SAP Zaragoza 408/2006, 30 de Junio de 2006
Ponente | PEDRO ANTONIO PEREZ GARCIA |
ECLI | ES:APZ:2006:1589 |
Número de Recurso | 273/2006 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 408/2006 |
Fecha de Resolución | 30 de Junio de 2006 |
Emisor | Audiencia Provincial - Zaragoza, Sección 5ª |
SENTENCIA núm. 408 / 2006
ILMOS. Señores:
Presidente:
D. PEDRO ANTONIO PÉREZ GARCÍA
Magistrados:
D. JAVIER SEOANE PRADO
D. ANTONIO LUIS PASTOR OLIVER
En ZARAGOZA, a treinta de Junio de dos mil seis.
En nombre de S.M. el Rey,
VISTOS por esta Sección 005 de la Audiencia Provincial de ZARAGOZA, en grado de apelación, los Autos de JUICIO VERBAL 0001327/2005, procedentes del JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 15 de ZARAGOZA , a los que ha correspondido el ROLLO DE APELACIÓN núm. 273 de 2006, en los que aparece como parte apelante SPANTEL 2000 S.A., SOCIEDAD UNIPERSONAL representado por el procurador Dª BLANCA MARIA ANDRES ALAMAN, y asistido por el Letrado D. RAFAEL GUZMAN GOMEZ, y como parte apelada Dª Mónica representado por el procurador Dª MARIA BELEN GOMEZ ROMERO y asistido por el Letrado D. FERNANDO POZO REMIRO; siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr.
D. PEDRO ANTONIO PÉREZ GARCÍA.
Se aceptan los de la sentencia apelada de fecha 9 de febrero de 2006 , cuyo FALLO es del tenor literal siguiente: "Que debo desestimar y desestimo la demanda interpuesta por SPANTEL 2000 S.A. SOCIEDAD UNIPERSONAL, contra Dña. Mónica , con imposición a la actora de las costas procesales causadas.
Que estimando la demanda reconvencional, debo condenar y condeno a SPANTEL 2000 S.A. SOCIEDAD UNIPERSONAL, a que pague a Dña Mónica , la cantidad de 544,04 euros, con sus intereses legales desde interposición de la reconvención, con imposición a la demandada reconvencional de las costas procesales causadas".
Notificada dicha sentencia a las partes por la representación procesal de la demandante Spantel 2000 S.A.U., se interpuso contra la misma recurso de apelación; y dándose traslado a la parte contraria se opuso; remitiéndose las actuaciones a esta Sección Quinta de la Audiencia, previo emplazamiento de las partes.
Recibidos los Autos y cinta de video; y personadas las partes, se formó el correspondiente Rollo de Apelación con el número ya indicado, y se señaló para deliberación, votación y fallo el día 5 de junio de 2006.
En la tramitación de estos autos se han observado las prescripciones legales.
SE aceptan LOS FUNDAMENTOS DE DERECHO de la Sentencia apelada, y
La Sentencia del Juzgado ha de ser confirmada por sus propios fundamentos. Reclama la parte actora, que es una sociedad que presta...
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