STSJ Cataluña 1138/2008, 30 de Diciembre de 2008

PonenteMARIA FERNANDA NAVARRO ZULOAGA
ECLIES:TSJCAT:2008:13895
Número de Recurso617/2005
ProcedimientoCONTENCIOSO
Número de Resolución1138/2008
Fecha de Resolución30 de Diciembre de 2008
EmisorSala de lo Contencioso

SENTENCIA nº 1138/2008

Ilmos. Sres.:

PRESIDENTE

D. EDUARDO BARRACHINA JUAN

MAGISTRADOS

Dª. MARÍA LUISA PÉREZ BORRAT

Dª. MARÍA FERNANDA NAVARRO DE ZULOAGA

En Barcelona, a treinta de diciembre de dos mil ocho.

VISTO POR LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA (SECCION CUARTA), constituida como figura al margen, ha pronunciado EN NOMBRE DE S.M. EL REY la siguiente sentencia para la resolución del presente recurso contencioso administrativo nº 617/2005, interpuesto por D. Pedro Jesús que en su calidad de funcionario asume su propia representación y defensa, contra la Administración demandada MINISTERIO DEL INTERIOR D.G.P., actuando en nombre y representación de misma el Abogado del Estado.

Ha sido Ponente la Ilma. Sra. Magistrada Dª. MARÍA FERNANDA NAVARRO DE ZULOAGA, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte actora interpuso en tiempo y forma legal, recurso contencioso administrativo contra la resolución objeto de recurso dictada por la Administración demandada.

SEGUNDO

Acordada la incoación de los presentes autos, se les dio el cauce procesal previsto por la Ley de esta Jurisdicción, habiendo despachado las partes, llegado su momento y por su orden, los trámites conferidos de demanda y contestación, en cuyos escritos respectivos en virtud de los hechos yfundamentos de derecho que constan en ellos, suplicaron respectivamente la anulación de los actos objeto del recurso y la desestimación de éste, en los términos que aparecen en los mismos.

TERCERO

Se acordó recibir el presente pleito a prueba, practicándose las pruebas propuestas y declaradas pertinentes con el resultado obrante en autos.

CUARTO

Se continuó el proceso por el trámite de conclusiones sucintas, con el resultado que es de ver en autos.

QUINTO

Se prosiguió el trámite, y se señaló para votación y fallo de este recurso para el 17 de diciembre de 2008, habiéndose observado y cumplido en este procedimiento las prescripciones legales correspondientes .

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El objeto de este proceso consiste en determinar la legalidad de la resolución administrativa objeto de impugnación, que procedente de la Dirección General de la Policía, desestimó la petición de abono del componente general del complemento específico correspondiente a la categoría profesional de Inspector jefe de Policía, al haber desempeñado el puesto de Jefe de Módulo General Operativo (M.G.O), en la Comisaría Local de Policía de Terrassa, desde el día 1 de julio de 2002.

Se expresa en la resolución administrativa impugnada que el demandante fue nombrado provisionalmente en comisión de servicios para el puesto indicado de Jefe de MGO, cuando dicho puesto debe ser ocupado por funcionarios pertenecientes a la Escala Ejecutiva, Primera categoría del Cuerpo Nacional de Policía. Se añade que el demandante ha percibido las retribuciones básicas pertenecientes al Grupo A en que se incardina la Escala Ejecutiva a la que pertenece como Inspector de Policía y en las complementarias, las correspondientes a Jefe del MGO, lo que supone que ha percibido el complemento de destino, y complemento específico singular, más el complemento específico general pero el...

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