estimación del recurso, con la consiguiente anulación de los actos recurridos.
La representación procesal de la parte demandada contestó a la demanda mediante escrito en el que, tras alegar los hechos y fundamentos de derecho que estimó aplicables, terminó pidiendo la desestimación del presente recurso.
No solicitado el recibimiento de la prueba, se dio traslado para conclusiones sucesivamente a las distintas partes, quienes las evacuaron en sendos escritos, en los que reiteraron sus respectivos pedimentos.
Dado traslado a las partes por su orden para conclusiones, las evacuaron en sendos escritos, en los que reiteraron sus respectivos pedimentos.
Con fecha veintisiete de noviembre de 2008 se celebró el acto de votación y fallo de este recurso, quedando el mismo concluso para Sentencia.
Siendo Ponente la Magistrada Ilma. Sra. Dª. FATIMA DE LA CRUZ MERA
Vistos los preceptos citados por las partes y los demás de general y pertinente aplicación.
Es objeto del presente recurso contencioso administrativo la Resolución de fecha 18 de junio de 2.004 de la Oficina Española de Patentes y Marcas desestimatoria del recurso de alzada formulado por la entidad mercantil demandante frente a la Resolución de 20 de febrero de 2.004 que denegó la inscripción de la marca mixta nº 2.575.423-8 "Santana, Golf&Country Club" para las clases 16 (Publicaciones, folletos, fotografías, pegatinas que no sean de tela), 25 (Prendas de vestir y calzado ortopédico siempre relacionado con la práctica del golf) y 41 (Servicios de explotación de campos de golf...).
La Oficina desestimó el recurso formulado por el aquí demandante al considerar que entre la marca solicitada y las oponentes "Manolo Santana" para las mismas clases no existen suficientes notas diferenciales tanto fonéticas como conceptuales como para garantizar su recíproca diferenciación, además de la notoriedad de las marcas oponentes.
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