STSJ Comunidad Valenciana 1295/2008, 19 de Diciembre de 2008

PonenteJOSE MARTINEZ-ARENAS SANTOS
ECLIES:TSJCV:2008:7784
Número de Recurso366/2007/
ProcedimientoCONTENCIOSO
Número de Resolución1295/2008
Fecha de Resolución19 de Diciembre de 2008
EmisorSala de lo Contencioso

1295/2008

Recurso de Apelación - 000366/2007

N.I.G.: 46250-33-3-2007-0007385

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

DE LA

COMUNIDAD VALENCIANA

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCION SEGUNDA

S E N T E N C I A Núm. 1.295/08

Presidente

D. Mariano Ferrando Marzal

Magistrados

D. José Martínez Arenas Santos

D. Ernesto Vidal Gil

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En Valencia a diecinueve de diciembre de dos mil ocho.

Visto el recurso de apelación interpuesto por D. Jesús María contra la Sentencia No 177/07, de 18 de abril, dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo No 3 de Alicante en el Recurso No 1.060/06, siendo parte apelada el letrado de la Generalidad.

Ha sido Ponente el Magistrado D. José Martínez Arenas Santos.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado No 3 de Alicante dictó Sentencia en los autos No 1.060/06 desestimando el recurso interpuesto por D. Jesús María contra la resolución de la Dirección General de Familia de 3 de marzo de 2.006, sobre calificación de familia numerosa. Notificada la Sentencia, el actor interpuso recurso de apelación solicitando la revocación de la misma y la estimación del recurso contencioso-administrativo interpuesto.

El letrado de la Generalidad evacuó el trámite de formalización de la oposición al recurso solicitando la desestimación del mismo y la confirmación de la Sentencia apelada.

SEGUNDO

Cumplidos los trámites del art. 85 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa y no habiéndose discutido la admisión del recurso ni solicitado el recibimiento a prueba quedaron los autos pendientes de votación y fallo.

TERCERO

Se señaló para la votación y fallo del recurso de apelación el día 18 de diciembre de 2.008, teniendo lugar la misma el citado día.

CUARTO

Se han cumplido las prescripciones legales en ambas instancias.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se aceptan los Hechos de la Sentencia apelada en lo que se refieren a antecedentes y tramitación.

Se aceptan, igualmente, los Fundamentos de Derecho en lo que no se opongan a los de esta Sentencia.

SEGUNDO

El objeto del recurso lo constituye el examen de la adecuación a derecho de la Sentencia apelada en virtud de la cual se desestimó el recurso interpuesto por D. Jesús María, que solicitó la declaración de familia numerosa de categoría especial, contra la resolución de la Dirección General de Familia de 3 de marzo de 2.006, que desestimó el recurso de alzada frente a la resolución de la Dirección Territorial de Alicante de 18 de noviembre de 2.005, que la concedió con categoría general. La Sentencia basa su fundamentación en que no se dan los supuestos legales de tres o más hijos...

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