SAP A Coruña 182/2006, 2 de Mayo de 2006

PonenteMARIA DEL CARMEN ANTONIA VILARIÑO LOPEZ
ECLIES:APC:2006:933
Número de Recurso259/2004
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución182/2006
Fecha de Resolución 2 de Mayo de 2006
EmisorAudiencia Provincial - A Coruña, Sección 6ª

SENTENCIA

Nº182/06

AUDIENCIA PROVINCIAL

Sección Sexta

Ilmos. Sres. Magistrados:

D. JOSE RAMON SANCHEZ HERRERO - PRESIDENTE

D. ANTONIO PILLADO MONTERO

Dña. Mª DEL CARMEN VILARIÑO LOPEZ

En Santiago de Compostela, a dos de Mayo de dos mil seis.

Vistos por la Sección Sexta de la Audiencia Provincial, con sede en esta Ciudad, integrada por los Señores Magistrados cuyos nombres al margen se relacionan, los presentes autos de juicio de ordinario 479/02, sustanciados en el Juzgado de Primera Instancia Nº 1 de Padrón , y que ante la Audiencia Provincial pendían en grado de apelación, seguido entre partes; de la una, como demandante, ahora apelante, "ALMACENES AGRELO, S.L." representada en autos por la Procuradora Dña. SOLEDAD SANCHEZ SILVA; y, como demandados, "INSTALACIONES ANSO, S.L." y D. Benedicto , declarados en situación de rebeldía procesal. Siendo Ponente la Ilma. Sra. Magistrado Dña. Mª DEL CARMEN VILARIÑO LOPEZ.

A N T E C E D E N T E S
PRIMERO

Que por el Juzgado de Primera Instancia Nº 1 de Padrón, con fecha 30 de enero de 2004, se dictó sentencia , cuya parte dispositiva, dice como sigue:- "FALLO: Que estimando parcialmente la demanda interpuesta a instancia de la entidad ALMACENES AGRELO S.L., representada por la Procuradora de los Tribunales Sra. SANCHEZ SILVA y asistida por el Letrado Sr. LIMIA VILA, contra D. Benedicto , declarado en rebeldía y contra la entidad SOCIEDAD INSTALACIONES ANSO S.L., declarada en rebeldía, debo condenar y condeno a la entidad SOCIEDAD INSTALACIONES ANSO S.L., a abonar a la parte actora el importe de 2170,19 euros en concepto de principal y 1119,39 euros, en concepto de intereses.

Se realiza expresa imposición de costas procesales".

SEGUNDO

Que notificada dicha sentencia a las partes, contra la misma se interpuso recurso de apelación por la representación procesal de la demandante. No estando personada la parte apelada, de conformidad a lo ordenado en el artículo 463.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil , se remitieron los autos a esta Sección Sexta de la Audiencia Provincial para la resolución del recurso, en donde, recibidos, se formó el rollo de apelación civil número 259/04, señalándose para deliberación, votación y fallo el pasado día 7 de abril de 2006.

F U N D A M E N T O S J U R I D I C O S
PRIMERO

La actora formula el presente recurso de apelación frente al pronunciamiento desestimatorio de la sentencia de instancia respecto a D. Benedicto , a quien demandó en su condición de administrador de la sociedad codemandada. La juzgadora de primera instancia considerada que no se habría acreditado lo manifestado en el hecho quinto del escrito de demanda referido a la cierre de facto de la sociedad codemandada, no apreciando por ello la responsabilidad del administrador establecida en el artículo 105 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada . Frente a ello se alega en el recurso que la actora habría aportado todos los medios de prueba a su alcance para acreditar tal extremo y con ello la correspondiente responsabilidad, acogiéndose a la regla del artículo 217.6º de la Ley de Enjuiciamiento Civil relativa a la facilidad probatoria. En tal sentido se acoge a las gestiones de cobro realizadas por el testigo D. Armando acudiendo tanto a la dirección de la sociedad como al domicilio personal del administrador, y a que la carta que se acompaña a la demanda como documento número 6 no habría llegado al destinatario. Y alega también que en los estatutos de la sociedad remitidos por el Registro Mercantil no constaría ningún cambio de modificación de los datos de que la actora ya disponía ni que haya sido disuelta la sociedad, y que se apreciaría que no han sido presentadas las cuentas anuales de la sociedad desde el año 1993, argumentando que esa falta de publicación...

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