STSJ Cataluña 1624/2009, 24 de Febrero de 2009

PonenteANDREU ENFEDAQUE I MARCO
ECLIES:TSJCAT:2009:1743
Número de Recurso4972/2008
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución1624/2009
Fecha de Resolución24 de Febrero de 2009
EmisorSala de lo Social

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTÍCIA

CATALUNYA

SALA SOCIAL

F.S.

IL·LM. SR. JOSÉ DE QUINTANA PELLICER

IL·LM. SR. ANDREU ENFEDAQUE MARCO

IL·LM. SR. FRANCISCO JAVIER SANZ MARCOS

Barcelona, 24 de febrer de 2009

La Sala Social del Tribunal Superior de Justícia de Catalunya, formada pels magistrats esmentats més amunt,

EN NOM DEL REI

ha dictat la següent

SENTÈNCIA NÚM. 1624/2009

En el recurs de suplicació interposat per Carlson Wagonlit España S.A.U. a la sentència del Jutjat Social 13 Barcelona de data 10 de març de 2008 dictada en el procediment núm. 571/2007 en el qual s'ha recorregut contra la part Guadalupe , ha actuat com a ponent Il·lm. Sr. ANDREU ENFEDAQUE MARCO.

ANTECEDENTS DE FET

Primer

En data 27.7.07 va arribar al Jutjat Social esmentat una demanda sobre Extinció a instància del treballador, en la qual l'actor al.lega els fets i fonaments de dret que va considerar procedents i acabava demanant que es dictés una sentència d'acord amb el que es demanava. Admesa la demanda a tràmit i celebrat el judici, es va dictar la sentència en data 10 de març de 2008, que contenia la decisió següent:

Que estimando en su totalidad la demanda interpuesta por DOÑA Guadalupe frente a CARLSON WAGONLIT ESPAÑA, S.A., en reclamación por EXTINCIÓN CONTRATO TRABAJO E INDEMNIZACIÓN POR VULNERACIÓN DE DERECHOS FUNDAMENTALES debo declarar y declaro la extinción del contrato de trabajo suscrito entre las partes y debo condenar y condeno a la empresa demandada a que abone a la actora la cantidad de TREINTA Y CINCO MIL CINCUENTA Y UN EUROS CON CUARENTA Y DOS CÉNTIMOS DE EURO en concepto de Indemnización por la extinción del contrato de trabajo; así mismo, por la VULNERACIÓN DE DERECHOS FUNDAMENTALES debo condenar y condeno a la empresa CARLSON WAGONLIT ESPAÑA, S.A. a abonar a la actora la cantidad de VEINTE MIL EUROS.

Segon

En aquesta sentència es declaren com a provats els fets següents:

PRIMERO

La actora presta sus servicios en la mercantil CARLSON WAGONLIT ESPAÑA S.A., desde el 20-10-99 y con la categoría profesional de Técnico A (nóminas presentadas por ambas partes) y puesto de trabajo Account Manager Junior; estando las partes conformes con antigüedad y categoría; en cuanto al salario se acredita a los folios 23 a 37 percibió el año anterior la cantidad de 33316,16 Euros anuales brutos, lo que haría un salario de 2776,35 Euros mes con prorrata de pagas extras; la actividad de la empresa es la de Agencia de Viajes, folios 51 y 131.

SEGUNDO

Reclama la actora en su demanda que de conformidad con lo establecido en el artículo 50. 1 apartados a) y c) del Texto Refundido del Estatuto de los Trabajadores y tras los trámites legales, estime la demanda, condenando a la empresa demandada a abonar la indemnización de 45 días de salario por año de servicio, más la indemnización resarcitoria de daños y perjuicios que se cuantifican, salvo mejor criterio del juzgador, en 20.000 euros.

TERCERO

Se ha intentado sin Avenencia el preceptivo acto de conciliación celebrado ante el CMAC; presentándose la papeleta de Conciliación en fecha 26-06- 2007.

CUARTO

Se acreditan los siguientes hechos:

.- Que la actora inicio su prestación de servicios en la empresa como Agente de Viajes conforme al contrato de trabajo al folio 51 y 139.

.- Que al folio 140 consta escrito de la empresa de fecha 3 de marzo de 2003 mediante el que se comunica a la actora que con efectos de 01-03-03 se le incorporará al Departamento ACCOUNT/MANAGER desempeñando las mismas funciones que hasta ahora viene realizando; remitiéndose copia al expediente personal. Administración de personal Roberto DEPTO. ACCOUNT/MANAGER y firmando la carta el Director de Recursos Humanos Imanol (hecho Tercero de la demanda).

.- Que la actora en dicho puesto realiza las funciones propias de ACCOUNT MANAGER JUNIOR, hecho de conformidad por las partes, consistente hasta septiembre de 2005 en el seguimiento de cuentas de responsabilidad, dependiendo y reportando al Sr. Fernando , siendo el Sr. Fernando el Director de Account Management (manifestación de la demandada en el Acta de Juicio al contestar a la demanda y folio 147), gestión de cuentas de clientes de BTC; hecho que no es controvertido por las partes y que consta acreditado al folio 141.

.- Que consta al folio 160 que la actora comunico al Director de Recursos Humanos y al Sr. Fernando

, antes del 14-09-2006 y por e-mail ese día, el inició de los trámites de la adopción de una niña, avisándole que tomaría su permiso de maternidad sobre diciembre o Enero.

.-Que conforme al folio 149 consta que la empresa el 18 de septiembre de 2006 remitió e-mail a los trabajadores de la posibilidad de promocionar e incorporarse al departamento Account Management para cubrir un puesto en Barcelona de ACCOUNT MANAGEMENT JUNIOR, que reportara la persona seleccionada al director de Account Management (Sr. Fernando folio 53 documento empresa) como responsable de la gestión de cuentas de clientes de BTC, proporcionando ayuda y consejo con el fin de reducir los costes de sus viajes además de optimizar la calidad de los servicios que aporta CWT. AREAS Y RESPONSABILIDADES PRINCIPALES: Coordina la relación con los clientes. Informa al cliente de las novedades, de las oportunidades, proporciona estadísticas resuelve reclamaciones. Trabaja en estrecha relación con el departamento de IT, MIS, IR y Operaciones y el Director del BTC informándoles de las expectativas demandas del cliente...

.- Que la actora consta, a los folios 152 a 159 notificando en fecha 5 de enero de 2007 que el 10 de enero iniciaría las 16 semanas de su permiso de maternidad y reincorporándose del permiso de maternidad y vacaciones que tenía pendientes el 21 de Mayo de 2007 y solicitando en fecha 24-04-2007 la Jornada Reducida por maternidad con el horario de 9:30 horas a 13:30 horas.

.- Que a los folios 80 a 83 y 161...

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