SAP Melilla 70/2005, 20 de Junio de 2005
Ponente | MARIANO SANTOS PEÑALVER |
ECLI | ES:APML:2005:202 |
Número de Recurso | 76/2005 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 70/2005 |
Fecha de Resolución | 20 de Junio de 2005 |
Emisor | Audiencia Provincial - Melilla, Sección 7ª |
SENTENCIA Nº 70
En Melilla a 20 de Junio de 2005.
Vistos por la Sala de esta Audiencia los autos de juicio de ordinario nº 188/03 seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia nº 3 de esta ciudad , en virtud de demanda formulada por D. Luis Antonio , representado por el Procurador D ª Cristina Cobreros Rico y asistido del Letrado D. Abdelkader Mimon Mohatar contra D. Juan Ramón , representado por el procurador D. Isabel Herrera Gómez y asistida del letrado D. Vicente Cardenal Tarascón, y contra el Consorcio de Compensación de Seguros representado y defendido por el letrado habilitado D. Vicente de Juan García, y contra la Cia Azur Multirramos S.A. representado por el procurador D. José Luis Ybancos Torres y asistido del letrado D. Lucas Calderon Ruiz; cuyos autos han venido a este Tribunal en virtud de recurso interpuesto por el letrado del Consorcio de Compensación de Seguros contra la Sentencia dictada en autos; siendo Ponente para la redacción de esta sentencia el Ilmo. Sr. Magistrado D. MARIANO SANTOS PEÑALVER y
Se aceptan y dan por reproducidos los de la resolución apelada.
En el proceso de referencia el día 20 de Octubre de 2004, se dictó Sentencia cuyo Fallo es del tenor literal siguientes " Que estimando la demanda interpuesta por la Procuradora Sra. Cobreros Rico, en nombre y representación de D. Luis Antonio , contra D. Juan Ramón , representado por laprocuradora Sra. Herrera Gómez, El Consorcio de Compensación de Seguros, representado por el Letrado Sr. De Juan García; y la compañía AZUR MULTISEGUROS S.A, representada por el Procurador Sr. Ybancos Torres, debo realizar y realizo los pronunciamientos siguientes: 1. Condenar a D. Juan Ramón y al Consorcio de Compensación de Seguros a que, solidariamente, abonen al actora la cantidad de tres mil setecientos cuarenta euros, con ochenta y cinco céntimos (3.740,85). 2. Condenar a los anterioes a que abonen al actor el interés legal de la antedicha cantidad, incrementado en un 50%, desde la fecha del siniestro, el 27 de agosto de 2004 y un interés del 20% anual desde esta última fecha. 3.- Absolver de la demanda a la compañía de AZUR MULTISEGUROS, S.A. 4.- imponer a los demandaos condenados el pago de las costas procesales, con excepción de las causadas por la compañía AZUR MULTISETUROS SA, respecto de las que no se realiza imposición expresa."
Contra dicha resolución el letrado del Consorcio de Compensación de Seguros interpuso en tiempo y forma recurso de apelación, del que se dio traslado a las partes contrarias, presentando escrito de aposición la procuradora Sra. Cobreros Rico en nombre y representación del demandante, así como el procurador Sr. Ybancos Torres en nombre y representación de la codemandada Cia Azur Multirramos; remitiéndose los autos a esta Sala con emplazamiento...
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