SAP Zaragoza 652/2005, 21 de Noviembre de 2005

PonenteJAVIER SEOANE PRADO
ECLIES:APZ:2005:2702
Número de Recurso577/2005
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución652/2005
Fecha de Resolución21 de Noviembre de 2005
EmisorAudiencia Provincial - Zaragoza, Sección 5ª

SENTENCIA núm. 652 / 2005

ILMOS. Señores:

Presidente:

D. PEDRO ANTONIO PÉREZ GARCÍA

Magistrados:

D. JAVIER SEOANE PRADO

D. ANTONIO LUIS PASTOR OLIVER

En ZARAGOZA, a veinticinco de Noviembre de dos mil cinco.

En nombre de S.M. el Rey,

VISTOS por esta Sección 005 de la Audiencia Provincial de ZARAGOZA, en grado de apelación, los Autos de JUICIO VERBAL 0000234/2005, procedentes del JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 11 de ZARAGOZA , a los que ha correspondido el ROLLO DE APELACIÓN núm. 577 de 2005, en los que aparece como parte apelante D. Jesús Luis representado por el procurador Dª MARIA JULIA BORDETAS AGUADO, y asistido por el Letrado Dª SILVIA BALLESTIN GARCIA, y como parte apelada TALLERES DOSAN, S. L. L. representado por el procurador Dª MARIA LOURDES OÑA LLANOS y asistido por el Letrado Dª MARIA-JOSE FORNS ALVARO; siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D. JAVIER SEOANE PRADO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los de la sentencia apelada de fecha 7 de julio de 2005 , cuyo FALLO es del tenor literal siguiente: "Estimando la demanda interpuesta por TALLERES DOSAN, S.L.L. contra D. Jesús Luis , debo condenar y condeno a éste último:

  1. - A satisfacer a la actora la cantidad de DOS MIL DOSCIENTOS CUARENTA EUROS CON OCHENTA Y TRES CENTIMOS (2240,83 €).

  2. - Al pago de intereses legales desde la reclamación judicial hasta el pago.

  3. - Al pago de las costas causadas".

SEGUNDO

Notificada dicha sentencia a las partes por la representación procesal de la demandada, se interpuso contra la misma recurso de apelación; y dándose traslado a la parte contraria se opuso; remitiéndose las actuaciones a esta Sección Quinta de la Audiencia, previo emplazamiento de las partes.

TERCERO

Recibidos los Autos y cinta de video; y personadas las partes, se formó el correspondiente Rollo de Apelación con el número ya indicado, y se señaló para deliberación, votación y fallo el día 21 de noviembre de 2005.

CUARTO

En la tramitación de estos autos se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Se aceptan los de la resolución recurrida en tanto no se opongan a los de la presente resolución y;

PRIMERO

Talleres Dosan SLL reclama 2.240'83 € a D. Jesús Luis por la reparación en tres ocasiones del vehículo matrícula PA .... W propiedad de éste ultimo, y para cuyo cobro expidió tres facturas entre los meses de junio y septiembre de 2004 que expresan trabajos realizados entre el mes de enero y septiembre de 2004. Aporta las facturas como documentos nº 1, 2 y 3 con sus complementarios. La suma total de dichas facturas alcanza 3.290'83 €, de las que reclama 2.240'83 ya que la diferencia fue satisfecha por el demandado mediante dos pagos.

El demandado se opuso a la demanda alegando que los trabajos cuyo precio le son reclamados como debidos se hicieron necesarios por la mala reparación de una primera avería que el taller llevó a cabo en su vehículo en el mes de enero de 2004 y que tenía por objeto solventar un problema de calentamiento del motor, el cual no fue reparado hasta que no fue sustituida la junta de la culata, cuando de haber sido reparado de este modo desde el inicio se hubieran evitado la cadena de averías y...

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