SAP Cantabria 704/2006, 21 de Diciembre de 2006
Ponente | MIGUEL CARLOS FERNANDEZ DIEZ |
ECLI | ES:APS:2006:1868 |
Número de Recurso | 18/2006 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 704/2006 |
Fecha de Resolución | 21 de Diciembre de 2006 |
Emisor | Audiencia Provincial - Cantabria, Sección 2ª |
SENTENCIA NUM. 704/06
Iltmo. Sr. Presidente:
Don Miguel Fernández Díez.
Iltmos. Sres. Magistrados:
Don Bruno Arias Berrioategortúa.
Doña Milagros Martínez Rionda.
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En la Ciudad de Santander a veintiuno de diciembre de dos mil seis.
Vistos en trámite de apelación ante esta Sección Segunda de la Ilma. Audiencia Provincial de Cantabria los presentes Autos de Juicio Ordinario número 658 de 2.004, (Rollo de Sala número 18 de
2.006), procedentes del Juzgado de Primera Instancia número Dos de los de Santander , seguidos a instancia de Telefónica de España S.A contra Aplicación de Pinturas Api S.A.
En esta segunda instancia ha sido parte apelante Aplicaciones de Pinturas Api, representada por la Procuradora Sra. Torralbo Quintana y asistida por el Letrado Sr. Merino Campos; y parte apelada Telefónica de España S.A., representada por la Procuradora Sra. Aguilera Pérez y asistida por la Letrada Sra. Echevarria Iriarte.
Es ponente de esta resolución el Ilmo. Sr. Magistrado Don Miguel Fernández Díez.
Por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia número Dos de los de Santander y en los autos ya referenciados, se dictó Sentencia con fecha 19 de octubre de 2.005 , cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Procede estimar la demanda interpuesta por laProcuradora Sra María Aguilera Pérez en representación de Telefónica de España S.A y en consecuencia condenar a la demandada a abonar a la actora la cantidad de 7.276,39 euros más el interés legal, todo ello con expresa condena en costas".
Contra dicha Sentencia, la representación de Aplicaciones de Pinturas Api interpuso en tiempo y forma recurso de apelación, que fue admitido a trámite por el Juzgado; y tramitado el mismo se remitieron las actuaciones a la Iltma. Audiencia Provincial, previo emplazamiento de las partes, habiendo correspondido por turno de reparto a esta Sección Segunda, donde se señaló para deliberación y fallo del recurso el pasado día 4 del presente mes, quedando pendiente de dictarse la resolución correspondiente.
En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones legales, excepto el plazo para dictar sentencia por el volumen de asuntos que pesan sobre el órgano judicial.
Se aceptan los de la resolución recurrida en lo que no opongan o contradigan a los de la presente resolución, y
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