SAP Madrid 753/2002, 11 de Julio de 2002

PonenteCARMEN ORLAND ESCAMEZ
ECLIES:APM:2002:9141
Número de Recurso328/2001
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución753/2002
Fecha de Resolución11 de Julio de 2002
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 17ª

SENTENCIA N° 753/02

En la Villa de Madrid, a once de julio del año dos mil dos.

La Sección Decimoséptima de la Ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid, formada por los Ilustrísimos Señores Magistrados D. JESUS FERNANDEZ ENTRALGO (quien la preside), Dª MANUELA CARMENA CASTRILLO y Dª CARMEN ORLAND ESCAMEZ, ha visto el recurso de apelación interpuesto por la representación procesal de Joaquín contra la sentencia dictada con fecha 6 de julio del año 2001, en procedimiento Juicio Oral número 34/01 por el Juzgado de lo Penal número 2 de Getafe. Intervino como parte apelada el Ministerio Fiscal y AFYVE. La Ilustrísima Señora Magistrada Doña CARMEN ORLAND ESCAMEZ actuó como Ponente y expresa el parecer del Tribunal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 6 de julio del año 2001 se dictó sentencia en Procedimiento Juicio Oral número 34/01 por el Juzgado de lo Penal número 2 de Getafe. En dicha resolución se fijaron los siguientes hechos como probados:"Resulta probado y así se declara que los acusados, Joaquín y Sonia , mayores de edad y sin antecedentes penales, de mutuo acuerdo y en acción concertada y con el ánimo de ilícito enriquecimiento, realizaban operaciones de reproducción de Discos Compactos originales. Sonia como propietaria del establecimiento " DIRECCION000 " sita en la calle DIRECCION001 Número NUM000 de la localidad de Leganés, mantenía una publicidad en el local que reza "copias seguridad de CD 800 pesetas" y era la encargada de recibir los discos compactos (CD'S) originales que entregaba al acusado Joaquín , quien fuera del local los reproducía sin consentimiento del titular del derecho de propiedad y luego entregaba (original y copia) a Sonia que a su vez vendía al cliente por ochocientas pesetas.

Así el día 26 de marzo de 1999 reprodujeron el CD original "punto de partida" interpretado por la cantante Amparo Sandino, por un importe de ochocientas pesetas. Los derechos de propiedad de dicho CD corresponden a la Compañía DRO EAST WEST S.A.

Dicho CD tiene un precio en el mercado de dos mil (2000) pesetas."

Su parte dispositiva contenía el siguiente fallo:

"Que debo condenar y condeno a Sonia como cooperadora necesaria de un delito contra la propiedad intelectual del artículo 270 del Código Penal, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad, a la pena de ocho meses de multa con una cuota diaria de mil quinientas (1500) pesetas, lo que hace un total de trescientas sesenta mil (360.000) pesetas."

SEGUNDO

Contra dicha sentencia, se interpuso, en tiempo y forma, recurso de apelación por la representación procesal de Joaquín .

TERCERO

Se dio traslado a las demás partes personadas, a fin de que pudieran formular sus alegaciones. Remitidas las actuaciones a este Tribunal, no se estimó precisa la celebración de vista, quedando pendiente el procedimiento de resolución en esta segunda instancia.

HECHOS PROBADOS

Se aceptan y se dan aquí por reproducidos los que como tales se contienen en la Sentencia recurrida.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El recurso de apelación contra las sentencias dictadas en primera instancia, cualquiera que sea el procedimiento (juicio de faltas, o alguno de los modelos abreviados por delito), está construido sobre la idea de la atribución de una plena cognitio al órgano decisor, con la única restricción que impone la prohibición de la reforma peyorativa o reformatio in peius (SS.TC. 54 y 84 de 1985, de 18 de abril y de 8 de julio, respectivamente).

En orden a la valoración de la prueba, tanto el Juez de instancia como el de apelación son igualmente libres...

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